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VIOLENCIA INTRAFAMILIAR


Enviado por   •  28 de Octubre de 2014  •  3.636 Palabras (15 Páginas)  •  152 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela.

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria.

Aldea Universitaria ´´ Alexander Quintero ´´.

Mucuchíes Edo Mérida.

Integrantes: Briceño Hilda.

Torres Shirley.

Facilitador: Abg.Gil Arcenio.

Tabla de Contenidos.

Introducción.

Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia.

Conclusión.

Introducción.

El siguiente trabajo trata sobre un tema de gran importancia como lo son los Delitos de Violencia Intrafamiliar, que comprende todos aquellos actos violentos, desde el empleo de la fuerza física, acoso o la intimidación, que se producen en el seno de un hogar y que perpetra al menos un miembro de la familia contra otro u otros.

Este tipo de problemas se produce por diferentes causas entre ellas, el auto estima de la persona y para poder controlar este tipo de conductas se creó la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, vigente desde el l ° de enero de 1999 en la República Bolivariana de Venezuela pretende que tanto mujeres como niños dejen de ser víctimas de la violencia intrafamiliar y que no padezcan las graves consecuencias inmediatas y futuras que tiene para su salud mental y física estos actos, que por cierto han llevado a muchas personas a quedar con problemas de salud muy difíciles e incluso algunos han muerto.

A través de este sistema normativo se presta protección y asistencia a las víctimas, se controla, se sanciona y penaliza a quienes cometen los actos de violencia contra los integrantes de su propio grupo familiar, aunque el principal fin es prevenir que esto suceda.

A Continuación les daremos una breve explicación sobre el siguiente Tema.

Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia.

Artículo 4°: Definición de violencia contra la mujer y la familia. Se entiende por violencia la agresión, amenaza u ofensa ejercida sobre la mujer o otro integrante de la familia, por los cónyuges, concubinos, ex cónyuges, ex concubinos o personas que hayan cohabitado, ascendientes, descendientes y parientes colaterales, consanguíneos o afines, que menoscabe su integridad física, psicológica, sexual o patrimonial.

En Venezuela la violencia familiar, es un monstruo que no discrimina raza, religión, "Sexo", ni posición social o económica; así pues se pueden observar y conocer las grandes barbaridades y casos de hechos de violencia que quedan impunes al castigo de la ley porque simplemente son denunciados ante la jefatura policial o prefectura más cercana; estas que no hacen nada para evitar dicho atropello.

Definición de Violencia Física.

Artículo 5°: Definición de violencia física. Se considera violencia física toda conducta que directa o indirectamente está dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico sobre la persona, tales como heridas, hematomas, contusiones, excoriaciones, dislocaciones, quemaduras, pellizcos, pérdida de diente, empujones o cualquier otro maltrato que afecte la integridad física de las personas. Igualmente se considera violencia física a toda conducta destinada a producir daño a los bienes que integran el patrimonio de la víctima.

Definición de Violencia Psicológica.

Artículo 6°: Definición de violencia psicológica. Se considera violencia psicológica toda conducta que ocasione daño emocional, disminuya al autoestima, perjudique o perturbe el sano desarrollo de la mujer u otro integrante de la familia a que se refiere al artículo 4o de esta Ley, tales como conductas ejercidas en deshonra, descrédito o menosprecio al valor personal o dignidad, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, amenaza de alejamiento de los hijos o la privación de medios económicos indispensables.

Definición de Violencia Sexual.

Artículo 7°: Definición de violencia sexual. Se entiende por violencia sexual toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la persona a decidir voluntariamente su sexualidad, comprendida en ésta no sólo el acto sexual sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital.

Prostitución Forzada: Se entiende como la acción de obligar a una mujer a realizar uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza, o mediante coacción como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la opresión psicológica o el abuso de poder, esperando obtener o haber obtenido ventajas o beneficios pecuniarios o de otro tipo a cambio de los actos de naturaleza sexual de la mujer (Numeral 8, artículo 15 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida sin Violencia).

Objeto de la Ley.

Artículo 1°: Objeto de la Ley. Esta Ley tiene por objeto prevenir, controlar, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y la familia, así como asistir a las víctimas de los hechos de violencia previstos en esta Ley.

Derechos Protegidos.

Artículo 2°: Derechos protegidos. Esta Ley abarca la protección de los siguientes derechos:

1. El respeto a la dignidad e integridad física, psicológica y sexual de la persona.

2. La igualdad de derechos entre el hombre y la mujer.

3. La protección de la familia y de cada uno de sus miembros.

4. Los demás consagrados en la Ley Aprobatoria de la Convención Interamericana para Prevenir,

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