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AUTO DECLARATORIO


Enviado por   •  8 de Junio de 2014  •  2.013 Palabras (9 Páginas)  •  349 Visitas

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EXPEDIENTE NÚMERO: 695/2012

AUTO DECLARATIVO DE HEREDEROS

SUCESORIO INTESTAMENTARIO

- - - - Tula de Allende, Estado de Hidalgo; a 15 quince días del mes de octubre del año 2012, dos mil doce. - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - V I S T O S los autos para dictar AUTO DECLARATIVO DE HEREDEROS dentro del juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes de ***, Expediente Número 695/2012 y;- - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - R E S U L T A N D O - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - 1.- Que mediante escrito presentado con fecha 31 treinta y uno de mayo del año 2012, dos mil doce, la Ciudadana ***, en su carácter de cónyuge supérstite, y a *** todos de apellidos ***en su calidad de hijos denuncian la muerte sin testar del señor ***fundándose para ello en los hechos y consideraciones de derecho que estimaron convenientes, anexando los documentos base de su acción, quedando radicados los presentes autos del juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes de***, con las formalidades de Ley, señalándose día y hora para la recepción de la Información Testimonial correspondiente misma que se celebró el día 20 veinte de junio del año en curso.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por escrito de fecha 31 treinta y uno de Mayo del año en curso, los Ciudadanos ***, en su carácter de cónyuge supérstite, *** de apellidos***, REPUDIAN a la porción hereditaria que le pudiera corresponder dentro de la presente sucesión, el cual fue ratificado mediante comparecencia de fecha 21 veintiuno de junio del presente año ante esta Autoridad Judicial. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - 2.- Por auto de fecha 24 veinticuatro de agosto del año en curso, se tiene por exhibidos los oficios provenientes de la Dirección del Archivo General de Notarías en el Estado y del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de éste Distrito Judicial respectivamente y por último cubiertos que fueron todos los requisitos del procedimiento, se ordenó dictar por auto con fecha 21 veintiuno de septiembre del año actual, el presente AUTO DECLARATIVO DE HEREDEROS, que en derecho proceda, mismo que hoy se dicta en base a los siguientes: - - - -

- - - - - - - - - - - -C O N S I D E R A N D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - -I.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 154 fracción V del Código de Procedimientos Civiles, el suscrito Juez ha sido y es competente para conocer y resolver sobre ésta primera sección, en virtud de que como lo manifiesta los denunciantes y los propios testigos en su declaración, el autor de la presente sucesión tuvo su último domicilio dentro de éste Distrito Judicial. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - II.- El artículo 1580 del Código Civil en su fracción I, establece: “LA HERENCIA LEGITIMA SE ABRE: I.- CUANDO NO HAY TESTAMENTO, O EL QUE SE OTORGO ES NULO O PERDIO SU VALIDEZ ...".- Como se aprecia en autos a fojas 31 treinta y uno y 32 treinta y dos obran dos oficios procedentes del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de éste Distrito Judicial y de la Dirección del Archivo General de Notarías en el Estado respectivamente, en los que se informa que en esas Instituciones no se encuentra registrado testamento alguno otorgado por el autor de la presente Sucesión, Instrumentos públicos que hacen prueba plena en términos de lo dispuesto por el artículo 407 del Código de Procedimientos Civiles, en consecuencia es procedente la sucesión Intestamentaria que en éste juicio se intenta. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - III.- Con el acta de defunción del señor *** la cual obra a foja 35 treinta y cinco de autos, se acredita plenamente que el autor de la presente sucesión falleció el ***, instrumento público al que se le otorga pleno valor probatorio de conformidad con lo dispuesto por el artículo 407 antes referido. - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - IV.- Ahora bien, es necesario realizar un análisis a fondo de las pruebas aportadas en el presente juicio, para determinar el parentesco que la denunciante y sus hijos tuvieron con el autor de la presente sucesión artículo 785 del Código de Procedimientos Civiles, así como; para tener por acreditado que ellos son los únicos herederos artículo 787 del Código antes referido.- Y así tenemos que el carácter con que se ostenta la Ciudadana ***, en su carácter de cónyuge del de cujus queda debidamente demostrado con el acta de matrimonio que obra a foja 04 cuatro, así mismo a fojas de la 7 siete a la 17 diecisiete obran las actas de nacimiento de los ciudadanos *** de apellidos***, quienes en su calidad de hijos demuestran debidamente su entroncamiento con el de cujus; Instrumentos todos estos a los que el suscrito Juez les otorga pleno valor probatorio, por ser éstos públicos, atento a lo que

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