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Comité de Seguridad y Salud (CSS)


Enviado por   •  17 de Mayo de 2020  •  Trabajos  •  1.723 Palabras (7 Páginas)  •  249 Visitas

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Actividades[pic 1]

Trabajo: Comité de Seguridad y Salud (CSS)

Objetivos

A través de esta actividad podrás:

  • Determinar los órganos de representación especializados en materia de seguridad y salud.
  • Determinar cuántos comités se deberían conformar en el caso planteado, así como su composición. Justificar las diferentes posibilidades existentes.
  • Indicar las funciones de los delegados de prevención ante una visita de la Inspección de Trabajo.
  • Analizar si los resultados obtenidos de la visita pueden ser difundidos entre todos los integrantes de la empresa.
  • Identificar las responsabilidades que pueden asumir los órganos de representación especializados en materia de seguridad y salud.

Descripción

En una empresa de consultoría e ingeniería, que en los últimos años ha tenido una gran expansión, se han fundado diversas delegaciones, además de incrementarse el tamaño de la central. La relación actual es la siguiente:

  • Central: 45 trabajadores fijos y 12 temporales en función de la época del año y su demanda en los trabajos.
  • Oficina 1: 38 trabajadores fijos y 15 temporales en función de demanda.
  • Oficina 2: 24 trabajadores y 8 temporales.
  • Oficina 3: 8 trabajadores y 3 temporales.
  • Oficina 4: 12 trabajadores y 5 temporales.

Todos los trabajadores temporales están diez meses al año contratados. Para poder cumplir con la legislación preventiva y dar consulta a los trabajadores, se pregunta al responsable de prevención de riesgos laborales dentro de la empresa.

Preguntas del profesor

Con los datos facilitados en el caso práctico, la Ley 31/1995 de PRL (y sus modificaciones) y lo que necesites extraer de la unidad:

  1. Establece cuáles serán los órganos de representación especializados en materia de prevención de riesgos laborales. Justifica tu respuesta.

Rta/ Teniendo en cuenta la ley 31/1995 de PRL con sus modificaciones, que dice que 1El empresario deberá garantizar que todas las informaciones en la norma señaladas con respecto a la protección, higiene, seguridad y ámbito psicosocial en la parte laboral, sean facilitadas a los trabajadores en términos que resulten comprensibles para los mismos como en el resto de obligaciones y derechos fijados en materia de prevención y que como tendrá también Real Decreto 4/1995, de 13 de enero, por el que se desarrolla la Ley 14/1994, de 1 de junio, por el que se regulan las empresas de trabajo temporal y Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo de los trabajadores en el ámbito de las empresas de trabajo temporal y que para el caso en mención podemos decir que de acuerdo a lo anterior el empresario deberá tomar en cuenta que sus temporales serán en total 43 empleados de los cuales laboraran un total de 200 días al año por el requerimiento en función de la época del año y su demanda en los trabajos, los 127 trabajadores fijos laboraran de acuerdo a lo suministrado en el enunciado su tiempo completo, para esto el empresario asumiría en primera medida en la organización como Asunción personal teniendo en consideración que no podrá realizar las actividades relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores y en este caso optara por acudir a alguna de las modalidades restantes de organización preventiva que se tienen para cada centro y para esto se dispondrá de acuerdo al crecimiento que viene teniendo la empresa: 2 De los trabajadores designados de la empresa como delegados de prevención según el Artículo 35  de la presente ley, que para cada centro se propondrían  para este caso 1 empleado para un total de 10 como dice la norma ya que sumándolos todos incluido el gerente conformarían lo previsto en la ley de acuerdo a esto se tiene la siguiente formula:

#de trabajadores*#de meses*30

                          200

Para el primer caso donde se tienen 45 fijos en el centro 1 se contaría 1 delegado de trabajadores y de acuerdo a la formula anterior para los temporales de ese centro tenemos: 12 trabajadores*10meses laborados*30 =18 más el delegado de los fijos serian

                                               200

19 delegados pero como el número que dio fue 18 y supera el de partida se toma entonces el #12 de trabajadores de la partida inicial que nos daría 1 representante de temporales para un total de 2. Esta condición se tiene que tener para los demás centros ya que para el centro que tiene 38 empleados fijos se tendrá 1 delegado de trabajadores y por los temporales se tendría el de partida que es 15 ya que según la formula daría 23 así que serían 2 delegados sumando el fijo. Y sumando el total de centros tendríamos entonces que de los 5 centros se tienen 5 delegados de trabajadores fijos más 5 de los temporales para un total de 10 delegados de trabajadores fijos/temporales para conformar el comité de delegados ante la empresa quienes velaran por el resto de compañeros en lo concerniente a prevención de riesgos. Ahora bien teniendo en cuenta que solo dos centros sumando sus componentes dan mayor a 50 trabajadores (Donde hay 45 fijos y 12temporales, al igual que el centro que tiene 38 fijos y 15 temporales) se podría tener dos comités de seguridad y salud (CSS) Bajo este precepto los implicados deberán asumir su rol ante la empresa y los trabajadores con sus actitudes y aptitudes propias para la tarea que asumirán con una formación de nivel básico con 30 horas que se evidencia en el anexo I del sector de la construcción y demas.

  1. Indica cuáles serán las atribuciones de sus representantes en caso de visita de un inspector de trabajo a uno de los centros y cómo serán informados oficialmente. Investiga si los resultados obtenidos en la visita pueden ser difundidos por los órganos de representación entre todos los integrantes de la empresa.

Rta/3En caso de visita de un inspector de trabajo a uno de los centros de trabajo, los representantes deben realizar acompañamiento en todas las evaluaciones a las que haya lugar, los trabajadores y sus representantes podrán recurrir a la misma siempre y cuando consideren que las medidas adoptadas y los medios utilizados por el empresario no son suficientes para garantizar la seguridad y la salud en el trabajo; además esto servirá para que se tomen en cuenta las observaciones que tengan los empleados a fin de corregirlas. Ahora bien de parte de esta visita se tendrá en cuenta en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que deberán informar a los delegados de prevención sobre los resultados o las observaciones realizadas por los trabajadores de las visitas a que hace referencia el apartado anterior y sobre todas las medidas que se tendrán que  adoptar como consecuencia de las mismas, así que para el empresario mediante diligencia en el libro de visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que debe existir en cada centro de trabajo anotarlas y llevarlos a cabo.

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