Tesis trascendentales en Derecho por parte de Santo Tomás de Aquino
estefa bmApuntes3 de Febrero de 2020
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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR[pic 1]
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
Estudiantes: Delia Estefania Bucheli Mullo
Deysi Belén Chisaguano Amaya
Curso: 1er Semestre “B”
Área: 8
Asignatura: Introducción al Derecho
Docente: Dr. Rubén Darío Castro Orbe
Asunto: 5 Tesis trascendentales en Derecho por parte de Santo Tomás de Aquino
Período Lectivo: Marzo 2019- Agosto 2019
Resumen
En la actualidad versan en el Derecho varias aportaciones de la antigüedad, este es el caso de Santo Tomas de Aquino. A través de sus estudios basados en la filosofía aristotélica y el cristianismo logra realizar aportaciones políticas y jurídicas.
El objetivo de este trabajo es conocer 5 contribuciones al campo mencionado y su importancia o influencia que ha generado a través de ellas. En este caso se van a tratar: la justicia, la ley, el estado, la autoridad y la relación entre derecho y estado.
Se logra el objetivo, gracias al estudio y síntesis que se obtiene de cada uno, así como establecer su relación en la actualidad.
En conclusión, el derecho reposa sobre la justicia como virtud para obtener el bien común; la ley establece similares objetivos y efectos en relación al pasado y la actualidad; El Estado, así como el Derecho constituirá justicia, los dos en toda instancia se relacionan como una fuerza para poder guiar al pueblo bajo su mando. El Estado no justifica el actuar individualista del ser es por esto que siempre creara derechos que favorezca a todos los ciudadanos.
Abstract
At present, several contributions of antiquity are in law, this is the case of Santo Tomas de Aquino. Through his studies based on Aristotelian philosophy and Christianity, he makes political and legal contributions.
The objective of this work is to know 5 contributions to the mentioned field and its importance or influence that has generated through them. In this case they will be treated: justice, law, the state, authority and the relationship between law and state.
The objective is achieved, thanks to the study and synthesis obtained from each one, as well as establishing their relationship at present.
In conclusion, the law rests on justice as a virtue to obtain the common good; the law establishes similar objectives and effects in relation to the past and the present; The State, as well as the Law will constitute justice, both in every instance are related as a force to be able to guide the people under their command. The State does not justify the individualistic act of being, that is why it will always create rights that favor all citizens.
Introducción
En la actualidad y desde tiempos remotos el Derecho ha sido esencial y sumamente incidente en el desarrollo de la sociedad. Tras el estudio de la doctrina de Santo Tomas de Aquino, en el presente trabajo se pretende establecer 5 tesis o aspectos fundamentales de su concepción teórica alrededor del Derecho y del Estado.
Las aportaciones que este escolástico realiza, se dan en una evolución desde el neoplatonismo hacia el aristotelismo, ya que su principal inspiración viene del filósofo Aristóteles, transformando el pensamiento de este, a uno cristiano (junto a su tutor Alberto Magno). Es decir busca un equilibrio entre los dogmas cristianos y el racionalismo del filósofo mencionado, y de existir alguna oposición de ideas, sobreponer la idea cristiana.
Este dominico, se adentra en el Derecho, debido a una virtud cardinal, que es la justicia, es ahí donde empieza la relación de sus aportes, no solo en el campo teológico, sino también en cuestiones jurídicas y políticas.
En este escrito los 5 temas a tratar son: la justicia, la ley, el estado, la autoridad y la relación entre derecho y estado.La elección de los temas mencionas, se ven relacionados con tanto con Derecho como con Estado.
También cabe mencionar un breve resumen de la vida del personaje sobre quien se basa el trabajo: Santo Tomas de Aquino nacido en Italia en el castillo de Roccasecca, no lejos de Nápoles, a finales del año 1224 o comienzos del 1225, hijo del conde de Aquino y de la condesa Teodora. A la edad de cinco años fue puesto por sus padres en la abadía benedictina de Monte Cassino; a los 10 años en Nápoles inicia su cercanía a Aristóteles gracias a su profesor, Pedro de Irlanda, ya que este era aristotélico.
Este decidió ingresar a la orden dominica; sin embargo al pertenecer a órdenes mendicantes, su familia (perteneciente a la nobleza) se opuse y actuó, siendo sacado de los dominicos y posterior a ello, encerrado. Al ser liberado, se traslada y es instruido por Alberto Magno, quien descubre los dotes de este.
En el transcurso de los siguientes años se dedica a la enseñanza, y apoyo a los mendicantes; al igual escribe obras, en la cual se destaca la “Suma Teológica”. Muere en Fossanova, en un convento cisterciense.
1. Tesis
1.1. La justicia
La justicia se manifiesta según Tomas de Aquino ( SUMA TEOLOGICA II (1a. ed.), 1964, págs. 475-487) como “la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho”, pero en un inicio para el Santo se asume como una virtud cardinal, en este caso la superior, ya que su esencia es diferente al resto, esta virtud implica obtener como fin la felicidad en común y otorgar lo que le corresponde a cada persona, es decir al actuar, la consecuencia debe ser acorde al contexto, sin la existencia de alguna perjudicación. Por ello como comenta Peña, S. (La justicia en el pensamiento de Santo Tomás de Aquino, 2013, pág. 31) que se requiere a más de respetar lo justo ya establecido otorgarle a cada uno lo que le es debido. La justicia puede ser particular y general, porque obrar con justicia respecto de un particular, lleva al bien común en sí, dado que este particular pertenece a una comunidad.
Se establece como virtud cardinal ya que orienta al bien obrar o lo rectifica, consiguiendo que el acto y el hombre sean buenos. Se cumple, gracias al uso de la razón la cual es guiada por la voluntad, esta voluntad debe ser firme e interrumpible, esto se debe a que se considera que la persona que obra con justicia no es solo por un momento, sino que mantiene este principio a lo largo de cualquiera de sus acciones. Es necesario, entender que la justicia actúa sobre las acciones, mas no regula las pasiones, por eso incides directamente en el derecho, a diferencia de las otras virtudes que se ejecutan para la persona en sí, esta al efectuarse tiene como consecuencia el bien en general.
Cabe resaltar que el sujeto de la justicia es la voluntad, no la razón, porque conocer que es la justicia, no quiere decir vaya a realizarse.
La justicia como virtud, pareciese una realidad sin materia, pero no es así, la materia de esta son las operaciones exteriores, es decir el resultado que se obtiene tras la voluntad que se manifiesta al entender que acto se va a realizar y como va a incidir.
Para comprender lo que refiere “dar a cada uno lo suyo” nos trasladamos al Art.-11 que redacta Tomas de Aquino (Suma Teológica, ) por lo que se entiende que la justicia también manifiesta igualdad, esto refiere a lo que se debe en igualdad de proporción, para entender esto ya se mencionó que lo material es la operación exterior entonces, esta debe ser en concordancia a que como bien común o particular , surgirá efecto en el otro, quien está protegido por la justicia que versa en quien acciona.
Como menciona Dr., R. (Teología política de Santo Tomás, 2003, pág. 165) puede denominarse justicia legal porque mediante esta, la persona logra crear un vínculo con la ley la cual logra ordenar los actos, pero de todas las virtudes al bien común.
1.2. La ley
Tomás de Aquino en su obra ( SUMA TEOLOGICA II (1a. ed.), 1964, págs. 704-708) establece que la ley es una “regla y medida” de las acciones de cada persona, conforma a la cual la persona será orientadas a realizar o no realizar tal acto. Esto se consigue a través de la razón, dado que esta es el principio de cualquier operación. Es así como se asocia que para un acto de la razón que presupone un acto de la voluntad, se puede guiar mediante la ley a la cual compete mandar o prohibir, y es así como la ley dirige al hombre en sus acciones. Por ello Santo Tomás distingue dos efectos de ley: primero el efecto propio de la ley es hacer bueno a sus destinatarios, en este caso las personas; segundo esta que la ley permite, prohíbe, manda y castiga. También distingue 4 tipos de leyes: ley eterna, ley natural, ley humana y ley divina.
Como características de esta se manifiesta que: la ley siempre busca el bien común (igual que la justicia) dado que no es provecho particular de nadie; un individuo particular no puede crear leyes, se establecía que la ley es una resolución del pueblo, para después ser sancionada por un conjunto de ancianos y la plebe; ejerce obligatoriedad ante todos, y el hecho de no conocerse no lo exime de ella; y la ley adquiere fuerza al conocer lo que se está aplicando, en esta situación, se refiere a promulgación al conocimiento que se tiene de su existencia, la cual viene dada por ciertas personas.
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