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DERECHO CONSTITUCIONAL Tema 1: El proceso de formación del estado moderno


Enviado por   •  24 de Abril de 2017  •  Apuntes  •  1.948 Palabras (8 Páginas)  •  471 Visitas

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DERECHO CONSTITUCIONAL

Tema 1: El proceso de formación del estado moderno

1.1 El Estado como forma histórica de organización política.

 Estado:  idea de una comunidad organizada en un territorio, la existencia de un orden jurídico y de un poder autónomo. Se define desde dos puntos de vista, físico, es toda unidad política superior organizada, produciéndose una identificación con lo político. Los elementos estructurales que lo componen son poder, territorio, población, derecho…

  • Pueblo:
  • Territorio: escenario de la vida política de la sociedad, sin que quepa la existencia de un territorio a efectos políticos sin un pueblo sobre el que recaiga la acción del poder público. Hay excepciones como Palestina.
  • Soberanía o poder: la capacidad de una persona o grupo de personas para imponer sus decisiones a una mayoría que obedece bien por propio convencimiento o por la coacción que sobre ellos puede ejercer el poder político.

1.        Coacción el poder depende de la fuerza

2.        Consentimiento podemos centrarlo en la tradición carisma y racionalidad.

Desde el punto de vista literal, es la forma política a través de la que se forma la sociedad.

El Estado tien e una situación en el espacio y en el tiempo. Nace a fines de la Edad Media, se afianza en el renacimiento y adquiere su plena forma en el siglo XIX. Diremos que la praxis está ligada con la aparición de las primeras monarquías absolutistas en Inglaterra, Francia y España, mientras que en el plano teórico podemos personificar su nacimiento en las figuras de Maquiavelo y Bodino.

1.2 Las formaciones preestatales y el orden político medieval.

La importancia política del Bajo Medievo consistió en saber liberar el poder temporal de las ataduras religiosas al mismo tiempo que se produjo un florecimiento de las asambleas representativas populares. Aunque el Estado moderno no se considera formado hasta el siglo XVI muchos de sus elementos esenciales están ya delimitados a comienzos del siglo XVI. Se establecieron instituciones para asuntos financieros y jurídicos; surgieron grupos de administradores, se creó la cancillería Los elementos del Estado moderno que no se habían creado antes de comenzar el siglo XVI ya no lo harán hasta el XVI o XVII.

Así pues, podemos concluir que el orden político medieval se caracteriza por ser un sistema poliárquico, donde conviven una multiplicidad de centros de poder sin que se olvide la idea de una comunidad política universal. Y ante la falta de consolidación de un auténtico Derecho público, se produce un proceso de privatización, que cristaliza en las relaciones de vasallaje, basado en la idea de pactum, prevalecía el estado-ciudad. La división de la sociedad: Clero, Nobleza y Pueblo.

Este sistema de poliarquía medieval va a ser objeto de descomposición:

  1. Proceso de desacralización
  2. Aumento de poder de los reyes
  3. Encontrar frenos en los poderes feudales.

1.3 El estado absoluto y su evolución (Aparición del Estado Monárquico)

Características y supuestos que facilitan su aparición:

  1. Supuestos económicos, caracterizados por el tránsito de unas economías cerradas, autárquicas, hacia unas economías abiertas basadas en el comercio.
  2. Supuestos sociales, caracterizados por una alteración sustancial del sistema de estratificación social medieval, con la aparición de una clase social emergente, la burguesía, que establecerá un pacto de alianza con los monarcas para liquidar el sistema feudal.
  3. Supuestos técnicos, nuevos descubrimientos de la época.
  4. Supuestos credenciales, implican una nueva concepción del ser humano como centro del Universo, así como una nueva idea de libertad. Surgirá una nueva concepción del trabajo, cuya finalidad es la producción y no la penitencia.

Heller nos habla de la existencia de una serie de factores internos que favorecen su aparición:

1.        Surgimiento de los ejércitos permanentes, en la relación del vasallaje, surge la idea de un ejército basado en los conocimientos técnicos, al cual hay que financiar.

2.        La creación de una administración financiera, cuya primera razón de ser será la de pagar ese ejército.

3.        La existencia de una burocracia, puesta al servicio de esa administración financiera.

4.        La necesidad de un único orden jurídico, que proporcione certeza y seguridad jurídica al nuevo poder político.

En el Estado absoluto las relaciones de producción continuaron siendo feudales. La existencia de unas monarquías absolutas en Occidente que se apoyan políticamente en las clases aristocráticas salidas del Medievo, pero que se encuentran más limitadas en el aspecto económico por el surgimiento de clases burguesas mercantiles, y por un modelo burocrático. La resultante fundamental de esta pugna entre la nobleza feudal y la naciente burguesía comercial, propician la recepción del Derecho romano, que empieza su caminar a partir del siglo XIII. Pero es con el Renacimiento cuando se generaliza su divulgación y se acepta. El Derecho romano había impulsado el concepto de propiedad privada, la practica mercantil etc., exigencias que los tribunales consuetudinarios, que se veían incapaces de resolver. La burguesía comercial de las ciudades, encontraba en él, la solución a parte de sus problemas. Sim embargo, existía un contrapeso político, que no beneficia a la burguesía, a la aristocracia. No obstante, la monarquía absoluta quedaba limitada por la ley divina y la ley natural, así como también por las leyes fundamentales del reino y las mismas costumbres. Se trataba de una herencia feudal. El rey era absoluto en su poder. Pero no puede ir contra la ley de Dios, la costumbre del pueblo o la ley natural, ya que al transgredirlas se convierte en tirano y el pueblo puede pretender la deposición del monarca. Estamos en un periodo de la Historia en que tiene lugar una profunda transformación del concepto de propiedad. Como limite a las aspiraciones del poder absoluto de los monarcas, cabe mencionar, las representaciones corporativas del reino, en Inglaterra adquirirán una verdadera relevancia. En Francia en el siglo XV y en España a mediados del XVI, podemos afirmar que habían perdido todo poder de participación real en los asuntos del Estado.

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