Analisis reforma tributaria
alejandroaiepDocumentos de Investigación28 de Mayo de 2019
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Análisis Reforma tributaria
En chile por falta de recursos públicos y para generar nuevos proyectos sociales. El gobierno de turno manifestó la necesidad de tener una reforma tributaria, para obtener los recursos necesarios para proyectos sociales y no perder tributos por vacíos legales de la ley tributaria.
Por esto desde el 2014 a la fecha la llamada reforma a tenido muchos cambios, incluso paso a otro gobierno. Con el fin de cumplir su objetivo y se adecue a las necesidades públicas.
Bajo ese contexto se analizaras y discutirán algunas interrogantes:
1. Los sistemas de tributación del impuesto a la renta. Son a lo que las empresas o contribuyentes pueden optar para declarar sus impuestos y son los siguientes:
- • Régimen de renta presunta: este régimen tributario esta dirigido a la micro y pequeña empresa orientado al transporte, la pequeña minería y agrícolas.
Estos llevan a cabo el pago de impuestos sobre una renta presunta, reflejada en porcentaje:
Agrícola, tributan sobre el 10% del valor del bien raíz o predio con el que ellos trabajan.
Transporte, estos tributan sobre el 10% del valor corriente en plaza de su vehículo.
Minería, ellos tributan en base a un porcentaje que se determina, según el tipo de extracción del yacimiento (oro, plata, litio etc.) este porcentaje lo asigna directamente el SII.
- • Régimen tributación Simplificada, más conocida como 14ter. Este régimen libera al contribuyente de algunas obligaciones, ejemplo llevar balances, libros diario y mayor, entre otros. Es decir, no están obligado a llevar una contabilidad completa.
Se tributa en base al resultado entre los ingresos menos los egresos. Siendo la única obligación llevar el registro de compra – venta.
- • Régimen de renta atribuida 14A, a este régimen puede optar cualquier segmento o giro de empresas, menos las sociedades anónimas. Este régimen obliga a llevar una contabilidad completa, la particularidad principal del régimen es que se pueden imputar el 100% del crédito pagado por la empresa. Es decir, el impuesto de primera categoría. Teniendo la posibilidad de llevarlo como gasto al impuesto global complementario. Pudiendo el accionista o dueño de la empresa tomarlo como gasto en su propia declaración de impuesto (IGC)
- • Régimen Semi-integrado. Art 14bBeste régimen está obligado a llevar contabilidad completa. A diferencia del 14A este régimen tiene la opción de imputar el 65 % del crédito pagado por la empresa en el impuesto de 1° categoría, a cuenta del socio o dueño de la entidad. Es decir, el dueño o socio puede imputar el 60% del impuesto pagado por su empresa, a la declaración del Impuesto Global Complementario.
2. Los cambios impositivos en materia de impuestos directos e indirectos, que considera la reforma para mejorar la carga tributaria y distribución de ingresos.
Esta reforma nos lleva cambios desde el 2014, donde a los regímenes normales se crea uno paralelo que elimina al FUT, en su principio era un sistema integrado que nos lleva al alza el impuesto de primera categoría desde un 20% ese mismo año hasta un 25% dentro de los próximos 4 años. Actualmente se le llama sistema parcialmente integrado, donde se introdujeron los siguientes cambios:
- • Las ganancias que generan las empresas se entienden totalmente atribuidas por sus socios o dueños. Teniendo que ser grabadas de manera inmediata el impuesto global complementario. El antiguo régimen que era integrado, dichas utilidades que generan las empresas, los socios podían reinvertir en la compañía y como consecuencia postergar el pago del impuesto.
- • Actualmente todos los documentos tributarios son del tipo electrónico, esto ayuda al control en línea del servicio. Que ahorra revisiones presenciales. Todo documento electrónico queda con una base de datos unida al SII. Por ende, disminuye la evasión y elución de impuestos.
- • Un cambio significativo en materia de impuestos indirectos es la mayor recaudación de IVA, que se declara mensualmente dado por el punto anterior de documentos tributarios electrónicos. Porque cada movimiento con estos documentos se debe declarar sí o sí.
3. Las medidas que adopta la reforma en materia de incentivo al ahorro e inversión para las empresas y personas.
Para analizar este punto debemos considerar que esta reforma se creó para la recaudación de fondos extras o simplemente los que corresponden. Evitando la elusión
Incentivo es que durante el periodo tributario pueden generar inversiones y son consideradas como gastos, por ende, se descuenta al pago de tributo durante el periodo del ejercicio.
Se puede Deducir (descontar) hasta un 50% de la renta liquida imponible gravada con el impuesto de primera categoría, que se mantenga reinvertida en la empresa. Con la condición de tener ventas anuales de hasta 100.000 UF en los últimos 3 años. Pero solo se pueden deducir hasta 4.000 UF.
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