Parcial de derecho bancario
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DERECHO BANCARIO.PARCIAL
mse93jDERECHO BANCARIO. Parcial 2. Pregunta 1) Articulo 1393: “Definición. La cuenta corriente bancaria es el contrato por el cual el banco se compromete a inscribir diariamente, y por su orden, los créditos y débitos, de modo de mantener un saldo actualizado y en disponibilidad el cuentacorrentista y; en su caso,
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Parcial Derecho bancario
cintiasimoneCRITERIOS DE EVALUACIÓN USO DE VOCABULARIO ESPECÍFICO:Utilización de términos técnico jurídicos propios de la asignatura, con el significado que les asigna la doctrina en la actualidad. PRECISIÓN CONCEPTUAL:Exposición de los temas solicitados y fundamentos de los casos prácticos planteados, de acuerdo a la ley vigente y la doctrina aplicable según
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Derecho bancario parcial.
jesiirustaPARCIAL I – DERECHO BANCARIO ALUMNA ANA RONCORONI – LEGAJO 76915 FECHA: 08/11/2015 CUESTIONARIO Pregunta Nº 1 Conforme el material bibliográfico y la actividad correspondiente al primer módulo de la asignatura, describa qué clases de operaciones pueden realizar las entidades financieras, explicando en qué consiste cada una de ellas. (20
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Parcial 1 Derecho Bancario
pilar_arASPECTOS TEÓRICOS 1.Conforme a el material bibliográfico y la actividad correspondiente al módulo primero de la asignatura, describa qué clases de operaciones pueden realizar las entidades financieras, explicando en qué consiste cada una de ellas. 2.Según el material bibliográfico y lo establecido en la ley 21.536, enumere las operaciones que
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Parcial derecho bancario ubp
danimartiriRespuestas 1 La cuenta corriente bancaria es un contrato entre una persona física o jurídica y un Banco, mediante el cual el primero deposita dinero que luego podrá girarlo mediante la emisión de cheques. Es un contrato bilateral ya que ambas partes asumen obligaciones. Nuestro código Civil y Comercial la
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DERECHO BANCARIO PARCIAL 2 UBP
Vasco2018DERECHO BANCARIO PARCIAL 2 9.10 PREGUNTA 1 Elabore un concepto del contrato de cuenta corriente bancaria, indicando por lo menos tres de las principales obligaciones que surgen para las partes contratantes. (20 puntos) La cuenta corriente bancaria está estipulada por el Código Civil y Comercial de la Nación en el
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Parcial 1 Derecho Bancario UBP
SofiiaaaaaaaaaParcial N°1 de Derecho Bancario Actividad 1: Conforme el material bibliográfico y la actividad correspondiente al primer módulo de la asignatura, describa qué clases de operaciones pueden realizar las entidades financieras, explicando en qué consiste cada una de ellas. El art. 21 de la ley de entidades financieras al describir
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PARCIAL Nº 1 - DERECHO BANCARIO
Claurebe1977ASPECTOS TEÓRICOS 1. Tipos de operaciones que pueden realizar las Entidades Financieras: Operaciones Activas: aquellas en las que la entidad financiera presta dinero a terceros, a cambio de una contraprestación dineraria, convirtiéndose en acreedor de los mismos (prestamos prendarios o hipotecarios, leasing, otorgamiento de fianzas y avales) Operaciones Pasivas: aquellas
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Primer parcial derecho bancario ubp
Agustina Brun1. Conforme el material bibliográfico y la actividad correspondiente al primer módulo de la asignatura, describa qué clases de operaciones pueden realizar las entidades financieras, explicando en qué consiste cada una de ellas. (20 puntos) atendiendo a la posición acreedora, deudora o neutra que el banco asume respecto del cliente,
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PRIMER PARCIAL DERECHO BANCARIO UBP
reunosoaDERECHO BANCARIO Primer Parcial: 1.- ENTIDADES FINANCIERAS BANCOS: Bancos Comerciales: Pueden realizar todas las operaciones activas, pasivas y de servicios que no les sean prohibidas por la Ley de Entidades Financieras o por las normas que dicte el BCRA en ejercicio de sus facultades. Bancos de Inversión: Pueden realizar las
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Parcial 1 derecho bancario aprobado con 8
ybarrenoPARTE TEORICA 1. Las operaciones fundamentales que pueden realizar las entidades financieras son las: Operaciones activas Operaciones pasivas Operaciones neutras Son aquellas en la que la entidad financiera presta dinero a terceros, convirtiéndose en acreedor de los mismos. Ejemplo: contrato de mutuo, apertura de crédito, crédito documentado. Son aquellas en
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EVALUACIÓN PARCIAL 1 – DERECHO BANCARIO
Silvia HernandezEVALUACIÓN PARCIAL 1 – DERECHO BANCARIO Carrera: ABOGACÍA Materia: DERECHO BANCARIO Alumna: IVÓN B. SORIANO - Div.: Docente: Legajo: 24918 - Fecha: RESPUESTAS ASPECTOS TEÓRICOS. 1. Las Entidades Financieras son aquellas expresamente mencionadas en el artículo 2 de la Ley Nº 21526 de Entidades Financieras; a saber: a) Bancos comerciales