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BREVE ENSAYO HARAKIRI EMPRESARIAL


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2015  •  Trabajos  •  677 Palabras (3 Páginas)  •  248 Visitas

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HARAKIRI EMPRESARIAL.

Como bien se señala, la palabra Harakiri, significa provocarse la muerte por sí mismo, en este caso la frase Harakiri Empresarial, se refiere a la relación laboral entre patrones y trabajadores, en la cual el patrón se provoca por sí mismo el quebranto de su empresa por el pago de indemnizaciones altas, por el despido injustificado de sus trabajadores, sin tomar en cuenta lo que la Ley Federal del Trabajo señala para poder despedir a los trabajadores que incurren en las causales de rescisión laboral que la propia ley señala.

Asimismo, esto puedo suceder porque el patrón no confía o más bien no recurre a los servicios de un profesional en materia laboral, si no que se deja llevar por los argumentos de otro profesional en materia jurídica que no es experto en la Ley Federal del Trabajo o de un Contador Público, que en  la actualidad aún se siguen ofreciendo para asesorar a los patrones, con el único objetivo de obtener un lucro a costa de la ignorancia de los patrones.

Para evitar ésta práctica, que va en perjuicio de los patrones, es necesario que ellos recurran con un profesionista en materia laboral, ya que éste es un experto en la materia y que conoce lo que la ley señala para poder rescindir de un contrato laboral, sin que el patrón tenga que pagar esas indemnizaciones tan altas por  despidos injustificados.

Ahora bien, para evitar que el patrón se siga perjudicando con esta práctica que va en perjuicio de su patrimonio, en la actualidad se han generados muchos despachos de abogados certificados y expertos en materia laboral, que ofrecen sus servicios profesionales para asesorar a los patrones que tengan la necesidad de rescindir el contrato laborar con sus trabajadores por los motivos o causas que la propia Ley señala.

LA LEYENDA DE LOS VEINTE.

La leyenda de los veinte, es una creencia entre patrones y trabajadores porque en la actualidad no existe, si no que fue una práctica llevada a cabo en los años setenta en donde se les hacía creer a los trabajadores que eran despedidos de manera injustificada que tenían derecho a una indemnización que correspondía al pago de veinte días de salario por cada año de servicio prestado.

Esto se debía a la falta de conocimiento de los trabajadores de la Ley Federal del Trabajo, claro está que en aquella época la clase trabajadora no contaba con estudios que les permitiera comprender lo que la ley señala para los trabajadores, si no que se llevaban por lo que otros decían y por ese dicho se creía que tenían derecho a ese beneficio.

En la época actual, es difícil seguir oyendo esta frase, ya que ahora la clase trabajadora cuenta con un nivel de estudios medio y superior, que les permite comprender que derechos les señala la propia ley cuando son despedidos de manera injustificada y al buen asesoramiento de expertos abogados laboralista y además de lo que señala la Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Indemnización de veinte días por cada año de servicios prestados por despido injustificado, únicamente procede en los casos referidos en los artículos 49 (PATRON EXIMIDO DE REINSTALAR MEDIANTE EL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES DEL ARTÍCULO 50); 52 (CAUSAS DEL TRABAJADOR DE SEPARARSE POR CAUSAS DEL PATRON SEÑALADO EN EL ARTICULO 51 Y ADEMÁS DEL PAGO DE INDEMNIZACIONES SEÑALADAS EN EL ARTÍCULO 50) y 947 (SI EL PATRÓN SE NIEGA A SOMETER SUS DIFERENCIAS AL ARBITRAJE O A ACEPTAR EL LAUDO PRONUNCIADO POR LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE).

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