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VIOLACION SEXUAL

gabriela816050011 de Octubre de 2012

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Violación sexual

1. Introducción

2. Violación sexual

3. Signos médicos legales de la violación

4. Atentados contra el pudor

5. Conclusiones

6. Recomendaciones

7. Propuestas

8. Anexos

9. Imagenes

10. Glosario

11. Bibliografia

INTRODUCCIÓN

El avance del derecho nos ha llevado a estudiar y a comprender una rama más sencilla que es la Medicina Legal.

Esta rama del Derecho se desenvuelve en amplitud en todo lo referido a la comprobación de los delitos con sustento médico, pero nosotros trataremos como punto en nuestro trabajo la VIOLENCIA SEXUAL, entendiéndose como la violencia que se hace ante una persona para abusar de ella en contra su voluntad, abarcando además los procesos a seguirse para la identificación de la violación sexual, hecho que le compete al Médico Legal, mediante lo que se denomina el Peritaje Legal.

Además de mencionar las consecuencias que puede traer hacia una persona la violación sexual, sobre todo las psicológicas.

Estamos seguros que esta obra será sumamente útil y confiamos en que en ella los motive a seguir profundizando en el mismo porque nos preocupa y estamos comprometidos con:

- La defensa de la integridad física, de la dignidad de la persona y el respeto a sus derechos fundamentales.

- La investigación científica sobre las causas de lesiones físicas y maltratos psíquicos y la aplicación de los conocimientos médicos y legales para esclarecer situaciones con incidencia en el ámbito judicial.

De otro lado, la Medicina Legal constituye un apoyo importante, por ejemplo para determinar si efectivamente fue una violación sexual o sexo consentido, basándose en la investigación ocular, de laboratorio; con el transcurrir del tiempo y gracias al avance científico, la Criminalística cuenta hoy con métodos sofisticados que le permiten determinar con certeza la identidad del autor de la violación como es el caso de la prueba del ADN.

Finalmente, la ciencia y la tecnología a emplear se encuentran en un proceso dinámico de avance, toda vez que los perpetradores utilizan técnicas para evitar ser identificados, lo que podría conllevar a la impunidad del delito cometido.

CAPITULO I:

VIOLACIÓN SEXUAL

I. ANTECEDENTES DE LA VIOLACIÓN

El delito de violación surgiría cuando al desaparecer la promiscuidad social y ser sustituida por la libido en los albores de la humanidad, el hombre como sujeto poseyera a la mujer violentamente contra su voluntad.

En la mayor parte del mundo. La historia legislativa del delito de violación revela que sus sanciones se han caracterizado por su rigor.

En el derecho canónico, únicamente se consideró el “struprum violentum” (estupro violento), para el caso en que se realizara el desfloramiento y se obtuviera ésta en contra de la voluntad de la mujer, no obstante, se estipulaba que en la mujer ya desflorada no se podía cometer el delito en cuanto a las penalidades canónicas que eran las prescritas para la fornicación, no se sintió la necesidad de su aplicación para reprimirse la violación por los tribunales laicos con la pena de muerte.

En nuestro país, durante la época prehispánica, encontramos al delito en estudio, sancionado en el Imperio Inca, castigándolo con la pena de muerte en la horca. Es muy importante recordar que entre nuestros pueblos prehispánicos, a la mujer se le respetaba en gran forma, además de penalizar de manera muy severa a este ilícito, por lo cual no existía el índice de violaciones como en nuestros días.

Durante la época colonial, debemos hacer memoria que se aplicaron algunas de las leyes que regían en España, por consiguiente, tenemos en Perú colonial las leyes de Indias, entre otras así como las anteriormente señaladas, El Fuero Real, el Fuero Juzgo y las Siete Partidas.

En los Códigos Penales modernos, sin que la infracción haya perdido su acento de máxima gravedad dentro de los delitos sexuales, se ha abandonado la penalidad de muerte para los casos de violación en sí mismos considerados, sin perjuicio de extremar las sanciones, mediante agravaciones especiales o por acumulación, cuando con ella coinciden otros eventos delictuosos, como los de contagio venéreo, asalto, incesto, lesiones y homicidio.

El Código Penal antiguo contemplaba que el agente quedara exento de pena si contrae matrimonio con la ofendida, prestando ella su libre consentimiento después de restituida al poder de sus padres o tutor.

El Código Penal actual, ha anulado esta exención considerado que siempre existía el delito, este debe ser sancionado aplicando las normas respectivas del Código Civil que para tal efecto se ha modificado.

II. ETIMOLOGÍA

La palabra violación proviene de la voz latina violatio-onis; que denota la acción y efecto de violar. En términos actuales y según la Real Academia de la Lengua es una modalidad del delito contra la libertad sexual consistente en el acceso carnal con otra persona, sea por vía vaginal, anal o bucal, cuando ocurre alguna causa destinada a anular la voluntad de la víctima tal como el uso de la fuerza o de la intimidación.

III. DEFINICIÓN DE LA VIOLACIÓN

Escriche, define a la violación como la violencia que se hace a una mujer para abusar de ella contra su voluntad.

En esa definición prevalece el concepto originario de la violencia como sinónimo de fuerza, pero según Arrilas Bas, ese concepto se amplia de la doctrina de la violencia presunta y se concreta por Carrara, cuando define la violación como el conocimiento carnal de una persona ejercido contra su voluntad mediante el uso de la violencia verdadera o presunta. Analizando la definición de Carrara, se observa que la esencia del delito que nos ocupa descansa en la falta de consentimiento dela víctima, sometida a la violencia sexual y por lo tanto, que esa falta de conocimiento es condición esencial para que pueda configurarse el delito.

A todo esto especialistas en Derecho Penal y en Medicina Legal peruanos definen la violación, especificando que esta ocurre cuando el acceso carnal es con una persona contra su honestidad (pudor, decoro, decencia) y contra su libertad, empleando fuerza o grave intimidación contra su voluntad o por encontrarse privada temporal o permanentemente de sentido (conciencia), por enajenación mental, anestesia, desmayo o sueño.

Por otro lado, el delito de violación carnal, según Maggiore, consiste en obligar a alguno a la unión carnal, por medio de la violencia o amenazas.

Fontan Balestra considera, en acepción más amplia, a la violación como el acceso carnal logrado contra la voluntad de la víctima. Para Soler, el delito violación, es el acceso carnal con persona de uno u otro sexo ejecutado mediante violencia real o presunta.

Por violación debemos entender la cópula realizada en persona de cualquier sexo, por medio de la vis absoluta o de la vis compulsiva (violencia física o violencia moral) Se comete violación yaciendo con la mujer en cualquiera de los casos siguientes:

- Cuando de usare la fuerza de intimidación.

- Cuando la mujer se hallare privada de razón o de sentido por cualquier causa.

- Cuando fuera menor de catorce años cumplidos aunque no concurriera ninguna de las circunstancias expresadas anteriormente.

1. CONCEPTOS BÁSICOS

1.1 Abuso Sexual

Es toda conducta o comportamiento que atenta contra los derechos básicos fundamentales de las personas: A la vida, la libertad, la integridad y la dignidad humana. Se manifiesta con conductas agresivas, temporales, o permanentes que buscan lesionar, humillar, degradar, expresar dominio o presión sobre una persona o personas que se encuentran o se colocan en condiciones de inferioridad. Esta asume muchas formas: físicas y psíquicas, por ejemplo cuando alguien:

- Le obliga a tener relaciones sexuales a la fuerza.

- Utiliza el chantaje en la escuela, en la casa y/o en el trabajo para conseguir favores sexuales.

- Le hiere físicamente durante el acto sexual, agrede sus genitales, usa objetos o armas a nivel intravaginal, anal y oral.

- Le obliga a tener sexo con otras personas o le obliga a que vea a otras personas tener relaciones sexuales.

- Le hostiga sexualmente en la calle, en el trabajo, en la casa, en la escuela, en el colegio o en la universidad.

- Le obliga al sexo cuando no está completamente consciente, sin consentimiento o cuando tiene miedo.

En el abuso sexual el agresor generalmente es conocido y aprovecha su condición de parentesco, amistad o relación laboral con la víctima.

1.2 Asalto Sexual

Se caracteriza por el uso de la violencia y el control de la situación mediante la utilización de la fuerza. El agresor o agresores utilizan armas e intimidación. Se comete frecuentemente en lugares aislados o aprovechando la ausencia de vigilancia En la mayoría de los casos el agresor es desconocido. Puede ser premeditado o casual. El premeditado se caracteriza porque ha sido previamente planeado; la casual se presenta cuando en la comisión de un delito las circunstancias de control se prestan para llevar a cabo la realización de un delito sexual.

La violación, es un delito dependiente de instancia privada. Se inicia por denuncia de la persona ofendida o sus representantes legales. No obstante ello, si se

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