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Teoria De Validez

stevenigma10 de Junio de 2015

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INTRODUCCIÓN

La siguiente investigación tiene por objeto el estudio de la validez tomando como marco referencial la epistemología así como los criterios y las diversas formas que ha tenido a través del tiempo, los ámbitos en los que se manifiesta y el estudio llevado a cabo por juristas destacados como Hans Kelsen y Alf Ross, para ofrecer un análisis con un enfoque filosófico jurídico que nos permita distinguir la evolución de esta figura desde sus orígenes hasta la actualidad.

Cabe destacar que en sentido amplio la validez es una figura que se puede involucrar en un sinfín de conocimientos y ciencias ya que es inherente al razonamiento humano, ya que por medio de este se lleva a cabo la participación en común de un mismo conocimiento o conocimientos y mediante la reiteración en el resultado se les reconoce como verdaderos.

La validez es una condición esencial de la ciencia, pero también adquiere un valor casi metafísico ya que su contenido de verdad apunta no solo al hecho de ser aceptado como verdad, sino al fundamento que lo justifica como válido en función de todo el Ser en conjunto como realidad total.

Conforme a derecho la función de la validez consiste en reforzar el orden jurídico al proclamar que las obligaciones jurídicas además acarrean deberes morales.

Respecto a la normatividad jurídica la validez es un instrumento de una ideología sostenedora de la autoridad del estado fundado en la realización de principios o valores éticos.

En lo que refiere ésta figura con relación a la filosofía jurídica el silogismo normativo fundante de la validez de un orden jurídico, el enunciado deóntico que formula la norma fundante básica, esto constituye la premisa mayor; la premisa menor es que las normas implantadas conforme a ella, son en términos generales, aplicadas y acatadas; es decir que el orden jurídico tiene validez.

CONCEPTO DE VALIDEZ

En epistemología, la validez de un conocimiento es el hecho de ser reconocido como verdadero por una comunidad determinada.

La validez del conocimiento admite diversas formas y criterios según los campos o ámbitos en los que manifiesta su validez: podríamos hablar entonces de validez sociológica, étnico-cultural, religiosa, mágica, etc. cada una con sus formas y criterios de aceptación y reconocimiento.

Conocimiento sometido únicamente a las reglas de la razón. Esta condición, la racionalidad, hace posible la participación en común de los mismos conocimientos, condición esencial de la ciencia: los griegos la identificaron con un mismo término, λογοσ, logos, que significa 'palabra', 'discurso', 'razón', 'argumento', etc.

Immanuel Kant distingue entre la validez y el origen del conocimiento. Que el origen de todo conocimiento sea la experiencia no implica que todo conocimiento, por el hecho de tener su origen en la experiencia, sea verdadero. 1 Una alucinación sin duda es una experiencia, pero el contenido cognoscitivo de dicha experiencia sólo es verdadero como experiencia subjetiva, y no como verdad objetiva; no puede ser considerada como válida por la comunidad.

• Un conocimiento puede ser reconocido como verdadero en el contexto de la vida ordinaria, no siéndolo en un sentido científico; afirmar que tal manzana es roja es reconocido como verdadero en el contexto de una conversación ordinaria; hoy día, con la comprensión científica acerca de qué son la visión y los colores, no hay ningún problema en aceptar que al sostener que dicha manzana es roja, no se quiere decir que la manzana sea de hecho roja.

A veces la validez adquiere un valor casi metafísico, cuando su contenido de verdad apunta no sólo al hecho de ser aceptado como verdad, sino al fundamento que lo justifica como válido en función de todo el Ser en su conjunto como realidad total.

• La aceptación como verdad de la existencia del alma humana apunta al sentido de una vida fundamentada en una vida más allá de la muerte.

• Las creencias religiosas de una comunidad son tomadas fácilmente como verdades de contenido epistemológico confundiendo el plano de la aceptación dentro de una comunidad religiosa con una verdad científicamente válida.2

La validez en la ciencia

En otros casos, la validez adquiere su valor mediante sus relaciones con hechos o conceptos en un ámbito determinado del conocimiento, como puede ser una teoría científica, o una creencia social.

• El concepto original de «grave» (gravedad) y «leve», hacían referencia a la teoría física aristotélica según la cual los cuerpos graves, una piedra, tendían a volver a su lugar original: el centro de la Tierra, mientras los cuerpos leves, el humo, tendían a alejarse del centro de la Tierra. Hoy tal teoría ha sido abandonada pero el significado mantiene de alguna forma su sentido válido original en contextos no científicos. Lo grave es algo de mucho peso, material o moral, mientras que lo leve tiene poco peso material o poca importancia moral.

• El mismo hecho se describe hoy mejor con diversas teorías según contextos, es decir, según en relación a qué marco conceptual y de realidad se quiere referir el movimiento.3

El conocimiento válido en el campo de la ciencia supone la aceptación del mismo por la comunidad científica dentro del ámbito de que se trate, como coherente con una teoría, o dentro de un uso técnico.

• El reconocimiento como válido dentro de un ámbito cultural viene a significar la coherencia con los postulados o las normas de la tradición cultural, tanto como su sentido de verdad en sí.

En Medicina, por ejemplo, dentro de la rama científico-diagnóstica, encontramos diversos criterios de validez:

1. Validez clínica: que exista una relación entre la prueba que se quiere realizar y la enfermedad para la cual le estamos dando uso a esa prueba.

2. Validez analítica: que dicha prueba funcione y tenga una cierta sensibilidad y especificidad.

3. Validez "Bioética" o también denominada Utilidad clínica: que hace referencia a que realmente tenga sentido realizar y exponer al individuo a dicha prueba.

Validez formal

Validez Es el término técnico aplicado a argumentos deductivos que son lógicamente correctos. Un argumento deductivo es válido cuando es imposible que las premisas sean ciertas y la conclusión falsa. En un argumento deductivo la conclusión se sigue necesariamente de las premisas.

El concepto de la validez y el conflicto entre el positivismo jurídico y el derecho natural:

a medida en que este término es tomado como que significa que el derecho posee una fuerza moral intrínseca (la “fuerza obligatoria”) que constriñe a los súbditos, no sólo mediante la amenaza de sanciones sino también moralmente, en conciencia, en esa medida el término no tiene sentido ni función dentro de la doctrina del derecho. La validez, en esta interpretación, es una idea apriorística que no puede ser reducida a términos empíricos definidos por medio de hechos observables.

Ahora bien, si la ciencia del derecho –y por esta expresión entiendo la actividad que pretende describir el derecho efectivamente en vigor en cierto país en un momento determinado– se ha de entender como una ciencia empírica, no puede haber lugar en ella para ningún concepto de este tipo.

La validez o fuerza obligatoria no es realmente una cualidad inherente al sistema jurídico sino algo derivado de los principios del derecho natural. La afirmación de que un orden jurídico posee validez o fuerza obligatoria nada nos dice acerca de obligaciones o hechos jurídicos sino que expresa nuestras obligaciones morales. Tal afirmación pertenece a una conferencia sobre filosofía moral y nada tiene que ver con la descripción del orden jurídico.

Sostengo que no hay ninguna razón para que un filósofo del derecho natural no admita la tesis positivista, y no reconozca que un orden jurídico es un hecho social a ser descripto en términos puramente empíricos sin referencia al concepto de validez.

Cuando se habla de “validez” de un cierto orden fáctico se ocupa especialmente de la cuestión de si es o no un deber “moral” cumplir con las reglas de este orden. Antes de poder responder a ella es necesario saber cuáles son las reglas de este orden, es decir, debemos tener una descripción del mismo en tanto que hecho observable. El filósofo iusnaturalista no tiene razones para negar que los hechos sociales, al igual que otros hechos, sean objeto del conocimiento empírico que se obtiene por medio de métodos empíricos. No tiene mayor importancia que la expresión “orden jurídico” se use o no para designar un orden fáctico cuyas normas han sido concebidas con un espíritu repugnante a las ideas de justicia y humanidad, si su estructura es similar a la de los sistemas jurídicos bien establecidos.

Tres diferentes funciones y significados de la palabra “validez”:

Primero, el término es usado en las corrientes exposiciones doctrinarias del Derecho vigente para indicar si un acto jurídico, por ejemplo, un contrato, un testamento o una orden administrativa, tiene o no los efectos jurídicos deseados. Se dice que el acto es inválido, o nulo, si no los tiene. Esta función es interna, en el sentido de que afirmar que un acto es válido es afirmar algo “según” un sistema de normas dado. El enunciado es un juicio jurídico que aplica reglas jurídicas a determinados

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