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Terminos de Referencia Supervisor


Enviado por   •  26 de Marzo de 2024  •  Apuntes  •  1.534 Palabras (7 Páginas)  •  44 Visitas

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA TERESA[pic 1][pic 2]

OFICINA DE SUPERVISIÓN, LIQUIDACIÓN Y TRANSFERENCIA DE PROYECTOS

“Año del Bicentenario de la consolidación de nuestra independencia y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho”

ANEXO N° 02

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISOR DE ACTIVIDAD DE MANTENIMIENTO E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

AREA USUARIA:

OFICINA DE SUPERVISIÓN, LIQUIDACIÓN Y TRANSFRENCA DE PROYECTOS 

DEPENDENCIA:

GERENCIA MUNICIPAL

ACTIVIDADES:

  • “MANTENIMIENTO DE VÍAS DE COMUNICACIÓN POR PRESENCIA DE PRECIPITACIONES PLUVIALES EN LAS 04 CUENTAS DEL DISTRITO DE SANTA TERESA, LA CONVENCIÓN – CUSCO”
  • "MANTENIMIENTO DE LOS AMBIENTES SOCIO CULTURALES EN EL SECTOR DE COCHAPAMPA, CUENCA VILCANOTA, DISTRITO DE SANTA TERESA, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, CUSCO"

1. DENOMINACION DE LA CONTRATACION

Servicio de Supervisor de Actividad de Mantenimiento e Infraestructura Pública para las Actividades denominadas:

  • MANTENIMIENTO DE VÍAS DE COMUNICACIÓN POR PRESENCIA DE PRECIPITACIONES PLUVIALES EN LAS 04 CUENCAS DEL DISTRITO DE SANTA TERESA, LA CONVENCIÓN – CUSCO.
  • "MANTENIMIENTO DE LOS AMBIENTES SOCIO CULTURALES EN EL SECTOR DE COCHAPAMPA, CUENCA VILCANOTA, DISTRITO DE SANTA TERESA, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, CUSCO".

2. FINALIDAD PÚBLICA

Realizar el servicio de Supervisor de Mantenimiento e Infraestructura Pública de las Actividades denominadas:

  • “MANTENIMIENTO DE VÍAS DE COMUNICACIÓN POR PRESENCIA DE PRECIPITACIONES PLUVIALES EN LAS 04 CUENCAS DEL DISTRITO DE SANTA TERESA, LA CONVENCIÓN – CUSCO”.
  • “MANTENIMIENTO DE LOS AMBIENTES SOCIO CULTURALES EN EL SECTOR DE COCHAPAMPA, CUENCA VILCANOTA, DISTRITO DE SANTA TERESA, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, CUSCO", quien supervisará la ejecución física y financiera de dicha actividad el presente año 2024.

3. OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN

Realizar el servicio de Inspector de Actividad de Mantenimiento para la ejecución física y financiera de la actividad de mantenimiento de acuerdo a los lineamientos de la Directiva 004-2023 MDST/LC de la entidad, el cual se alcanzará en el presente requerimiento.

 4. DESCRIPCIÓN Y CONDICIONES DEL SERVICIO A CONTRATAR

Además de las funciones mencionadas en la parte anterior de la presente directiva, el inspector o supervisor, tiene las siguientes funciones específicas:

  1. La función del inspector o supervisor es controlar la correcta ejecución de los trabajos previstos en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el expediente técnico de MIPBV aprobado, labor realizada de manera directa y permanente.
  2. Absolver las consultas que formule el residente de actividad de MIPBV, siempre cumpliendo las condiciones establecidas en el expediente técnico.
  3. Velar por el cumplimiento de las condiciones de seguridad (ambiente seguro de trabajo, aislamiento de la zona de trabajo, equipos y herramientas en buen estado) y actos de seguridad del personal de la actividad de mantenimiento (personal capacitado, buenas condiciones de salud), de acuerdo a estándares preestablecidos, norma G050
  4. Control de personal, además el inspector o supervisor podrá disponer el retiro de cualquier trabajador que obstaculice o perjudique la ejecución de la actividad de MIPBV.        ,
  5. Rechazar materiales de mala calidad o por incumplimiento de especificaciones técnicas.
  6.     Controlar los precios, debiendo corresponder los de mercado actual. Esto también con la finalidad de que las valorizaciones de avance y final no se distorsionen.
  7. Controlar el avance de acuerdo al cronograma de ejecución física.
  8. Controlar y autorizar oportunamente los requerimientos de bienes y servicios.
  9.     Control del proceso constructivo.
  10.     Efectuar controles de calidad de trabajos ejecutados, bajo protocolos y normas técnicas.
  11. Control topográfico
  12.     Control de equipos y maquinaria.
  13. Control del acervo documentarlo, velando por su correcta generación, flujo, archivamiento y custodia.
  14. Toda comunicación del inspector o supervisor al residente será mediante asientos de cuaderno de obra de actividad de MIPBV.
  15. Velar por el cumplimiento de medidas de control y mitigación de impacto ambiental.
  16. Velar por el cumplimiento de licencias y autorizaciones necesarias, de ser el caso.
  17. Aprobar el informe final de la actividad de MIPBV y presentarlo a la OSLTP, para posteriormente remitirlo a la Unidad ejecutora GIDT.

5. LUGAR Y PLAZO DE PRESTACION DEL SERVICIO

5.1.  Ubicación

ACCESIBILIDAD Y VIAS DE ACCESO:

La principal vía de interconexión es la carretera asfaltada que une Cusco hasta C.P. Santa María del distrito de Maranura; del C.P. Santa maría se continua por la carretera del desvió del puente del mismo nombre hacia Santa Teresa; se adjunta el cuadro correspondiente del tipo de vía y la distancia medida en Km desde una ubicación a otra, posteriormente se determina el tiempo aproximado que demora el traslado de una zona a otra.

DESDE

HASTA

VIA

KM

TIEMPO

Cusco

Puente Santa María

Pista Asfaltada

183

4h

Puente Santa María

Santa Teresa

Trocha Carrozable

10

40 min

Total, Acumulado

193

4h y 40min

5.2. Lugar

El servicio de Supervisor de Actividad de Mantenimiento para la ejecución física y financiera de la actividad de mantenimiento se ejecutará dentro del ámbito del Distrito de Santa Teresa, el cual comprende las 04 cuencas.

5.3. Plazo

El plazo de ejecución de la actividad de mantenimiento es 80 días calendario hasta un máximo de 90 días calendario (03 meses) después de la notificación de la orden de servicio para la ejecución de  los trabajos y entrega de los informes hasta el informe final, cualquier variación o ampliación de plazo de ejecución se aceptara si está debidamente justificado por retrasos administrativos, retrasos en la entrega de materiales y prestación de servicios que no dependen de la residencia de actividad y/o actividad.

6. REQUISITOS Y RECURSOS DEL PROVEEDOR

  • Persona natural o jurídica que tenga como rubro principal la actividad económica materia de este proceso, acreditado con ficha RUC.
  • Estado de Contribuyente ACTIVO y HABIDO.
  • Contar con Registro Nacional de Proveedor vigente en el Capítulo de Bienes y Servicio, acreditar con constancia de RNP.
  • El contratista es responsable del trabajo y bajo su directa responsabilidad.

REQUISITOS

DETALLE

Formación Académica

Título profesional Civil y/o afines; colegiado y habilitado.

Experiencia

Con experiencia general mínima de 02 años en el ejercicio público y/o privado de la profesión, acreditado con certificados de trabajo, contratos, locación de servicios.

Competencia Generales

Habilidad analítica y comunicativa, dominio interpersonal y grupal, pro actividad, trabajo en equipo, integridad, compromiso, dominio de herramientas informáticas y de especialidad.

Competencia complementaria

Dominio de AutoCAD, programa a fines.

Conocimiento de Ofimática

  1. REQUISITOS Y RECURSOS PROVISTOS POR LA ENTIDAD
  • La entidad deberá proporcionar   un ambiente de trabajo para el personal Técnico - Administrativo que se encargue de la ejecución de la actividad de mantenimiento mientras dure la ejecución del servicio  
  • La entidad brindará el equipamiento y servicios necesarios para la ejecución del servicio de la actividad de mantenimiento como escritorios, impresoras, internet y otros.

7. CONFORMIDAD

La conformidad será otorgada por el área usuaria, previa verificación del cumplimiento de los términos de referencia del servicio solicitado.

8. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO

La forma de pago será de manera mensual a la presentación del informe mensual previa conformidad del área usuaria, que se detalla de la siguiente manera:

INFORMES

CONFORMIDADES

OBSERVACIONES

Informe Nº 01 de inicio de la actividad de mantenimiento (compatibilidad de expediente, requerimientos y otros).

Conformidad del primer pago a los 25 días del inicio de las actividades contados después de la notificación de la Orden de Servicio y/o Contrato.

El Inspector de la actividad deberá presentar el primer informe mensual Nº 01 de la actividad de mantenimiento para dar conformidad a su remuneración y el monto corresponderá al 33 % del total del monto contratado.

Informe mensual Nº 02 de la Actividad de Mantenimiento

Conformidad del segundo pago a los 50 días de inicio de las actividades después de la notificación de la Orden de Servicio y/o Contrato.

El Inspector de la actividad deberá presentar el segundo informe mensual N° 02 de la actividad para dar conformidad a su remuneración y el monto corresponderá al 33 % del total del monto contratado

Informe mensual Nº 03 e informe Final de la Actividad de Mantenimiento.

Conformidad del tercer pago a los 80 días de inicio de las actividades después de la notificación de la Orden de Servicio y/o Contrato.

El Inspector de la actividad deberá presentar el informe Nº 03 e informe final de la actividad de mantenimiento según la directiva 004-2023 MDST/LC y el monto corresponderá al 34 % del total del monto contratado.

9. PENALIDADES

Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria =

0.10 x monto vigente

F x plazo vigente en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;

F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

El retraso se justifica a través de la solicitud de ampliación de plazo debidamente aprobado. Adicionalmente, se considera justificado el retraso y en consecuencia no se aplica penalidad, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. En este último caso la calificación del retraso como justificado por parte de LA ENTIDAD no da lugar al pago de gastos generales ni costos directos de ningún tipo, conforme el numeral 162.5 del artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

10.RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

La conformidad de recepción de la prestación por parte de la entidad no enerva su derecho a reclamar posteriormente por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos, estándose sujetó a lo dispuesto en el Art. 173 del reglamento de la ley N° 30225, ley de contrataciones del estado, aprobada mediante decreto supremo N° 344-2018-EF.

[pic 3]

Firma y sello del área usuaria

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