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APLICABILIDAD DEL DERECHO COMPARATIVO


Enviado por   •  8 de Noviembre de 2012  •  996 Palabras (4 Páginas)  •  382 Visitas

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El derecho comparado es una disciplina que confronta las semejanzas y las diferencias de los diversos sistemas jurídicos vigentes en el mundo con el propósito de comprender y mejorar el sistema jurídico de un determinado país.

El derecho comparado obedece a que el ordenamiento jurídico difiere de un país a otro. Así, su estudio es necesario para apreciar tanto las diferencias y las semejanzas como los defectos y los aciertos de ese orden, esto con el fin de perfeccionar las instituciones de un país y, por ende, su sistema jurídico.

Siempre ha existido interés por la comparación; se comparan personas, objetos y el derecho no ha sido la excepción. El derecho se compara desde la antigüedad y no por simple curiosidad, sino para beneficiarse de las experiencias de otros países. La tradición atribuye a Solón y a Licurgo el haberse inspirado en el derecho extranjero para elaborar el sistema jurídico con el que, respectivamente dotaron a las ciudades griegas de Atenas y Esparta.

Aristóteles realizó un estudio de 153 constituciones de Grecia y otras ciudades para ver cual era el mejor sistema de gobierno; sin embargo no propuso una forma de gobierno idónea aplicable a todas las sociedades; estaba más bien convencido de que las constituciones han de adaptarse a las necesidades de cada pueblo, incluso dijo: “El derecho no es como el fuego, que arde de la misma forma en Persia y en Atenas”. Con lo que dio a entender que el derecho dependía en buena medida del medio físico y social.

Para la elaboración de las XII Tablas en Roma se mandó una delegación a Grecia para estudiar el derecho e inspirarse en él.

Aunque siempre ha existido la comparación no se hablaba del término legislación comparada o derecho comparado, no fue sino hasta finales del siglo XVIII cuando se despertó un gran interés por el derecho extranjero y por su comparación con el nacional. Este interés surgió en Alemania a partir de la obra de Pablo Anselmo de Feuerbach.

Más adelante ese interés encontró eco en Francia donde se empezó a impartir la cátedra de Legislación Comparada en 1832 y en 1869 se fundó en París la Sociedad de Legislación Comparada. En 1900 se celebró el primer Congreso Mundial de Derecho Comparado.

La expresión de Legislación Comparada fue sustituida por Derecho Comparado que tiene un sentido más amplio en una conferencia Rene David manifestó que derecho comparado había sido una expresión desafortunada que hubiera sido mejor evitar, a fin de no causa confusiones al ubicarlo análogamente con otras ramas de la ciencia jurídica. Muchas discusiones se habrían evitado si en su lugar se hubiese empleado el concepto de método comparativo o comparación de derechos.

Estudiar un derecho no significa admirar ciegamente lo que le distingue del Derecho nacional, ni adherirse a las tendencias o técnicas pretendidamente modernas, que aquél ofrece o imagina. Siguiendo la frase de Niboyet “El comparatista no tiene por misión el transformarse en un importador de cargamentos jurídicos. Después de haber sacado del estudio de ciertos derechos extranjeros un provecho cultural, debe ponerse en guardia, al contrario, contra la fácil tentación

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