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Análisis de artículo del Periódico El Nuevo Día


Enviado por   •  8 de Noviembre de 2018  •  Documentos de Investigación  •  1.443 Palabras (6 Páginas)  •  133 Visitas

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Análisis de artículo del Periódico El Nuevo Día

“DESESTIMAN DEMANDA QUE CUESTIONABA COSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE INMUNIZACIONES COMPULSORIAS DE PR”

Autor: Frances Rosario

Alana Laboy Méndez

Maribel Rodríguez García

S00314286

MANA 204

Lcdo. Héctor A. Dávila

11/01/18

Introducción

El presente trabajo presenta un análisis crítico sobre un artículo publicado por el periódico El Nuevo Día donde unos padres demandan al Gobierno de Puerto Rico por Inconstitucionalidad sobre Libertad de Expresión Religiosa.  Además, utilizamos de referencia el caso en corte del cual se habla en el artículo del periódico (caso civil núm.: SJ2018CV06154), la Constitución de los Estados Unidos y la Constitución de Puerto Rico.

Resumen breve y crítico del artículo “Desestiman demanda que cuestionaba contitucionalidad de la Ley de Inmunizaciones Compulsorias” escrito por Frances Rosario y publicado en el periódico El Nuevo Día el jueves 4 de octubre  de 2018.

        El rechazo a la vacunación está ocupando últimamente espacios de debate y discusión en la radio, televisión, prensa y entre la ciudadanía.  Luego de escuchar el tema por primera vez y escuchar los argumentos que presentaba el Licenciado que estaba hablando del tema me dio curiosidad el poder analizarlo.  Este tema es de mucha actualidad, recientemente estuvo en un Tribunal de Primera Instancia de nuestro país.

Pero ¿Qué es la Inmunización?  La inmunización previene enfermedades, discapacidades y defunciones por enfermedades prevenibles mediante vacunación, tales como el cáncer cervical, la difteria, la hepatitis B, el sarampión, la paroditis, la tos ferina, la neumonía, la poliomielitis, las enfermedades diarreicas por rotavirus, la rubéola y el tétano.  Es indiscutible que no hay intervención sanitaria preventiva más costoefectiva que la inmunización, que evita entre 2 y 3 millones de muertes anuales por difteria, tétanos, tos ferina y sarampión. Sin embargo, si se mejorara la cobertura vacunal mundial se podrían evitar otros 1.5 millones.  La inmunización consiste en introducir en el organizmo una cantidad previamente dosificada de virus o bacterias muertas o atenuadas utilizando diversas técnicas con la esperanza de que el cuerpo reaccione frente a ellos produciendo anticuerpos defensivos estables.

¿Cuáles serían los riesgos de la Inmunización?  Las reacciones vacúnales inmediatas, a corto plazo, aparecen en más de un cinco porciento de las aplicaciones de casi cualquier vacuna.  Y pueden ser de tipos muy variados:

  1. General: como consecuencia de la propia inyección de las proteínas que constituyen los agentes infecciosos contra los que se vacuna.  Suele dar fiebre que aparece a las pocas horas y puede mantenerse durante días, acompañada a veces de convulsiones.
  2. Alergias: como cualquier otra sustancia extraña puede dar lugar a la aparición de erupciones, brotes de asma y en los casos más graves, choque anafiláctico.
  3. Afectación neurológica especialmente del sistema nervioso central, con producción de meningitis y encefalitis.

        En este artículo el autor analiza la determinación del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, la demanda al Gobierno de Puerto Rico por los padres Noelia Zsabo Ramírez, Older Oller Córdova, Iris Yolanda Torres Rosa, Luis Díaz Díaz, y Jeanette Pagán Rodríguez por Inconstitucionalidad sobre la Libertad de Expresión Religiosa.  La misma se basa en la alegación de que se le están violentando los derechos otorgados por la Constitución de los Estados Unidos y la Constitución de Puerto Rico ya que la Ley 25, de el 25 de septiembre de 1983 dice en el Artículo 5.—(24 LPRA sec. 182 d)  No se requerirá el certificado de inmunización para admisión o matrícula de aquel estudiante o niño pre-escolar que presente una declaración jurada de que el o sus padres pertenecen a una organización religiosa cuyos dogmas confligen con la inmunización. La declaración jurada deberá́ indicar el nombre de la religión o secta y deberá́ ser firmada por el estudiante o sus padres, y por el ministro de la religión o secta. Las exenciones por razones religiosas serán nulas en cualquier caso de epidemia declarada por el Secretario de Salud.

La Constitución de los Estados Unidos en su ENMIENDA I dice: No habrá ley alguna que adopte una religión como oficial del Estado o se prohíba practicarla libremente, o que coarte la libertad de palabra o de imprenta, o el derecho del pueblo para reunirse pacíficamente y para pedir al gobierno la separación de agravios.  Según establece la Constitución de Puerto Rico en el Artículo II sec 3 dice: No se aprobará ley alguna relativa al establecimiento de cualquier religión ni se prohibirá el libre ejercicio del culto religioso. Habrá completa separación de la iglesia y el estado.

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