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VICTIMOLOGIA


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2014  •  1.293 Palabras (6 Páginas)  •  227 Visitas

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TRATO DE LA VICTIMA ANTE EL MP.

PROPUESTAS, PARA APOYO A LA VICTIMA.

Asistencia a la Víctima.

Realizar acciones que contribuyan a la protección y restitución de los derechos otorgados por la ley a las personas que hubiesen resultado afectadas con motivo de la comisión de un delito, a quienes se les proporciona servicios gratuitos de Asesoría Jurídica, Asistencia Médica y Psicológica de urgencia, gestionando, cuando así se requiera, apoyos asistenciales con instituciones públicas y privadas.

Funciones

Preguntas y respuestas

Asistencia Médica

Asistencia Psicológica|

Asesoría Jurídica

Trabajo Social

Funciones

Brindar información, orientación y asesoría jurídica; así como asistencia social, mediante servicios especializados, en favor de las personas ofendidas o victimadas por el hecho delictivo.

Funciones Legales

LEY DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA.

Artículo 39:

III. Realizar las acciones de su competencia para propiciar el goce de los derechos que le reconoce a la víctima el inciso c) del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en su caso, canalizarlas a las dependencias y entidades competentes, que proporcionen servicios de carácter tutelar, asistencial, preventivo y educacional;

VIII. Asistir a la víctima u ofendido por algún delito que corresponda conocer a los tribunales del Estado, con el propósito de que reciban asesoría jurídica, atención médica, psicológica y orientación social, cuando así lo requieran en ejercicio de los derechos y las medidas de asistencia y apoyo que les confiere esta Ley;

IX. Procurar, coordinar, vigilar y concertar acciones con organismos públicos o privados que brinden asistencia a las víctimas; y

Artículo 42:

La Dirección de Prevención del Delito y Asistencia a la Víctima, proporcionará o gestionará, a favor de las víctimas y de los ofendidos de delitos, los siguientes servicios:

I. Asesoría jurídica gratuita, pronta, completa e imparcial, contando con el apoyo de un asesor jurídico que le asista en todos los actos en que deba intervenir para la defensa de sus derechos y la intervención de perito traductor cuando lo requiera;

II. Asistencia médica y psicológica de urgencia, pudiendo gestionar aquella que no esté en condiciones de proporcionar directamente; y

III. Coadyuvar con el Ministerio Público para solicitar la reparación del daño, en los casos que ésta proceda.

DERECHOS ANTE EL MP

I. A ser enterados oportunamente de los derechos que en su favor establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes de la materia;

II. A que el Ministerio Público y sus auxiliares les presten los servicios que constitucionalmente tienen encomendados, bajo los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, profesionalismo, eficiencia y eficacia, con la máxima diligencia;

III. A ser tratados con la atención y respeto debido a su dignidad humana, absteniéndose de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia del servicio, abuso o ejercicio indebido de la autoridad;

IV. A que se les procure justicia de manera pronta, gratuita e imparcial, respecto de sus denuncias o querellas, practicando todas las diligencias necesarias para poder integrar la averiguación previa;

V. A recibir asesoría jurídica gratuita, cuando lo solicite, por parte de la Dirección de Prevención del Delito y Asistencia a la Víctima, respecto de sus denuncias o querellas y, en su caso, a ser auxiliados por intérpretes traductores cuando pertenezcan a un grupo étnico o pueblo indígena, no conozcan o no comprendan bien el idioma español o padezcan alguna discapacidad que les impida oír o hablar;

VI. A contar con todas las facilidades para identificar al probable responsable;

VII. A recibir en forma gratuita, copia simple de su denuncia o querella debidamente ratificada o copia certificada de ella cuando la solicite;

VIII. A comparecer ante el Ministerio Público para poner a su disposición todos los datos conducentes a acreditar el cuerpo del delito, la responsabilidad del indiciado, el monto del daño, de su reparación y a que el Ministerio Público integre dichos datos a la averiguación;

IX. A ser informados, cuando así lo soliciten, del desarrollo del procedimiento penal y de las consecuencias legales de sus actuaciones dentro del mismo;

X.

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