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Tema 1 Constitucional

toledoparacare23 de Enero de 2014

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TEMA Nº 1

DETERMINACION ANALITICA DEL CONOCIMIENTO DEL

ESTADO. El Estado, Evolución Histórica. El Vocablo ESTADO.

Condiciones existenciales del Estado. Población, el Pueblo, La Nación.

El Territorio de Venezuela y el Uti Possidetis Juris. Referencia al

articulo 10 de la Constitución. Espacio Continental, espacio insular,

espacio lacustre y espacio fluvial, el mar territorial, las áreas marinas

interiores, las áreas marinas históricas y vitales, el espacio aéreo

continental, insular y marítimo, los recursos naturales. La zona

marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica

exclusiva, el espacio ultraterrestre y suprayacente. Breve análisis de

los artículos 11,12 al 55 de la Constitución. El Territorio flotante. El

Poder: funciones y características. Análisis del titulo IV, artículos 136

al 140 de la Constitución.

El primer esbozo de la sociedad humana, fue el rebaño, al igual que

los demás mamíferos. Los individuos viven en una zona determinada

y se reúnen con fines muy determinados, sean estos, para cazar,

para migrar a otras tierras o para atacar o defenderse de otros

rebaños. Este siempre es temporal y su duración depende de esa

necesidad ocasional que lo origina.

Las necesidades ocasionales hacen nacer el instinto social. Como el

hombre obra siempre, empujado por el egoísmo individual. Los

agrupamientos efímeros van acostumbrándole a unir sus fuerzas con

las de sus semejantes, para conseguir mayores comodidades en la

vida y la mas segura protección contra sus enemigos.

La denominación de Estado, actualmente muy generalizada, procede

del léxico jurídico italiano, deviene del Latín Status, “estado de

convivencia en un determinado momento, ordenación de la

convivencia. Ahora bien ateniendo a su sentido etimológico, se le

asocio inicialmente al nombre de determinadas ciudades.

Maquiavelo en 1513 fue el primero, que se tenga información, en

mencionarlas en su libro El Príncipe, esta expresión se admitió como

definición similar a varios idiomas, y lo que antes se llamaba como

Reino, Imperio, Principado o Tierra, ahora se llama Estado.

El Estado nacional moderno, pudo adquirir la configuración precisa

gracias a los efectos de los procesos históricos. Históricamente el

Estado se ha manifestado como un conjunto de instituciones, de

mecanismos políticos, administrativos y judiciales, en los que se

concentran y se organizan, en las sociedades que llegan a cierto nivel

de diferenciación, la dirección y el poder coercitivo de la sociedad.

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Cuando hablamos del Estado, lo primero en que se nos ocurre pensar

en el aparato político del poder, el grupo minoritario que manda y el

grupo mayoritario que obedece, el conjunto de hombres que lo

forman, el suelo en que viven, la coacción del derecho formulado. En

este orden de ideas se ha dicho que el Estado es un ente social que

se forma cuando en un territorio determinado, se organiza

jurídicamente un pueblo que se somete a la autoridad de un

gobierno.

Nación y Estado. Al abordar las nociones de nación y Estado, lo

primero que se debe observar es que toda la colectividad humana no

es, como tal, el soporte del Estado. Ella debe presentar ciertos

caracteres de ausencia de los cuales no puede existir sino una

reunión artificial provisional e individuos e intereses. Tales caracteres

son los que hacen de esa colectividad una nación. El concepto de

nación ha sido inyectado por los autores de cierta sustancia

romántica. Todo se ha dicho de la nación en los términos más

emotivos. La Nación viene a ser el sentimiento de una solidaridad que

vincula a los individuos en su voluntad de vivir en conjunto, un

sentimiento ligado a las fibras más intimas de nuestro ser.

Cual es la diferencia de Nación y Patriotismo? El patriotismo es el

amor de los caracteres nacionales, de los símbolos que vemos tanto

en los horizontes familiares, como en las mas grandes emociones que

provocan los nombres de nuestros antepasados.

En que se distingue la nación del pueblo? En el concepto de Nación

prevalecen los criterios humanos que se reducen a un querer vivir

colectivo. Si bien es cierto que no existe antes de 1811 un Estado

venezolano, si existía una nación venezolana, es ella la que se va

desarrollando en el transcurso del tiempo, buscando e identificando

los elementos que nos hacen únicos, es ese elemento que esta

presente el 19 de abril de 1810, que nos hace rechazar con fuerza el

dominio ancestral de trescientos años, para luego un año mas tarde

convertirlo en nación.

Población: ”El territorio de un Estado es solo su base, y en cambio,

la población es un depositario vivo de la propia sustancia del Estado “.

Vogel.

En cada Estado siempre se encuentra un cierto numero de hombres;

este numero puede ser mas o menos considerable; hasta que estos

hombres hayan conseguido de hecho formar un cuerpo político

autónomo, es decir distinto de otros grupos vecinos. En Estado es

una forma de agrupación social, lo que caracteriza a esta clase de

comunidad humana es que se trata de una colectividad pública, que

se sobrepone a todas las agrupaciones particulares de orden

domestico o de interés privado, o inclusive de interés público local,

que puede existir entre sus miembros. Mientras que en su origen los

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individuos no vivieron mas que en pequeños grupos sociales: familias,

tribu, los unos o u otros que conviviendo en el mismo suelo

conociendo sus intereses particulares, las comunidades estatales se

formaron englobando a todos los individuos en un territorio

determinado, en una corporación única fundada sobre la base de u

interés general y común que los une entre si.

La población en una manera general se puede definir como: “El

conjunto de seres humanos que constituye, por sus nexos una

colectividad fija, establecida en un territorio”.

Diferencias entre población y pueblo. El concepto de población tiene

un sentido diferente al de pueblo. La población propiamente dicha es

una formación natural, el grupo biológico, en tanto que pueblo es la

formación cultural. La población es un concepto genético, es la

condición de existencia política, ero sin fisonomía propia, pues los

fenómenos demográficos son iguales en toda las naciones, son

idénticos en Cuba, China o Francia; en cambio es diferente cuando

hablamos del pueblo especifico, que determina la personalidad,

diferenciándolo de los demás. Estas consideraciones resultan de

particular interés porque nos introducen en los umbrales del concepto

de Nación entendiéndose como tal a un conjunto de hombres

vinculados por lazos comunes, raza, historia, lengua, cultural,

conciencia nacional y fines comunes. La nación es una realidad

sociológica pura.

El Territorio de Venezuela y el Uti Possidetis Juris.

Referencia al articulo 10 de la Constitución: “El territorio y demás

espacios geográficos de la República son los que

correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la

transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las

modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales

no viciados de nulidad”.

Una de las formas del dominio estatal sobre el Territorio es el de la

posesión; que, como se sabe constituye una forma de adquirir la

propiedad de acuerdo al Código Civil. Conforme al Derecho

Internacional el hecho de la posesión de un Estado sobre un territorio

conlleva la presunción Juris Tantum, titulo de dominio estatal. De lo

que se deriva que el Estado que posee un territorio merece se le

respete, en tanto no justifique otro Estado un titulo de mejor

posesión o dominio. Este es el fundamento jurídico del utis possidetis,

cuyo significado literal es: posesión a perpetuidad, pero que

doctrinariamente es la sucesión en el dominio del Estado sobre un

territorio, en fundamento a la posesión que tenia en carácter de

entidad administrativa colonial y que aplicada a la esfera del Derecho

Internacional Publico Hispanoamericano, los que tenia la corona de

España en la época en condición colonial con sus divisiones

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administrativas, sean estos virreinatos, intendencias, audiencias y

capitanías de América y que se transfirieron a los nacientes Estados

por la sucesión del dominio territorial, al momento de declararse

independientes.

El articulo 10, de la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela, al declarar que el Territorio Nacional es el que

correspondía a la Capitanía General de Venezuela antes de la

transformación política iniciada el 19 de abril de 1810 consagra la

adopción del principio utis possidetis ya que nuestro constituyente,

con esa disposición, está declarando que lo que poseía en dominio

territorial la Capitanía

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