CAMPO DE APLICACIÓN DE LA DISTINCIÓN ENTRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES EN EL CONTEXTO DEL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO
jesuszapata000Tesina11 de Octubre de 2022
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CAMPO DE APLICACIÓN DE LA DISTINCIÓN ENTRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES EN EL CONTEXTO DEL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO
Participantes: | |
Profesor: |
San Fernando de Apure, Septiembre 2022
ÍNDICE GENERAL
ÍNDICE GENERAL ii
RESUMEN iv
INTRODUCCIÓN 1
CAPÍTULO I 3
EL PROBLEMA 3
Planteamiento del Problema 3
Objetivos de la Investigación 7
Objetivo General 7
Específicos 7
Justificación de la Investigación 8
CAPÍTULO II 9
MARCO TEÓRICO 9
Antecedentes de la Investigación 9
Bases Teóricas 12
Enfoque Teórico que Fundamenta el Estudio 26
Referentes Legales 28
CAPÍTULO III 33
MARCO METODOLÓGICO 33
Naturaleza de la Investigación 33
Técnicas Operacionales para el manejo de las Fuentes Documentales 34
Técnicas de Análisis de la Información. 35
Fases de la Investigación 36
CAPÍTULO IV 37
CONCLUSIONES Y ERCOMENDACIONES 37
Conclusiones 37
Recomendaciones 40
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 42
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CAMPO DE APLICACIÓN DE LA DISTINCIÓN ENTRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES EN EL CONTEXTO DEL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO
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RESUMEN
El estudio tiene como objetivo principal analizar el campo de aplicación de la distinción entre bienes muebles e inmuebles en el contexto del Código Civil Venezolano. La problemática viene dada, puesto que la clasificación de los bienes muebles e inmuebles debe ser analizada por separado para lograr comprender la extensión de la misma y el avance jurídico que se verifica en la consagración de los derechos y las acciones junto a los bienes corporales, que va mucho más allá del simple fundamento en lo material y movilidad. Así mismo, es necesario acotar que el estudio se soportó a través de una serie de postulados entre los que se mencionan: La Teoría del Patrimonio-Personalidad de Aubry y Rau (1830-1870); la Teoría del Patrimonio-Afectación de Brinz y Brecker (1900); La Teoría Negativa o Atomista de Ferrara (1998) y la Teoría Mixta o Ecléctica de Azcano (2011). Metodológicamente, se abordó a través de la modalidad de investigación documental-bibliográfica, dentro de la modalidad jurídico-dogmática. Al interpretar los hallazgos, se pudo concluir: El estudio está claramente expresado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), en el artículo 115, que garantiza el derecho de propiedad, disfrute de sus bienes con algunas obligaciones y restricciones estipuladas en la Ley. Así mismo, se fundamenta en el Código Civil de 1982, donde se tipifica tácitamente lo concerniente a los bienes muebles e inmuebles desde el artículo 525 hasta el 537, donde hace la definición de cada uno de ellos, la clasificación de los mismos según su naturaleza, destinación, según el objeto a que se refiere. Los investigadores recomiendan a los juristas realizar un análisis interpretativo del ámbito jurídico para determinar la clasificación de los bienes muebles e inmuebles a los fines de darle el tratamiento adecuado según el campo de aplicación según el Código Civil Venezolano.
Palabras Clave: Campo de Aplicación, Distinción, Bienes Muebles e Inmuebles, Código Civil Venezolano.
INTRODUCCIÓN
La palabra patrimonio está relacionada al conjunto de bienes que adquiría el hijo de sus ascendientes. Históricamente, se remonta al derecho romano clásico, y está compuesto por una serie de obligaciones, derechos y no por un conjunto de bienes; que a su vez constituyen el objeto de los derechos que conforman el patrimonio. Entonces, el concepto de patrimonio se puede concebir como una serie de relaciones jurídicas concernientes a una persona, que tiene una utilidad económica y que por ello son dispuestos de una estimación pecuniaria, de allí, que sus relaciones jurídicas se encuentran constituidas por deberes y derechos (activo y pasivo). Así mismo, es necesario destacar que la mayor relevancia del patrimonio se vincula a través de las personas que responden a derechos y obligaciones.
Ahora bien, en cuanto a la temática que concierne referida a los bienes muebles e inmuebles según la legislación venezolana influenciada principalmente por el derecho francés, queda claramente estipulada en el planteamiento del artículo 525 del Código Civil Venezolano, que textualmente establece: “Las cosas que pueden ser objeto de propiedad pública o privada son bienes muebles e inmuebles.” En tal sentido, es necesario realizar un análisis e interpretación de cada uno de los elementos que la componen a los fines de establecer las acciones pertinentes.
En este orden de ideas, los bienes inmuebles, son considerados aquellas entidades que por su naturaleza proporcionan una utilidad permaneciendo fijas y, a su vez las cosas brindan un servicio a su titular sin que sea necesario que permanezcan fijas. El Código Civil en el artículo 526, señala: que “Los bienes son inmuebles por su naturaleza, por su destinación o por el objeto a que se refieren.”, razón por la cual se hace necesario el estudio de cada una de las categorías que indica la ley. Con relación a los bienes muebles, definido como algo susceptible de ser trasladado de un sitio a otro o que puede cambiar de lugar.
En el Código Civil en el artículo 531 del Código Civil, contempla “Los bienes son muebles por su naturaleza, por el objeto a que se refieren o por determinarlo así la Ley”. Así mismo, se aplican las mismas reglas de los bienes inmuebles, puesto que no solo debe atenderse al aspecto físico o a la posibilidad de movilización, sino que también se consagran los derechos y acciones dentro de esta categoría. Por lo antes expuesto, surge la inquietud de los investigadores por realizar el presente estudio dirigido a analizar el campo de aplicación de la distinción entre bienes muebles e inmuebles en el contexto del Código Civil Venezolano. De allí, que se abordó metodológicamente el estudio, a través de la modalidad de investigación documental y por estar referida a un estudio jurídico, necesariamente debe enmarcarse dentro de la modalidad jurídico-dogmática.
Con respecto a la estructura del trabajo, el mismo se conformó de la siguiente manera: El Capítulo I, describe la problemática y la justificación de la investigación. En el Capítulo II, se reseña el marco teórico, haciendo hincapié en los antecedentes de la investigación, bases teóricas, fundamentos teóricos y legales que soportan el estudio. En el Capítulo III, se describe la metodología empleada para abordar el estudio. El Capítulo IV, contiene las conclusiones y recomendaciones respectivas. Finalmente, se incluyen las referencias bibliográficas.
CAPÍTULO I
EL PROBLEMA
Planteamiento del Problema
El origen de la distinción de las cosas muebles e inmuebles, tiene su inicio en el Derecho Romano, donde se les atribuía una clasificación de las cosas corporales. En el Derecho Justiniano ya a finales de los años del imperio, surge la forma de adquirir los bienes muebles e inmuebles según sus tradiciones. Sin embargo, el valor decisivo procede del derecho medieval y sobre todo del feudal, donde su importancia a la propiedad inmobiliaria radica en el elemento de capital de riqueza y como causa de adquisición de poderes señoriales; pero con la evolución de la sociedad para la época en sus actividades económicas la propiedad inmobiliaria pasó a un segundo plano ya que no existió el desarrollo de industrias y la producción de metales precioso era limitada, solo por excepción podían estar constituidas por valores mobiliarios de grandes riquezas.
Ahora bien, haciendo un recorrido por la época primitiva de la barbarie, el hombre nómada se vale de la caza y la pesca para satisfacer sus necesidades vitales, estos eran considerados bienes muebles, que sirven para solucionar los problemas del grupo en la sociedad primitiva. Cuando el hombre se hace sedentario, entra en vigencia la importancia de los bienes inmuebles. En plena producción esclavista, la propiedad inmobiliaria adquiere transcendencia, sobre todo en el campo de las actividades agrarias y mineras. En la sociedad feudal, la propiedad inmueble, la tierra inmueble, es donde se encuentra la raíz de que el Código de Napoleón, pionero de todos, le otorga una gran importancia a los inmuebles.
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