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Teoría de las Obligaciones, de Pedro Pablo Hernández


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2015  •  Informes  •  1.337 Palabras (6 Páginas)  •  910 Visitas

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Tarea I

Luego de investigar en el libro básico de la asignatura: Teoría de las Obligaciones, de Pedro Pablo Hernández, y demás fuentes complementarias, realicen la siguiente actividad:

1- Realiza un cuadro comparativo en el que se destaque la clasificación de los contratos:

[pic 1]

2-Defina cada uno de los referidos contratos e Indique las características que los distinguen entre sí.

3- Indique las reglas de formación de los diferentes contratos y dé un ejemplo de cada uno.

Los contratos consensuales son aquéllos que se perfeccionan con el sólo acuerdo de las partes, no se requiere ninguna otra formalidad. Significa que desde que las partes se ponen de acuerdo en la cosa y el precio, ya el contrato existe, con todas sus consecuencias jurídicas, su única dificultad es dede el punto de vista probatorio. El artículo 1134 y 1108 del Código Civil, no exige ninguna otra formalidad para su validez.

Los contratos Solemnes, además del consentimiento requiere algunas formalidades especiales, como son, la intervención de un notario, es decir, este contrato no se perfecciona, si no existe una intervención notarial, significa entonces, que las partes están obligadas a observar esa formalidades.

Ejemplo: La convención matrimonial: si los futuros esposo no optan por ningunos de esos regímenes, se interpreta que han adoptado el régimen legal, según prevé el artículo 1387 del Código Civil.

Según los requisitos de fondo estos se clasifican en1) De mutuo acuerdo y de adhesión 2) Colectivos e individuales

  1. Los contratos de mutuo acuerdo, que también se les llama paritarios, son aquellos donde las partes están en el mismo plano de igualdad para discutir las condiciones. En estos las partes tienen oportunidad de discutir todos los aspectos del contrato.

Al contrario los contratos de adhesión, una de las partes fija las condiciones y la otra se adhiere a ellas.

 Ejemplo se pueden citar los contratos que el cliente celebra con una compañía telefónica, o con Edenorte.

Contratos Colectivos e individuales.

El contrato es individual cuando sólo obliga a las personas que hayan dado su consentimiento, por si mismas o por medio de sus representantes, en cambio el contrato es colectivo cuando involucra a otras personas sin que sea necesario su consentimiento.

Ejemplo típico para comprender los contratos colectivos, es que cuando un sindicado se reúne con empleadores y firman un pacto colectivo, ese es un contrato colectivo porque del mismo se benefician o se perjudican personas que no han dado su consentimiento.

Clasificación de los contratos según su contenido.

 Estos se clasifican de la siguiente manera: 1) sinalagmáticos y unilaterales, 2) Contratos a título oneroso y a título gratuito, 3) Contrato conmutativos y aleatorios 4) Instantáneos y sucesivos.

Contratos sinalagmáticos y unilaterales. El contrato es sinalagamático cuando las partes asumen obligaciones reciprocas, y es unilateral cuando sólo una parte se obliga respecto de la otra.

El contrato unilateral sólo hay obligaciones de un solo lado, no hay obligaciones reciprocas entre la partes.

Ejemplo del acto unilateral es el testamento, porque el testador no requiere de la voluntad del beneficiario para su validez.

Contratos a título oneroso y a título gratuito

De conformidad con el artículo 1106 del Código Civil, el contrato a titulo oneroso es aquel que obliga a los contratantes a dar o hacer alguna cosa. Este contrato se caracteriza porque las partes persiguen ventajas reciprocas.

El contrato a título gratuito también se denomina de beneficencia, porque las partes no persiguen beneficios recíprocos, solo una parte se obliga sin procurar ningún beneficio a cambio.

Ejemplo: dentro de estos se pueden mencionar, la donación entre vivos, el préstamo de consumo, el depósito, el mandato y la fianza.

Contratos conmutativos y aleatorios.

En el contrato conmutativo desde el momento de contratar las partes pueden apreciar las pérdidas o ganancias que puedan tener desde el inicio. En efecto el artículo 1104 refiere que el contrato es conmutativo, ´´cuando cada una de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se considera equivalente de lo que hace o da el otro contratante…´´

Ejemplo: un contrato de alquiler por un tiempo y un precio determinado.

Al contrario, cuando el contrato es aleatorio, depende de un suceso incierto, que las partes no pueden estimar en ese momento, porque dependen del azar. El mismo artículo 1104 establece que el contrato es aleatorio, cuando la equivalencia consiste en eventualidades de ganancia o pérdidas para cada una de los contratantes, dependientes se un suceso incierto.

Ejemplo: el contrato de apuesta, el contrata de seguro etc.

Contratos instantáneos y sucesivos.

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