Tecnologico Nacional
dacioalf6 de Febrero de 2015
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PROLOGO
El más famoso de todas los libros sobre brujería, Malleus Maleficarum (El martillo de los brujos)
fue escrito en 1486 por dos monjes dominicos. En el acto, y a lo largo de los tres siglos siguientes, se
convirtió en el manual indispensable y la autoridad final para la. Inquisición, para todos 'los jueces,
magistrados y sacerdotes, católicos y protestantes, 'en la lucha contra la brujería en Europa.
Abarcaba los poderes y prácticas de los brujos, sus relaciones con el demonio, su descubrimiento.
La Inquisición, la hoguera, la tortura, mental y física, de la cruzada contra 'la brujería: todo esto es
conocido. Y detrás de cada uno de los actos sanguinarios se encontraba este libro, a la vez
justificación y manual de 'instrucción.
Para cualquier comprensión de la historia y naturaleza de la brujería y el satanismo, Malleus
Maleficarum es la fuente importante. La primera fuente.
Los AUTORES:
Heinrich Kramer nació en Schlettstadt, ciudad de la baja Alsacia, al sudeste de Estraburgo. A edad
temprana ingresó en la Orden de Santo Domingo y luego fue nombrado Prior de la Casa Dominica
de su ciudad natal. Fue predicador general y maestro de teología sagrada. Antes de 1474 se lo
designó Inquisidor para el Tirol, Salzburgo, Bohemia y Moravia.
]acobus Sprenger nació en Basilea. Ingresó como novicio en la Casa Dominica de esa ciudad en
1452. 'Se graduó de maestro de teología y fue elegido Prior 'y Regente de Estudios del convento de
Colonia. En 1480 se lo eligió decano de la facultad de Teología de la Universidad. En 1488,
Provincial de toda la Provincia Alemana.
Ambos fueron nombrados Inquisidores con poderes especiales, por bula papal de Inocencio VIII,
para que investigasen los delitos de brujería de las provincias del norte de Alemania. Malleus
Maleficarum es el resultado final y autorizado de esas investigaciones y estudios.
Los EDITORES
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BULA DE INOCENCIO VIII
Inocencio, Obispo, Siervo de los siervos de Dios,
para eterna memoria
Nos anhelamos con la más profunda ansiedad, tal como lo requiere Nuestro
apostolado, que la Fe Católica crezca y florezca por doquier, en especial en este
Nuestro día, y que toda depravación herética sea alejada de los límites y las
fronteras de los fieles, y con gran dicha proclamamos y aun restablecemos los
medios y métodos particulares por cuyo intermedio Nuestro piadoso deseo pueda
obtener su efecto esperado, puesto que cuando todos los errores hayan sido
desarraigados por Muestra diligente obra, ayudada por la azada de un providente
agricultor, el celo por nuestra Santa Fe y su regular observancia que darán
impresos con más fuerza en los corazones de los fieles. Por cierto que en los
últimos tiempos llegó a Nuestros oídos, no sin afligirnos con la más amarga pena,
la noticia de que en algunas partes de Alemania septentrional, así como en las
provincias, municipios, territorios, distritos y diócesis de Magancia, Colonia,
Tréveris, Salzburgo y Bremen, muchas personas de uno y otro sexo,
despreocupadas de su salvación y apartadas de la Fe Católica, se abandonaron a
demonios, íncubos y súcubos, y con sus encantamientos, hechizos, conjuraciones
y otros execrables embrujos y artificios, enormidades y horrendas ofensas, han
matado niños que estaban aún en el útero materno, lo cual también hicieron con
las crías de los ganados; que arruinaron los productos de la tierra, las uvas de la
vid, los frutos de los árboles; más aun, a hombres Y mujeres, animales de carga,
rebaños y animales de otras clases, viñedos, huertos, praderas, campos de
pastoreo, trigo, cebada Y todo otro cereal; estos desdichados, además, acosan y
atormentan a hombres Y mujeres, animales de carga, rebaños y animales de otras
clases, con terribles dolores Y penosas enfermedades, tanto internas como
exteriores; impiden a los hombres realizar el acto sexual y a las mujeres concebir,
por lo cual los esposos no pueden conocer a sus mujeres, ni éstas recibir a
aquéllos; por añadidura, en forma blasfema, renuncian a la Fe que les pertenece
por el sacramento del Bautismo, y a instigación del Enemigo de la Humanidad no
se resguardan de cometer y perpetrar las más espantosas abominaciones y los
más asquerosos excesos, con peligro moral para su alma, con lo cual ultrajan a la
Divina Majestad y son causa de escándalo y de peligro para muchos. Y aunque
Nuestros amados hijos Heinrich Kramer y Jacobus Sprenger, profesores de
teología de la orden de los Frailes Predicadores, han sido nombrados, por medio de
Cartas Apostólicas, Inquisidores de estas depravaciones heréticas, y lo son aún, el
primero en las ya mencionadas regiones de Alemania septentrional en las que se
incluyen los ya citados municipios, distritos, diócesis y otras localidades
específicas, y el segundo en ciertos territorios que se extienden a lo largo de las
márgenes del Rín, no obstante ello, no pocos clérigos y laicos de dichos países
tratan, con excesiva curiosidad, de enterarse de más cosas de las que les
conciernen, y como en las ya aludidas cartas delegatorias no hay mención expresa
y específica del nombre de estas provincias, municipios, diócesis y distritos, y
dado que los dos delegados y las abominaciones que deberán enfrentar no se
designan en forma detallada y especial, esas personas no se avergüenzan de
aseverar, con la más absoluta desfachatez, que dichas enormidades no se
practican en aquellas provincias, y que en consecuencia los mencionados
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Inquisidores no tienen el derecho legal de ejercer sus poderes inquisitoriales en las
provincias, municipios, diócesis, distritos y territorios antes referidos, y que no
pueden continuar castigando, condenando a prisión y corrigiendo a criminales
convictos de las atroces ofensas y de las muchas maldades que se han expuesto.
Por consiguiente, en las referidas provincias, municipios, diócesis y distritos, las
abominaciones y enormidades de que se trata permaneces apunes, no sin
manifiesto peligro para las almas de muchos y amenaza d8 eterna condenación.
Por cuanto Nos, como es Nuestro deber, Nos sentimos profundamente deseosos de
eliminar todos los impedimentos y obstáculos que pudieren retardar y dificultar la
buena obra de los Inquisidores, así como de aplicar potentes remedios para
impedir que la enfermedad de la herejía y otras infamia dan su ponzoña pace
destrucción de muchas almas inocentes, y como Nuestro celo por la Fe nos incita
a ello en especial, y para que estas provincias, municipios, diócesis, distritos y de
Alemania, que ya hemos especificado, no se vean privados de los beneficios del
Santo Oficio a ellos asignado, por el tenor de estos presentes, y en virtud de
Nuestra. autoridad Apostólica, decretamos y mandamos que los mencionados
Inquisidores tengan poderes para proceder a la corrección, encarcelamiento y
castigo justos de cualesquiera personas, sin impedimento ni obstáculo algunos, en
todas las maneras, como si las provincias, municipios, diócesis, distritos,
territorios, e inclusive las personas y sus delitos, hubiesen sido específicamente
nombrados y particularmente designados en Nuestras cartas. Más aun, decimos, y
para mayor seguridad extendemos estas cartas, de delegación de esta autoridad,
de modo que alcancen a las aludidas provincias, municipios, diócesis, distritos y
territorios, personas y delitos ahora referidos, y otorgamos permiso a los
antedichos Inquisidores, a cada uno de ellos por separado o a ambos, así como
también a Nuestro amado hijo Juan Gremper, cura de la diócesis de Constanza,
Maestro en Artes, como su notario, o a cualquier otro notario público que
estuviere junto a ellos, o junto a uno de ellas, temporariamente delegado en las
provincias, municipios, diócesis, distritos y aludidos territorios, para proceder, en
consonancia con las reglas de la Inquisición, contra cualesquiera personas, sin
distinción de rango ni estado patrimonial, y para corregir, multar, encarcelar y
castigar según lo merezcan sus delitos, a quienes hubieren sido hallados
culpables, adaptándose la pena al grado del delito. Más aun, decimos que
disfrutarán de la plena y total facultad de exponer y predicar la palabra de Dios a
los fieles, tan a menudo como la oportunidad se presentare y a ellos les pareciere
adecuada, en todas y cada una de las iglesias parroquiales de dichas provincias, y
podrán celebrar libre y legalmente cualesquiera ritos o realizar cualesquiera actos
que parecieren aconsejables en los casos mencionados. Por Nuestra suprema
Autoridad, les garantizamos nuevamente facultades plenas y totales.
Al mismo tiempo, y por Cartas Apostólicas, solicitamos a Nuestro venerable
Hermano el Obispo de Estrasburgo* que por si mismo anuncie o por medio de
otros haga anunciar el contenido de Nuestra Bula, que publicará con solemnidad
cuando y siempre lo considere necesario, o cuando ambos Inquisidores o uno de
ellos le pidan que lo haga.
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