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Ética Del Perito


Enviado por   •  3 de Agosto de 2011  •  1.657 Palabras (7 Páginas)  •  1.049 Visitas

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CONTENIDO

LA RESPONSABILIDAD DEL PERITO ASPECTOS PRÁCTICOS 2

CONSIDERACIONES GENERALES 2

EL CONCEPTO DE PERITO Y LA INCORPORACIÓN DE SUS CONOCIMIENTOS ESPECALIZADOS AL PROCESO 2

LA FINALIDAD DE LA PRUEBA PERICIAL 3

LA RESPONSABILIDAD DEL PERITO 4

INTRODUCCIÓN 4

LA RESPONSABILIDAD PENAL. 4

FALSO TESTIMONIO 4

EL COHECHO 4

RESPONSABILIDAD PENAL DEL PERITO QUE NO COMPARECE O SE NIEGA A DECLARAR LOS RESULTADOS DE SU DICTAMEN. OBSTRUCCIÓN A LA JUSTICIA 5

DELITO DE DESORDEN PÚBLICO O FALTA CONTRA EL ORDEN PÚBLICO 5

LA RESPONSABILIDAD CIVIL 5

LA RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA 6

LA RESPONSABILIDAD DEL PERITO ASPECTOS PRÁCTICOS

CONSIDERACIONES GENERALES

EL CONCEPTO DE PERITO Y LA INCORPORACIÓN DE SUS CONOCIMIENTOS ESPECALIZADOS AL PROCESO

Perito se le puede definir como aquella persona que posee unos especiales conocimientos en materias que nos son conocidas, con ese nivel de precisión por las demás personas de su mismo nivel cultural. Por lo que tal como se desprende de la propia definición, la calidad de perito no se obtiene únicamente a través de un documento, si no que se puede tener esa calidad al adquirir los conocimientos a través de la experiencia al dominar aquello que se desempeña.

Por lo que el perito o experto, es un tercero que resulta ser ajeno completamente al juicio, ya que no puede ser ninguna de las partes ni el propio juez, que posee unos conocimientos técnicos especializados , esté en posesión de un título oficial o no, por lo que este sujeto debe ser totalmente imparcial y no inclinarse para favorecer o perjudicar a alguna de las partes o entorpecer el procedimiento, ya que él se convierte en una parte importante en buscar auxiliar al juez en la administración de la justicia.

Por otra parte es importante señalar, según lo señalado por el autor Vid FONT SERRA, se suele afirmar que los conocimientos de un perito o experto pueden versar:

Sobre las ciencias.- por lo que este concepto resulta ser muy amplio, ya que incluye desde las ciencias exactas, fisicoquímicas y naturales, hasta las llamadas ciencias humanas o sociales.

Sobre el arte.- Saberes sobre los medios que tienen por objeto expresar la belleza: pintura, escultura, arquitectura, música, literatura, etc.

Sobre la técnica o práctica.- Cuando para llegar al conocimiento de la habilidad ha sido necesario el estudio de los procedimientos o recursos de que se sirve la ciencia o el arte, a tales conocimientos se les denomina técnicos. En cambio cuando estos conocimientos son fruto de una simple repetición de actos, que no ha precisado de estudios especiales, son estrictamente prácticos.

Por lo que según lo anteriormente señalado, señalo nuevamente que los peritos son personas que van a contribuir con sus saberes especializados en un proceso judicial, tal como lo señala el artículo 409 de la Legislación Penal para el Estado de Aguascalientes, el cual transcribo a continuación:

Artículo 409.- Serán ofrecidos o designados como peritos quienes, según la legislación estatal correspondiente, acrediten idoneidad en la materia a que pertenece el tema sobre el cual han de manifestarse. Si la ciencia, arte o técnica no está reglamentada o si, por obstáculo insuperable no se pudiere contar en el lugar del procedimiento con un perito habilitado, se designará a una persona de idoneidad manifiesta.

Finalmente cabe señalar que estos saberes especializados no se utilizan únicamente en materia penal, si no que se utilizan en la actividad procesal prácticamente en todos los campos donde se puede hablar de derecho procesal.

LA FINALIDAD DE LA PRUEBA PERICIAL

La prueba pericial tiene como primera finalidad, la de una adecuada valoración de los hechos a la luz de los conocimientos que aplica sobre ellos, y como segunda, la de proporcionar certeza sobre hechos o circunstancias relevantes en el asunto.

En cuanto a la primera función que cumple la materia pericial, no se trata de emitir opiniones de carácter objetivo, si no de introducir determinados elementos subjetivos , valorativos, que permiten conocer el origen, causa o efectos previsibles de un hecho determinado.

En cuanto a la segunda función, se trata de verificar la exactitud de alguna afirmación de hechos que se haya realizado por las partes, es decir, adquirir certeza sobre los hechos para lo que se precisa tener conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos.

Se trata de una fijación de los hechos de forma exacta y definitiva, y así conseguir un resultado de naturaleza objetiva que sea difícilmente rebatible.

LA RESPONSABILIDAD DEL PERITO

INTRODUCCIÓN

La importante del trabajo pericial, en la mayoría de las ocasiones es condicionante del resultad final del proceso, por lo que origina que el incumplimiento de sus obligaciones o su incorrecto proceder, sea sancionado con diversos tipos de responsabilidad, entre los que se encuentran: la penal, la civil y la disciplinaria.

LA RESPONSABILIDAD PENAL.

Los peritos deberán actuar respetando en todo momento los principios de imparcialidad y de objetividad, observando fielmente la verdad en la elaboración de sus dictámenes, bajo la posibilidad de que en caso de incumplimiento de estos deberes, de incurrir en responsabilidad penal.

El perito en el ejercicio de sus funciones, podrá incurrir en responsabilidad penal por falso testimonio, cohecho y por un delito de desorden público

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