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Teoría De Las Obligaciones


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2013  •  2.297 Palabras (10 Páginas)  •  245 Visitas

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TEORÍA DE LAS OBLIGACIONES

CONCEPTO DE OBLIGACIÓN

La obligación es el vínculo jurídico en virtud del cual una persona llamada deudor está constreñida(obligada) a dar a otra, llamada acreedor, una cosa, o a realizar un hecho positivo o negativo.

ELEMENTOS DE LA OBLIGACIÓN

• Los sujetos o personas que intervienen en ella;

• El objeto, o sea la cosa o hecho materia de la misma,

• El vinculo, es decir, la relación jurídica que se establece entre deudor y acreedor.

FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

1. EL CONTRATO

Convenio que produce o transfiere obligaciones y derechos.

Acto jurídico, manifestación exterior de la voluntad tendente a la producción de efectos de derecho sancionados por la ley.

Acto jurídico bilateral, ya que depende del consentimiento de dos o más personas, que en su caso sería plurilateral.

CLAÚSULA PENAL

Se estipula cierta prestación como pena para el caso de que la obligación no se cumplao no se cumpla de la manera convenida. Si tal estipulación no se hace, no podrán reclamarse, además, daños y perjuicios.

2. DECLARACIÓN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD.

La declaración unilateral de voluntad con la intención, por parte de quien la hace, de obligarse hacia otras personas, independientemente del consentimiento de dichas personas, es considerada, dentro del derecho moderno, como fuente de obligaciones, pues se dice: “ La voluntad individual es soberana sobre sus propias manifestaciones y, por lo tanto, la obligación que asume una persona, bajo la forma de una simple declaración de su parte, posee la eficacia jurídica de la obligación”. Como ejemplos: los títulos a la orden o al portador, las ofertas de recompensas.

OFERTAS AL PÚBLICO

El que por anuncios u ofrecimientos hechos al público se comprometa a alguna prestación a favor de quien llene determinada condición o desmpeñe cierto servicio, esta obligado a cumplir lo prometido.

¿A QUÉ ESTÁ OBLIGADO EL DECLARANTE O PROMITENTE?

1) A vender la cosa en el precio anunciado, y;

2) A entregar la recompensa a quien realizó la condición o prestaicón solicitada.

ESTIPULACIÓN A FAVOR DE TERCERO

Cláusula contractual en la que se concede un derecho para alguien que no ha intervenido ni ha sido representado en el acto.

No es consultado, ni du voluntad es indispensable para la formación del acto.

El estipulante puede revocar la obligación mientras que el tercero no declare su interés en recibir el beneficio.

LOS DOCUMENTOS CIVILES

Consiste en la promesa, contenida en un documento, de hacer una prestación a favor de alguien determinado o indeterminado que posea dicho título.

3. ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA

Cualquier acrecentamiento sin causa jurídica de una patrimonio en Empobrecimiento de otro.

El favorecido esta obligado a restituir su enriquecimiento hasta le monto del empobrecimiento experimentado por la otra parte, no deberá pagar más que su incremento patrimonial.

ENRIQUECIMIENTO DE MALA FE

Cuando el beneficiado conscientemente permite que alguien se sacrifique sin causa en su beneficio comete un hecho ilícito y deberá pagar todas las pérdidas sufridas por la víctima, no por el enriquecimiento sin causa sino por el hecho ilícito.

Deberá pagar además del importe de su enriquecimiento, daños y perjuicios.

EL PAGO DE LO INDEBIDO

Cuando se recibe un cosa que no se tenía el derecho de exigir y que por error ha sido indebidamente pagada, se tiene la obligación de restituir.

Si se recibe la cosa con buena fe, sólo se debe restituir lo equivalente al enriquecimiento recibido.

Se se recibe de mala fe, deberá también pagar el daños y perjuicios.

4. GESTIÓN DE NEGOCIOS

El que sin mandato ni estar obligado a ello se encarga del asunto e otro.

La obligación del gestor es actuar conforme a los intereses del dueño del negocio, de dar aviso al dueño, de continuar con la gestión hasta concluir el asunto y de rendir cuentas.

El gestor también está obligado a indeminzar los daños y perjucios que por su negligencia se llegaran a ocacionar.

5. HECHOS ILÍCITOS

El hecho ilícito, como fuente de las obligaciones, es una conducta antijurídica, culpable y dañosa, que impone a su autor la obligación de reparar los daños, esto es llamado responsabilidad civil.

El que obre ilícitamente y cause un daño a otro, está obligado a reparar.

MODALIDADES DE LAS OBLIGACIONES

1. OBLIGACIONES CONDICIONALES

La obligación es condicional cuando su existencia o su resolución dependen de un acontecimiento futuro e incierto.

CONDICIÓN SUSPENSIVA

Cuando de su cumplimiento depende la existencia de la obligación.

Cuando una obligación se haya contraído bajo condición suspensiva, y pendiente esta se perdiere, deteriorare o mejorare la cosa, se observarán las disposiciones siguientes:

I. Si se pierde sin culpa del deudor, quedará extinguida la obligación.

II. Si se pierde por culpa del deudor, está obligado al pago de daños y perjuicios.

III. Si

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