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UNA ESPERANZA DE VIDA


Enviado por   •  30 de Marzo de 2013  •  4.212 Palabras (17 Páginas)  •  555 Visitas

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DEONTOLOGIA JURIDICA PARA LICENCIADOS EN DERECHO BUROCRATICO

INTRODUCCIÓN

El ser humano por naturaleza es un ser social, su convivencia se apoya en las relaciones diarias de carácter familiar, escolar, laboral, etc. para llevar una coexistencia pacífica, sin embargo ésta relación está impregnada de acontecimientos de carácter jurídico como abordar un automóvil, pagar un boleto de cualquier medio de transporte, comprar alimentos, medicamentos y vestidos, entre otros satisfactores todos estos acontecimientos implican la celebración de un negocio jurídico.

El estudiante de Derecho conocedor de estas circunstancias encuentra en cada una de estas actividades la posibilidad de aplicar sus conocimientos jurídicos, y además, lo que resulta indispensable en la actividad jurídica, es decir el aspecto ético del abogado y el valor invaluable de la posibilidad de servir a sus semejantes.

El conocimiento y comprensión de estas circunstancias se conoce a través de la DEONTOLOGIA JURÍDICA, esta materia lleva al estudiante a analizar el significado ético de la actividad jurídica y también a conocer aspectos tan significativos como son el proceder del abogado frente al Estado y desde luego la actitud ética del licenciado en Derecho que se desempeña como abogado litigante.

Otro objetivo del conocimiento de esta materia es reivindicar el proceder incorrecto de algunos sujetos que habiendo estudiado Leyes, lucran con la necesidad y en ocasiones hasta con el dolor de los que no son expertos en el conocimiento jurídico.

Algunos abogados intentan satisfacer sus necesidades económicas actuando como verdaderos ladrones, cobrando excesivas cantidades por concepto de honorarios y en muchas ocasiones abandonando a sus clientes en los peores momentos llevándolos a la desesperación y en ocasiones hasta a la muerte.

El conocimiento de esta materia resulta indispensable para el desempeño profesional de todo abogado.

Deontología Jurídica y el Derecho Comparado en la enseñanza jurídica actual

Su sentido y necesidad

La deontología es la disciplina que se ocupa de los deberes de los profesionales...En el caso de los abogados se trata de una multiplicidad de deberes como son aquellos consigo mismo, con la profesión, con los clientes, con los colegas, con los jueces, con la sociedad mexicana.

Anotamos que es un importante deber de las Facultades de Derecho y de los colegios de abogados preocuparse seriamente y con sentido de responsabilidad de recordarle a los que ejercen o han de ejercer la abogacía cuáles son sus deberes. No es posible que en ninguna de tales instancias se deje de impartir instrucción deontológica. No hacerlo es contribuir a la degradación del menester profesional del abogado, al deterioro social de su imagen, a la pérdida de la fe en la justicia. Es, en fin, colaborar a la divulgación ética de la sociedad y sus principios.

El abogado que es honesto y probo es consecuente con sus principios y con el juramento que pronunció al incorporarse a su respectivo colegio profesional.

El Secreto profesional y el deber de informar

Al iniciar este parágrafo nos asaltan, al menos, dos interrogantes vinculadas con los deberes éticos del abogado mencionados en el parágrafo precedente. ¿En qué momento de la formación del abogado durante su etapa universitaria se le informa sobre el significado del secreto profesional y la necesidad y el deber de mantenerlo? ¿En qué instante de esa formación se le instruye al futuro abogado sobre el deber que asumen de informar a su cliente sobre los alcances de sus derechos o responsabilidades, según sea el caso? La respuesta pareciera ser que dichos temas deberían informarse y debatirse en el curso universitario de Deontología Jurídica. Pero, ¿en cuántas Facultades de Derecho de nuestra área se imparte dicho curso formativo del abogado? Finalmente una tercera pregunta:

¿Es necesario que el futuro abogado egrese de las aulas universitarias con una noción sobre, al menos, dichos deberes éticos?

La intimidad es el ámbito privado de la persona, que les es propio y exclusivo, que carece de interés para los demás, que no tiene proyección social. Es el espacio de reserva que la persona requiere para vivir con tranquilidad, sin sobresaltos ni perturbaciones que la inquieten y le impidan disfrutar de su privacidad. Toda persona requiere del respeto a su intimidad para desarrollar con serenidad y equilibrio emocional aquellos aspectos de su vida que a ella sólo interesa, por lo que explicable y celosamente la defiende. La intimidad es un ámbito intangible es la existencia de una persona. Por todo ello este interés existencial de la persona es merecedor de la mayor protección jurídica frente al constante asedio de los demás, de aquellos potenciales intrusos dispuestos a romper la valla ética y jurídica que tutela su intimidad.

El abogado tiene como deber ético el guardar reserva de los asuntos vinculados con la vida privada de sus clientes. Ello, porque se debe proteger el bien jurídico correspondiente a la intimidad de la vida privada de las personas, protegidas por la normatividad jurídica y la jurisprudencia comparada. Frente al derecho la intimidad de la vida privada del cliente y de su familia se alza el correlativo deber del abogado de guardar secreto sobe todo lo relacionado con dicha intimidad ética y jurídicamente comprometido a no violar el derecho a la intimidad en la vida privada de aquel cliente que le confía informaciones que pertenecen exclusivamente a dicha esfera jurídica.

El sacerdote, el médico el abogado son aquellas personas que por las especiales características de su ministerio o profesión se encuentran muy cerca del ser humano y sus más delicados problemas. Ellos son depositarios de asuntos y actividades vinculados con el mundo referido a la intimidad de la persona. La confianza y la lealtad son valores que signan y presiden dichas relaciones interpersonales. En el lecho de muerte de una persona se suele imaginar la presencia del sacerdote, a quien se le confía los pecados, del médico, que posee toda la información de los problemas relativos a su enfermedad, y la del abogado que conoce el destino de sus bienes al haber participado en la redacción de su testamento y de haberlo tal vez asesorado en algún tramo de su vida.

Los códigos de ética profesional, sobre todo los relacionados

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