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Аccidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2012  •  6.502 Palabras (27 Páginas)  •  398 Visitas

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ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES

La ley vigente asume la enfermedad con dos causalidades las cuales son: aquellas contraidas en el ambiente de trabajo denominada ocupacional, pues la misma se refiere a a las enfermedades causadas por la ocupacion o faena que realice e trabajador y una segunda que se refiere a que tiene ocacion con el trabajo y es el accidente de trabajo, de la cual su veracidad depende de ciertas circunstancias, el hecho es que ambas aparecen establecidas en los articulo 69 al 70 de la ley organica de la prevencion, condiciones y medio ambiente de trabajo “LOPCYMAT” y del 561, 562 y 566 de la ley organica del trabajo “LOT”. Por lo cual esablecen:

a) Accidente de trabajo

Se entiende por accidentes de trabajo todas las lesiones funcionales o corporales, permanentes o temporales, inmediatas o posteriores, o la muerte, resultantes de la acción violenta de una fuerza exterior que pueda ser determinada y sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo. Será igualmente considerada como accidente de trabajo toda lesión interna determinada por un esfuerzo violento, sobrevenida en las mismas circunstancias.(art-561).

Segun la LOPCYMAT (art-69) un accidente de trabjo se refiere a todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo.

Serán igualmente accidentes de trabajo:

1. La lesión interna

determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales, condiciones metereológicas sobrevenidos en las mismas circunstancias.

2. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando tengan relación con el trabajo.

3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sido necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean imputables al trabajador o la trabajadora, y exista concordancia cronológica y topográfica en el recorrido.

4. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño de cargos electivos en organizaciones sindicales, así como los ocurridos al ir o volver del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que concurran los requisitos de concordancia cronológica y topográfica exigidos en el numeral anterior.

b) enfermedad Ocupacional

Se entiende por enfermedad profesional un estado patológico contraído con ocasión del trabajo o por exposición al ambiente en que el trabajador se encuentre obligado a trabajar; y el que pueda ser originado por la acción de agentes físicos, químicos o biológicos, condiciones ergológicas o meteorológicas, factores psicológicos o emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, temporales o permanentes. El Ejecutivo Nacional al reglamentar esta Ley o mediante Resolución especial podrá ampliar

esta enumeración. (art-562)

Segun la LOPCYMAT (art-70) una enfermedad ocupacional son los estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes.

Se presumirá el carácter ocupacional de aquellos estados patológicos incluidos en la lista de enfermedades ocupacionales establecidas en las normas técnicas de la presente Ley, y las que en lo sucesivo se añadieren en revisiones periódicas realizadas por el Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo conjuntamente con el Ministerio con competencia en materia de salud.

En un principio en la LOT se refiere a la enfermedad ocupacional, como enfermedad profesional, este fue costumbre anteriormente, por lo cual el cambio de calificativo a una del tipo ocupacional es mas apropiada pues se aboca a la funcion y faena del trabajador, lo cual cambia con el tiempo como a ella se refiere la LOPCYMAT , dejando de lado asi la impresion que su enfermadad deriva de la profesion y no de su actividad.

c) clasificacion de accidente trabajo o enfermedad ocupacional

Segun la LOT en su articulo 566, se clasifican en:

a) La muerte;

b) Incapacidad absoluta y permanente;

c) Incapacidad

absoluta y temporal;

d) Incapacidad parcial y permanente; y

e) Incapacidad parcial y temporal.

No se consideran como incapacidades los defectos físicos provenientes de accidentes o enfermedades profesionales que no inhabiliten al trabajador para ejecutar con la misma eficacia la misma clase de trabajo de que era capaz antes de ocurrir el accidente o contraer la enfermedad.

TEÒRIA DEL RIESGO LABORAL Y RESPONSABILIDAD PATRONAL

Para el trabajador los riesgos inherentes que significa el desarrollo de cualquier actividad, encuadrada dentro de la relación de trabajo hace que este expuesto a las contingencias o accidentes del trabajo, que se materializan por el riesgo mismo que genera la propia actividad y el entorno que significa el hábitat laboral. Por ello las consecuencias que logran y padecen los trabajadores producto de ese riesgo son fundamen- talmente los accidentes y enfermedades del trabajo. Esta contingencia laboral constituyen verdaderas catástrofes para el trabajador, y para el empleador consecuencias en cuanto a la responsabilidad y pago de las indemnizaciones por los riesgos que sufren los trabajadores, igualmente la cobertura y preocupación de la Seguridad Social, no logra poner a salvo

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