Titulos De Credito
koko072819 de Julio de 2013
900 Palabras (4 Páginas)285 Visitas
Concepto de Títulos de Crédito
"Son títulos de crédito, los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna" (artículo 5 ley general de títulos y operaciones de Crédito)
Los títulos de crédito son los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal y autónomo que en ellos se consigna y que están destinados a circular.
clasificación
Por su contenido:
a) títulos que dan derecho a una suma de dinero.
b) títulos que dan derecho a cosas muebles diversas del dinero.
c) títulos sociales que atribuyen a su tenedor la calidad de socio.
Clasificación
Por la persona del emitente:
Cuando el emisor de un titulo de crédito es una persona moral de Derecho Publico, ya sea la Nación, los Estados o los Municipios, se habla de títulos de deuda publica.
Clasificación
Por la forma de su emisión.
A) En forma Singular son títulos con individualidad y circunstancias propias en cada documento, en lo referente , a su contenido.
B) se emiten en serie o masa. constituyen un género que abarca determinado número, más o menos grande dé documentos, que llevan idéntica individualidad o contenido uniforme
Clasificación
Por la forma de su circulación.
La ley los clasifica los títulos de crédito podrán ser, nominativos o al portador. (Art 21 LGTOC)
Clasificación
Pagare:
Es un titulo de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados a la orden del tomador.
Cap. 3° . Art. 170 LGTOC.
Pagare debe contener:
La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento
la promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;
El lugar y la época del pago;
La fecha y el lugar en que se suscriba el documento;
La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.
Clasificación.
Letra de cambio:
Es un titulo de crédito que contiene la orden incondicional que una persona llamada el girador da a otra llamado girado, de pagar una suma de dinero a un tercero que se llama beneficiario, en época y lugar determinado.
Cap. 2 Sec. 1ª. Art. 76 LGTOC.
La letra de cambio debe contener:
La mención de ser letra de cambio, inserta en el texto del documento;
La expresión del lugar y del día, mes y año en que se suscribe;
La orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero;
El nombre del girado;
El lugar y la época del pago;
El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; y
La firma del girador o de la persona que suscriba a su ruego o en su nombre.
Clasificación.
Cheque:
Es un titulo de crédito en virtud del cual una persona llamada girador ordena incondicionalmente a una institución de crédito que es el librado, el pago de una suma de dinero a favor de una persona llamada beneficiaria. Cap. 4°. Art. 175 LGTOC.
El cheque debe contener:
La mención de ser cheque, inserta en el texto del documento;
El lugar y la fecha en que se expide;
La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
El nombre del librado;
El lugar del pago;
La firma del librador.
Clasificación.
otros:
Bono
Crédito Avió
Crédito Refaccionario.
Características de los títulos de crédito.
INCORPORACION:
Es la relación estrecha, que los títulos
...