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Alimentos


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2013  •  1.201 Palabras (5 Páginas)  •  560 Visitas

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MABY HERNANDEZ CALDERON

VS

ANASTASIO MARTINEZ BUSTOS

JUICIO ESPECIAL DE ALIMENTOS.

EXP. No.

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL RAMO FAMILIAR.

P R E S E N T E .

MABY HERNANDEZ CALDERON, por mi propio derecho y en representación legal de mi menor hijo de nombre ERICK ANTONIO MARTINEZ HERNANDEZ, señalo como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones el ubicado en calle Morelos número 5, Interior 2, Colonia Centro de ésta Ciudad, y autorizo en términos de los artículos 94 y 95 del Código Procesal Civil vigente en la entidad a los C. Licenciados AURELIANO ADAME MORALES, DELFINO MARTINEZ COMINO y ADAN PINEDA TORRES, ante usted con el debido respeto, comparezco y expongo:

En la vía ESPECIAL DE ALIMENTOS, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 386, 387, 388, 392, 397 y 402 del Código Civil vigente en la Entidad, en relación con el diverso 563 del Código Procesal Civil del Estado de Guerrero, demando del señor ANASTASIO MARTINEZ BUSTOS quien puede ser emplazado a juicio en el domicilio donde tiene su fuente de trabajo denominado “SERVICIOS ADMINISTRATIVOS YOLI S.A. DE C.V., ubicado en Carretera Nacional Acapulco-Pinotepa, Kilómetro 10.5, El Cayaco, Guerrero, C.P. 39580, el cumplimiento de las siguientes prestaciones:

a) El pago de una pensión alimenticia provisional, en términos de los artículos 223 y 224 del Código Procesal Civil vigente, a efecto de sufragar las necesidades prontas e indispensables de nuestro menor hijo de nombre ERICK ANTONIO MARTINEZ HERNANDEZ y de la suscrita.

b) El pago de una pensión alimenticia definitiva, en términos de los artículos 387, 388 y 391 del Código Civil vigente en el Estado, que sea bastante y suficiente para garantizar la satisfacción de las necesidades de nuestro menor hijo de nombre ERICK ANTONIO MARTINEZ HERNANDEZ y de la suscrita.

c) El Aseguramiento de dichos alimentos conforme al artículo 404 del Código Procesal Civil.

d) El pago de los gastos y costas que se originen con motivo del presente juicio, según lo dispone el artículo 111 Fracción I, del Código Adjetivo Civil.

Fundo el ejercicio de la acción que se intenta en los siguientes hechos y preceptos de derecho.

H E C H O S

1.- El hoy demandado y la suscrita nos unimos en Concubinato aproximadamente en el mes de junio del dos mil uno.

2.- El domicilio donde comenzamos a hacer vida en común, lo establecimos en Condominio Mar de Plata número 30, Residencial Los Arcos, Colonia Granjas del Marqués, de ésta ciudad, como se desprende del Acta de Nacimiento que se exhibe.

3.- De nuestra unión procreamos un hijo, al que con fecha dieciséis de Noviembre del dos mil cuatro, presentamos juntos, ante el Oficial del Registro Civil número uno de ésta Ciudad, y lo registramos con el nombre de ERICK ANTONIO MARTINEZ HERNANDEZ, tal como lo acredito con la copia certificada del Acta de Nacimiento que se exhibe como anexo uno.

4.- Desde hace varios meses el demandado no ha cumplido con la obligación alimentaria que tiene los suscritos en nuestro carácter de acreedores, no obstante de que, en diversas ocasiones le he requerido, éste se ha negado rotundamente a pesar de que sabe que dependemos económicamente de él, y de que nuestro menor hijo necesita mas atención debido a su corta edad, y como ha salido enfermizo, sus necesidades de atención, comida y vestido son mas caras, por tal motivo, me veo en la necesidad de exigirle el cumplimiento de sus obligaciones por ésta vía legal.

ALIMENTOS PROVISIONALES

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 223 y 224 del Código Procesal Civil en vigor, solicito a su señoría decrete una pensión alimenticia provisional para cubrir nuestras necesidades alimentarias indispensables, independientemente del aseguramiento definitivo que se sirva decretar al momento de resolver

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