ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Una contestacion de divorcio

Martin Diaz VidalApuntes25 de Mayo de 2016

4.420 Palabras (18 Páginas)302 Visitas

Página 1 de 18

                                                   ESPEDIENTE NÚMERO 204/2016.

 ACTOR: GUSTAVO MÉNDEZ GÓMEZ.

 

VS;

DEMANDADA: REBECA DE LA CRUZ SÁNCHEZ.  

JUICIO DE DIVORIO NECESARIO..

C. JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA.  

FRONTERA, CENTLA, TAB.

P R E S E N T E.

                                                   REBECA DE LA CRUZ SÁNCHEZ por nuestro  propio derecho, con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, designando como abogado patrono al LIC. MARTÍN DÍAZ PÉREZ,  con cédula profesional registrada en el Libro de Gobierno de Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Tabasco,  señalando como domicilio para oír y recibir citas y notificaciones la casa s/n de la calle Allende esquina Mina de esta ciudad , ante usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

                                                  Que estando dentro del término de nueve días que me fue concedido previsto en el artículo 213 y 214, del Código de Procedimientos Civiles, en Vigor,   vengo a contestar la demanda instaurada en mí contra y al efecto manifiesto :  

                                                Que vengo a través del presente escrito a dar contestación A LA IMPROCEDENTE  E INFUNDADA  DEMANDA, INSTAURADA EN MI CONTRA, ejercitando por parte del actor JUICIO DE DIVORCIO NECESARIO, en la modalidad de divorcio sin causa, en contra del matrimonio civil celebrado entre la suscrita y el actor  el 08 de Abril del año de 1995, en los siguientes términos:

                                             CONTESTACIÓN AL CAPÍTULO DE PRESTACIONES.- Con respecto a las prestaciones que reclama el actor en los incisos a) y c), manifiesto que la misma es infundada y que esta autoridad judicial deberá declararla improcedente, toda vez que el actor al enterarse que padecía  una enfermedad de CARCINOMA CANICULAR GRADO 2   CÁNCER DE MAMA IZQUIERDA, desde que mi cónyuge se enteró de que padecía cáncer en una visita que hicimos a un médico particular, cobardemente abandonó                   , y sin dar ninguna explicación el hogar conyugal, sin proporcionarme cuidados, atención y cariño y lo más grave sin dejar dinero para comprar alimentos y medicinas, pues dado el padecimiento peligroso y delicado que tengo urgencia de contar con medicamentos y terapias especiales, los tratamientos que me suministran implican  desgaste físico  y emocional  y después  las reacciones son bastantes dolorosas y a veces mortales,  no niego que trabajo como encargada de la biblioteca plantel número 18, de la Villa Ignacio Allende, Centla, Tabasco, pero mi salario no me alcanza para pagar los gastos urgentes que necesito y he ahí que sin ninguna consideración y sin cumplir su deber de marido  de apoyo y atención ahora presenta demanda de divorcio para hacerme a un lado como traste viejo y roto y desde que me abandonó vive en amasiato con la C. PROFRA. IRMA ARIAS DE LA CRUZ, tal como se acreditará más adelante. También mi esposo se olvida de que en plena vigencia de  nuestro matrimonio adopte a un niño y él nunca quiso asentarlo con  sus apellido, lo cual me obligó por mi ignorancia a asentarlo con mis apellidos originalmente cuando que lo más viable era presentarme al Registro Civil  y junto con el acta de matrimonio registrarlo como hijo habido en matrimonio; actualmente vivo sola manteniendo a mi hijo menor y nadie me apoya con recursos para mi enfermedad de mi hijo y mis gastos en medicamentos y tratamientos, sola lucho por seguir viviendo tratando de recuperarme de esta enfermedad que me tiene sumida y recluida en mi casa.

CONTESTACION AL CAPITULO DE HECHOS

El, hecho 01 que se contesta es parcialmente cierto,  pues la fecha del matrimonio  civil lo contrajimos, pero en Abril del año de 1995, según se desprende en el acta de matrimonio que obra en la copia certificada que anexó mi consorte en el escrito de divorcio

.

El hecho 02 de hechos lo contesto de la siguiente manera:

Es cierto que el hogar conyugal lo constituimos en la calle Constitución s/n de Villa, Ignacio Allende, Centla, Tabasco, empero  antes que mi cónyuge me abandonara vivíamos en una casa de madera y cuando él se separó de mí, derribe la casa que ahí había y reconstruí una con materiales de construcción y techo de loza, porque en esos tiempos todavía me sentía bien de salud y ganaba un poco más, pues no soy maestra soy encargada de una Biblioteca en el plantes 18 del cobatab de la Villa, Ignacio Allende, y a parte tenía otras comisiones pero por mí en enfermedad ya no puedo desempeñar ningún trabajo y necesito de cuidados y también para mi hijo menor de edad de  nombre: EMANUEL DE LA CRUZ SÁNCHEZ, QUIEN NACIÓ EL 02 DE  Octubre  del año 2011, aclaro que mi marido nunca me ayudó a pagar  la construcción pues todos los gastos corrieron por mi cuenta, y ahora el se ufana en afirmar “que adquirimos esta propiedad durante nuestro matrimonio.” Nada mas falso ¡Qué descaro y poco hombre es mi cónyuge, al vanagloriarse de algo que no le costó nada”., continúa relatando mi esposo, en este hecho que contesto:  “que también adquirimos un automóvil de marca Nissan, modelo 2005, el cual vendí sin su consentimiento”, este hecho es parcialmente cierto en cuanto a la existencia del automóvil Nissan , modelo 2005, pero no así en cuanto él y yo adquirimos dicho mueble, pues en ese tiempo con las ganancias que obtenía de mi trabajo en el plantel número 18 de la Villa, Ignacio Allende, Centla, Tabasco, como el actor lo manifiesta en este hecho que contesto, dicho bien mueble lo tuve que vender pues el alto costo de mis medicinas y médicos especialistas por la enfermedad que empezó a causarme perjuicios en mi salud, hizo que vendiera el carro de marca Nissan , modelo 2005, pues desesperadamente tenía que conseguir recursos para mi y para mi hijo menor, porque el actor no me apoyaba y siempre le gustó vivir a mi lado porque siempre lo mantenía porque el no trabajaba en nada. “Era lo que se dice un bueno para nada”, en la etapa probatoria acreditaré  que la construcción del inmueble  que hoy reclama como bienes de la sociedad conyugal. yo fui la persona que pagó toda la construcción

.                      

El hecho 3 que se contesta, lo niego en virtud de que si hubo un hijo menor que adopte y el actor  nunca lo quiso asentar y reconocer como hijo   suyo y para evitar que mi hijo contara con un apellido lo tuve que asentar con mi apellido de soltera, esa situación causó que para evadir su responsabilidad huyera del hogar conyugal, sabiendo que la enfermedad empezaba a manifestarse en mi salud y necesitaba la compañía de mi esposo para afrontar todas las secuelas y tratamiento necesarios, al abandonarme se pasó a vivir con una maestra de nombre IRMA ARIAS DE LA CRUZ, a quien en su momento procesal oportuno ofreceré como testigo hostil.

El hecho 4 y 5 de la demanda de divorcio lo contesto de la siguiente manera: Niego que el actor afirme en su demanda que nos separamos por incompatibilidad  de caracteres desde hace 4 años, pues en este libelo de demanda, no está señalada  fecha,  día,  mes y año correspondiente, debido a que el actor no precisa fecha de  la separación, solicito que a la referida causa de divorcio, no se le de la importancia debida y aún y cuando ya  hay nuevas modalidades de divorcio éste  no sea concedido, pues la causa señalada no es de fecha cierta y únicamente  constituye un indicio vago y obscuro y se está violando la norma de retroactividad de la ley, pues de conformidad  con el artículo 14 Constitucional “a ninguna ley se dará efecto RETROACTIVO  en perjuicio de persona alguna”. En virtud de que, el actor trata de aplicar una nueva ley, que no existía en el momento de consumarse nuestro  matrimonio, pues el nuestro lo celebramos  el 08  Abril del año de 1995, tal como consta en el acta de matrimonio que el actor  exhibe  en copia certificada. Razón por la cual pido a su señoría desechar por frívola e improcedente esta demanda de divorcio, que no se circunscribe dentro de las normativas legales y aplicables cuando sucedió la celebración del matrimonio entre la suscrita y el actor.  

En cuanto al punto número 5 de su escrito de demanda la parte actora pretende sorprender la buena fe de su señoría cuando invoca la declaración universal de los derechos humanos siendo omiso en su invocación , cuando dentro del punto de vista internacional, existen instrumentos jurídicos mas relevantes en materia de los derechos humanos de las mujeres entre las que se encuentran la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y LA LEY GENERAL DE ACESO DE KLAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA:

I.-RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA DE LAS MUJERES.

II.- LA NO DISCRIMINACION.

III.- LA LIBERTAD DE LA MUJERES.

                                 R E C O N V E N C I O N.    -

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 219 del Código Procesal Civil en Vigor en el Estado de Tabasco, vengo a demandar en la VÍA ESPECIAL ALIMENTOS,  a mi favor y de mi hijo menor de edad, en contra de mi cónyuge el C. GUSTAVO MÉNDEZ GÓMEZ, con domicilio conocido en la Ranchería José María Morelos Y Pavón,  de la Villa Ignacio Allende, Centla, Tabasco, y de quien reclamo las siguientes prestaciones:

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (22 Kb) pdf (138 Kb) docx (20 Kb)
Leer 17 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com