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Actividad 2: Comité de Seguridad y Salud (CSS)


Enviado por   •  6 de Junio de 2021  •  Apuntes  •  1.422 Palabras (6 Páginas)  •  830 Visitas

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Actividades[pic 1]

Actividad 2: Comité de Seguridad y Salud (CSS)

Descripción de la actividad y pautas de elaboración

En una empresa de consultoría e ingeniería, que en los últimos años ha tenido una gran expansión, se han fundado diversas delegaciones, además de incrementarse el tamaño de la central. La relación actual es la siguiente:

  • Central (Madrid): 45 trabajadores fijos y 12 temporales con contrato de 15 meses.
  • Oficina 1 (Barcelona): 38 trabajadores fijos y 15 temporales con contrato de 7 meses.
  • Oficina 2 (Tarragona): 24 trabajadores fijos y 8 temporales con contrato de 5 meses.
  • Oficina 3 (Alicante): 8 trabajadores fijos y 3 temporales con contrato de 18 meses.
  • Oficina 4 (Alicante): 12 trabajadores fijos y 5 temporales con contrato de 3 meses.

Para poder cumplir con la legislación preventiva, y dar consulta a los trabajadores, se pregunta al responsable de prevención de riesgos laborales dentro de la empresa.

Preguntas del profesor

Con los datos facilitados en el caso práctico, la Ley 31/1995 de PRL (y sus modificaciones) y lo que necesites extraer de la unidad:

  1. Establece cuáles serán los órganos de representación especializados en materia de prevención de riesgos laborales. Para ello, deberás determinar previamente el número de trabajadores de cada centro de trabajo.
  2. Indica cuáles serán las atribuciones de sus representantes en caso de visita de un inspector de trabajo a uno de los centros y cómo serán informados oficialmente. Investiga si los resultados obtenidos en la visita pueden ser difundidos por los órganos de representación entre todos los integrantes de la empresa.
  3. ¿Cuáles serán las posibles responsabilidades (civil, penal…) que podrían asumir los delegados de prevención en caso de accidentes de trabajo?

Objetivos

A través de esta actividad podrás:

  • Determinar los órganos de representación especializados en materia de seguridad y salud.
  • Determinar cuántos comités se deberían conformar en el caso planteado, así como su composición.
  • Indicar las funciones de los delegados de prevención ante una visita de la Inspección de Trabajo.
  • Analizar si los resultados obtenidos de la visita pueden ser difundidos entre todos los integrantes de la empresa.
  • Identificar las responsabilidades que pueden asumir los órganos de representación especializados en materia de seguridad y salud.

Criterios de evaluación

Comité de Seguridad y Salud (CSS)

Descripción

Puntuación máxima

(puntos)

Peso

%

Criterio 1

Determinar los órganos de representación especializados en materia de prevención de riesgos laborales

1,5

15 %

Criterio 2

Determinar la composición del comité de seguridad y salud

1,5

15 %

Criterio 3

Identificar la existencia de comités de seguridad y salud conjunto o intercentros

1,5

15 %

Criterio 4

Reconocer las funciones de los delegados de prevención en caso de visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

1

10 %

Criterio 5

Analizar la posibilidad de difundir los resultados de la actividad inspectora por parte de los delegados de prevención entre todos los trabajadores

1,5

15 %

Criterio 6

Identificar las responsabilidades (civil, penal…) que pueden asumir los órganos de representación especializados en seguridad y salud

1,5

15 %

Criterio 7

Bibliografía de consulta de acuerdo con criterios APA (sexta edición)

0,5

5 %

Criterio 8

Ajuste de la extensión máxima y respeto al tamaño de la letra, la fuente y los márgenes del documento

0,5

5 %

Criterio 9

Estilo de redacción y ortografía correcta

0,5

5 %

10

100 %

*Nota importante: se considerará directamente suspensa la actividad en caso de que se incluya en su desarrollo bibliografía de legislación derogada o normas de referencia anuladas.

Extensión máxima: 5 páginas, fuente Georgia 11 e interlineado 1,5 (incluida la bibliografía). Márgenes superior, inferior, izquierdo y derecho a 2,5 cm.

DESARROLLO

  1. Establece cuáles serán los órganos de representación especializados en materia de prevención de riesgos laborales. Para ello, deberás determinar previamente el número de trabajadores de cada centro de trabajo.

Para instituciones de hasta 30 trabajadores se dispondrá 1 delegado de prevención que será el mismo que fue designado como delegado del personal.

Para instituciones de hasta 49 empleados se dispondrá 2 delegados de prevención.

La ley 31/1995, de prevención de Riesgos Laborales dentro del artículo 38 nos explica la conformación de los comités de seguridad y salud, el mismo que será el órgano paritario encargado de los temas de salud y seguridad. Será constituido en todas las empresas o sus centros donde el número de trabajadores exceda a 50.

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