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Reforma Tributaria


Enviado por   •  3 de Marzo de 2015  •  665 Palabras (3 Páginas)  •  273 Visitas

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Analizando los conceptos acerca de la Reforma Tributaria aprobada en el Congreso de la República, en donde incorpora el Impuesto a la Riqueza por los años 2015, 2016, 2017 y 2018, y tiene como base gravable el patrimonio líquido que tengan las personas jurídicas y naturales declarado ante la Dian al 1 de enero de 2015, el cual se causará y pagará en forma diferida lo largo de la permanencia del mencionado tributo.

En donde esta nueva reforma directamente parte de cuales son los hechos generadores, el cual menciona que tiene como concepto de riqueza al equivalente total del patrimonio bruto del contribuyente poseído en las misma fecha menos las deudas a cargo del contribuyente vigente en esa fecha; claro teniendo en cuenta que se encuentra amarrado a unos planteamiento de sucesiones y determinaciones en los diferentes casos y rangos tanto a nivel nacional como extranjera esto proporcional, teniendo en cuenta diferentes parámetros de exenciones y exclusiones. De la misma manera representa diferentes tablas con respecto al año de tributación y des criminando directamente a las personas naturas o jurídicas y sus respetiva tasas gravable de cada uno de ellos.

No obstante, analizando los impactos que tendría el impuesto a la riqueza en las entidades del país, aunque enfatizaría que el concejo Técnico de la Contaría Pública de Colombia aplicaran una exención de aplicación voluntaria en los marcos técnicos normativos que sea aplicable a los estados financieros individuales y separados, que permita a las empresas la opción de reconocer la totalidad del impuesto directamente contra los resultados acumulados.

Indagando descubrí que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se elevó una consulta al Consejo Técnico de la Contaría Pública de Colombia, como organismo gubernamental de normalización técnica de normas contables y de información financiera, sobre la posibilidad de excluir en la aplicación en los marcos técnicos.

Ahora hablando sobre el impuesto del CREE y su sobretasa en donde este tienes sus especificaciones y modificaciones que menciona un cambio de tarifa porcentual gravable de un 9% a partir del 2016

importante resaltar que la base de esta sobretasa no será el CREE como tal sino la base gravable del mismo, sobre la cual liquidó dicho impuesto para el año anterior. Esta sobretasa se pagará en dos cuotas anuales a modo de anticipo.

Un aspecto que vale la pena destacar es que la sobretasa al CREE no tiene destinación específica; en consecuencia, no tendrán la misma destinación que los recursos provenientes del impuesto sobre la renta para la equidad CREE.

Pero hablemos también de los evasores de estos impuestos la lucha contra la evasión tributaria, el Gobierno Nacional ha introducido nuevas herramientas que permitirán el incremento del control de estas problemáticas que afectan en si al pueblo nacional y ponen

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