AMPARO- SISTEMA JURIDICO MEXICANO Divisiones Jurisdiccionales
BasanioApuntes4 de Febrero de 2016
11.278 Palabras (46 Páginas)317 Visitas
[pic 1]
SISTEMA JURIDICO MEXICANO
Divisiones Jurisdiccionales
[pic 2][pic 3]
Contenido
I. Antecedentes Históricos
II. Fuentes Formales del Derecho
A) Legislación.
Iniciativa.
Dictamen.
Discusión.
Aprobación.
Promulgación.
Inicio de la vigencia.
B) Costumbre.
C) Jurisprudencia.
D) Doctrina.
E) Normas Individualizadas.
III. Clasificación del Sistema Normativo
A) Jerarquía.
B) Según el sistema a que pertenecen
C) Según su fuente
D) Según su ámbito espacial de validez
Ramas de derecho público
Ramas del derecho privado
Ramas del derecho social
E) Según su ámbito temporal de validez
F) Según su ámbito material de validez
G) Según su ámbito personal de validez
H) Según su sanción
I) Según su cualidad
J) Según sus relaciones de complementación
K) Según su relación con la voluntad de los particulares
IV. Los Derechos Humanos
A) Clasificación de los Derechos Humanos.
Garantías de Igualdad.
Garantías de Libertad.
Garantías de Propiedad.
Garantías de Seguridad Jurídica.
B) La Suspensión de los Derechos Humanos
V. Estructura de Gobierno
División de Poderes
Poder Legislativo
Poder Ejecutivo
Poder Judicial
VI. Sistema de Impartición de Justicia
A. Suprema Corte de Justicia de la Nación
¿Qué es la Suprema Corte de Justicia de la Nación y dónde se encuentra ubicada?
¿Qué es el Poder Judicial de la Federación?
¿Cómo está integrado el Poder Judicial de la Federación?
Poder Judicial y Suprema Corte de Justicia de la Nación
¿Cómo se explica el principio de división de poderes?
B. Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
¿Quiénes somos y qué hacemos?
Magistrados
Atribuciones / Funciones
C. Consejo de la Judicatura Federal
Organización
Comisiones
VII. Procesos Constitucionales Federales
A) Juicio de Amparo
B) Controversias constitucionales
Violaciones que dan lugar a las controversias constitucionales
Invalidación de las normas generales emitidas por órganos no competentes
C) Acción de inconstitucionalidad
La promoción de las acciones de inconstitucionalidad
Efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma o ley
VIII. Procesos Jurisdiccionales en Materia Electoral
¿Qué es el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano?
¿Qué es el juicio de revisión constitucional electoral?
IX. Juicio Político
Procedencia del juicio político
Actos que lo motivan
Promovente
Instancia ante la Cámara de Diputados
Contenido de las conclusiones
Procedimiento en la Cámara de Senadores
X. Facultad de investigación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Antecedentes Históricos[1]
[pic 4]
Fuentes Formales del Derecho[2]
Por fuente formal entendemos los procesos de creación de las normas jurídicas.
Legislación.
Proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general a las que se da el nombre específico de leyes. La ley es el producto de la legislación. Las características de la ley son: general, abstracta (no se agota con una aplicación, sino se continúa aplicando a los que caigan en el supuesto jurídico), obligatoria (su cumplimiento es exigible).
Iniciativa. Proyecto de ley o de reformas a un ordenamiento legal que se presenta a un órgano legislativo competente para su discusión y aprobación. En México este derecho compete (Arts. 71 y 122 constitucionales):
- Al presidente de la República;
- A los diputados y senadores al Congreso de la Unión;
- A las legislaturas de los estados;
- A la Asamblea Legislativa, en materias relativas al Distrito Federal.
- Las iniciativas de los particulares pasan a comisión, donde se dictamina si son de tomarse en consideración (Art. 61 del Reglamento del Congreso).
Una vez recibida la iniciativa, la mesa directiva de la cámara informa al Pleno y ordena que se turne a una o varias comisiones.
Dictamen. Declaración unilateral de una comisión legislativa que acepta o rechaza una iniciativa, resultado de un análisis de la misma (Art. 60 del Reglamento del Congreso). Requiere de la aprobación de la mayoría de los miembros de la comisión. En caso de dictamen negativo se debe establecer la razón del rechazo. No requieren de dictamen los asuntos urgentes o de obvia resolución.
...