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Violación De Los Derechos Laborales

Calitoooo_27 de Octubre de 2013

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Violación de los derechos del trabajador

Tema: Discriminación por género

¿Qué son los derechos laborales?

Se trata del conjunto de reglas jurídicas que garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes que intervienen en una relación de trabajo.

El derecho laboral entiende al trabajo como aquella actividad que un individuo desarrolla con el objetivo de transformar el mundo exterior, y mediante la cual obtiene los medios materiales o bienes económicos para su subsistencia.

El derecho laboral se basa en un principio protector, a diferencia del derecho privado que se sustenta en un principio de igualdad jurídica. El derecho laboral, por lo tanto, debe aplicar, frente a la multiplicidad de normas, las reglas que resulten más beneficiosas para cada trabajador.

¿Por qué las mujeres son más propensas a ser discriminadas en el ámbito laboral?

Las mujeres han sido un blanco común en lo que concierne a este tema. La principal causa con el machismo, que desde tiempos muy remotos ha existido en nuestro país. Considerando como principal "diferencia" entre hombres y mujeres el parámetro de la fuerza física, asumiendo que la mujer es más débil, y que por tener la capacidad de traer nuevas vidas al mundo, debe trabajar exclusivamente en el hogar, de donde según los “hombres”, las mujeres no deberían salir, pues son las que deben alimentar tanto al marido como a los niños, y cuidar de ellos. Actualmente, las mujeres han tratado de sobresalir en el ámbito laboral. Tal vez no puedan realizar con la misma eficacia trabajos que requieran primordialmente la fuerza física, pero si pueden llevar a cabo de manera eficaz los de índole intelectual. Sin embargo, la discriminación por género continúa y muchas veces de manera encubierta son violados los derechos de las trabajadoras o quitados algunos de sus beneficios.

¿Quiénes son víctimas de violencia de género?

Es víctima de violencia de género la mujer que es objeto de cualquier acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad, ejercido sobre ella por parte de quien sea o haya sido su cónyuge o de quien esté o hayan estado ligado a ella por relaciones similares de afectividad, relación laboral, etc. Este tipo de violencia es la expresión más grave de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres.

¿Qué es la trata de personas?

La trata de personas en Argentina es el comercio ilegal de personas con propósitos de esclavitud reproductiva, explotación sexual, trabajos forzados, retirada de órganos, o cualquier forma moderna de esclavitud.

Es un delito internacional de lesa humanidad y viola los derechos humanos. Y es considerado una forma moderna de esclavitud.

Elementos

El reclutamiento, este puede ser por engaño o forzoso y tiene la participación de un reclutador.

Transporte, a partir de aquí hasta la explotación la víctima está sometida a la coerción, el traslado puede ser entre regiones o a otros países. En este proceso participan los transportistas, los funcionarios corruptos, y los intermediarios del tratante.

La explotación, aquí la víctima es sometida a la explotación, por el proxeneta o el explotador. Que se acredita sobre la víctima un derecho de propiedad totalmente ilegal.

¿Cuándo existe trata de personas?

• Cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre, bajo cualquier modalidad;

• Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados;

• Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la prostitución ajena o cualquier otra forma de oferta de servicios sexuales ajenos;

• Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la pornografía infantil o la realización de cualquier tipo de representación o espectáculo con dicho contenido;

• Cuando se forzare a una persona al matrimonio o a cualquier tipo de unión de hecho;

• Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la extracción forzosa o ilegítima de órganos, fluidos o tejidos humanos.

Derechos laborales de la mujer embarazada

Si una empleada no puede desempeñar su trabajo temporariamente debido a su embarazo, el empleador debe tratarla de la misma manera que trata a cualquier otro empleado que sufre un impedimento física o mental temporario; por ejemplo, proporcionando trabajos modificados, tareas alternativas, licencia por impedimento o licencia sin goce de sueldo.

Se debe permitir que una empleada embarazada continúe trabajando mientras puede desempeñar las funciones de su empleo. Si una empleada se ha ausentado de su empleo debido a circunstancias relacionadas con el embarazo y se recupera, su patrono no puede exigir que permanezca de licencia hasta el nacimiento de su bebé. Un patrono no puede tener una reglamentación que prohíba que una empleada regrese a su empleo durante un período preestablecido de tiempo después del nacimiento.

Los patrono deben mantener abierto un empleo por ausencias relacionadas con el embarazo por el mismo período de tiempo que lo hacen para aquellos empleados que tienen licencia por enfermedad o impedimentos físicos o mentales.

Violación de los derechos laborales de la mujer indígena

Ser de piel negra, indígena y mujer es obstáculo mayor cuando se trata de conseguir un empleo, más en tiempos de crisis. Según un estudio de la OIT, las mujeres de minorías étnicas enfrentan una doble discriminación en el lugar de trabajo a causa del color de su piel y de su género.

También hay aquellas que fracasan cuando presentan la solicitud de empleo sólo debido a su nombre; o cuando se contratan como peones, ya sea en su propia tierra o en otros estados, se les paga un salario menor que el del hombre.

Noticias:

Clarín 14/08/13

La mirada sobre la mujer en el trabajo

El ámbito laboral suele ser escenario de discriminación por género. Según Wolf, el lugar de la mujer en la escala jerárquica evidencia la desigualdad de condiciones y los perjuicios que sufren cuando son o no atractivas.

POR NAOMI WOLF

Sufren las mujeres en su lugar de trabajo de una doble moral en relación a la forma cómo se ven? ¿Hemos dejado atrás la sutil (y a veces no tan sutil) sombra del machismo en las contrataciones y ascensos –que afectan de manera desproporcionada a las mujeres–, que identifiqué en 1991 como “el cociente de belleza profesional”?

Resulta difícil creer que todavía estemos hablando sobre esto veinte años después –pero debemos hacerlo–. Cuando las anti feministas esgrimen el argumento de que hoy existe “igualdad de condiciones” para las mujeres y que cualquier brecha de género en los logros y sueldos es un reflejo de las propias elecciones de las mujeres, debieran considerar lo que se solía llamar lookism (o discriminación hacia una persona por su aspecto físico).

En un comentario reciente, el sociólogo Michael Kimmel contó un caso ocurrido en Iowa (EE.UU.), en el que una mecánica dental de 33 años, Melissa Nelson, fue despedida por su jefe, no por temas relacionados con su desempeño laboral, sino porque él la encontraba demasiado atractiva como para trabajar al lado y tenía miedo de poner en peligro sus votos maritales. Cuando Nelson inició una demanda, el tribunal emitió un fallo inhumano –ratificado por la Corte de Iowa– en el que se confirmaba el derecho del hombre a despedirla por ese motivo.

Uno podría argumentar que los hombres también son ascendidos o castigados por su apariencia. De hecho, los economistas han descubierto que aquellos con un aspecto “por encima del promedio” ganan un 5% más que sus pares “menos atractivos” y que los empleados con un aspecto “por debajo del promedio” ganan entre un 7 y un 9% menos que sus compañeros “de aspecto promedio”.

Para ser justos, hay que decir que existe una suerte de prima profesional al aspecto masculino también. Todos sabemos que existe una razón por la que los políticos gastan 400 dólares en cortes de pelo y por la que los CEO se jactan de hacer entrenamiento físico con sus personal trainers. El hecho de tener un aspecto saludable, tener un peso adecuado, verse joven y tener una imagen profesional es una señal que las elites masculinas usan para subrayar su estatus en medio de una economía corporativa y consumista. Pero, como muestra el caso Nelson, las mujeres no son sujetas al mismo lookism franco –igualmente oneroso– que el que pueden enfrentar los hombres en su trabajo.

Las jóvenes, en especial, sufren discriminación en el lugar de trabajo cuando se las ve “demasiado” atractivas desde el punto de vista físico. Muchos lugares de trabajo derivan a las jóvenes atractivas a empleos inferiores en los que su aspecto –cuando llevan café a hombres de elevado nivel– puede sumar valor a la “marca” corporativa, si bien no se suma ningún valor a sus propias carreras.

Las mujeres jóvenes son ubicadas en estos papeles visibles de porristas, aun cuando su desarrollo profesional se vería más beneficiado si estuvieran en un laboratorio sin ser vistas o dirigiéndose a un auditorio desde una posición de autoridad. Potencialmente peor es el golpe que sufre su confianza porque se pasan sus veinte

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