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COMISIÓN POR SALDO (MIXTA) O COMISION POR FLUJO


Enviado por   •  28 de Agosto de 2013  •  1.673 Palabras (7 Páginas)  •  365 Visitas

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EL DILEMA DE LOS DESCUENTOS POR APORTES PREVISIONALES: COMISIÓN POR SALDO (MIXTA) O COMISION POR FLUJO… ¿CUAL ELEGIR?

A raíz de la reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP), con la dación de la Ley 29903, publicada el 19 de julio de 2012, se han venido cambios importantes, siendo los principales los siguientes:

Licitación de los nuevos afiliados, al ganador de la misma (que ofreció la menor comisión) adjudicaran por el lapso de dos años la afiliación, quienes estarán obligados a permanecer en la AFP vencedora, por espacio del referido tiempo. Aspecto que a acarreado que las Administradora de Fondo de Pensiones – AFPs rebajen al mínimo sus comisiones, aunque pasada la etapa de la licitación no han permanecido a los niveles ofrecidos. Cabe precisar que de la licitación realizada el 20 de diciembre de 2012, la empresa AFP HABITAT (Capital Chileno), resultó ganadora de la referida licitación, comprometiéndose a cobrar 0.47% de la remuneración y una comisión de 1.25% sobre los nuevos aportes.

La AFP Habitat al estar en formación, procederá a hacer efectivo el cobro del componente de la comisión sobre el flujo y el componente de comisión sobre el saldo materia de la licitación, para los nuevos aportes que devenguen a partir del mes siguiente al otorgamiento de su licencia como AFP, para lo cual se le ha otorgado un plazo máximo de 4 meses.

Asimismo se licitará el seguro de sobrevivencia, invalidez y gastos de sepelio, por lo que las AFPs que aparecen ejerciendo actividades en el mercado actualmente, deberían trabajar con una sola compañía de seguros.

Los afiliados en general tendrán la opción de elegir entre otros tipos de fondos, un nuevo fondo denominado “Fondo Cero o de Protección de Capital”, el cual tiene como característica un rendimiento menor, por cuanto las inversiones ofrecen menos riesgos. Este tipo de fondo es ideal para las personas próximas a jubilarse.

Asimismo, los afiliados tendrán la opción de elegir una combinación de hasta 2 fondos disponibles:

Fondo 0 o Protección de Capital (muy baja volatilidad)

Fondo 1 o Preservación del Capital (baja volatilidad)

Fondo 2 o Mixto ((volatilidad media)

Fondo 3 o de Apreciación de Capital o Fondo de Crecimiento (volatilidad alta)

Las personas que realicen trabajos como independientes, no mayores de 40 años, estarán obligados a afiliarse a un sistema provisional (ONP o AFP), fomentando con ello la conciencia previsional.

Se busca centralización de los procesos administrativos de Recaudación(recepción de pago de aportes provisionales, a través de los entes recaudadores = bancos) y Conciliación (sinceramiento de deuda presunta con y sin historia provisional); Acreditación de aportes provisionales (el cual se efectúa a las cuentas de los afiliados), la Cobranza de los mismos (administrativa y/o judicial); y, el Cálculo y Pago de pensiones.

Cambio de Sistema de Cobro de aportes, no solo se contará con la comisión que se cobra en la actualidad, la cual se descuenta por la remuneración percibida, sino que además se incluye la modalidad de descuento de aporte por el saldo acumulado.

CUESTIONAMIENTOS COMISIÓN SOBRE REMUNERACIÓN (flujo) Esquema actual COMISIÓN SOBRE APORTES NUEVOS (saldo)

Nuevo esquema

¿Cómo se realizaran los descuentos? Un porcentaje sobre de la remuneración mensual del afiliado. Un porcentaje del fondo que genere afiliado.

¿Quiénes estas afectos? Aquellos afiliados que antes del 31 de marzo de.2013, decidan permanecer en esta opción. A todos los nuevos afiliados a partir de 01.04.2013, y a los antiguos en la medida que no hayan optado por la comisión sobre remuneración

¿La ganancia de las AFP depende del crecimiento de mi fondo? No, dado que la comisión la descuentan de mi remuneración Sí, de modo que para obtener mejores ingresos deberá generar mejor rentabilidad a mi fondo.

¿De qué manera afecta la economía de cada afiliado? Afecta dado que a la remuneración que recibe el afiliado se le descuenta la comisión en base al porcentaje de la AFP a la que se encuentre afiliado. En principio por la transitoriedad de la comisión mixta, afecta en menor porcentaje ya que los descuentos se hacen en menor proporción sobre la remuneración y el fondo nuevo que posee. Superado el tiempo, no afectará la remuneración mensual, por lo que el neto de los ingresos se verá incrementado.

¿Qué aspectos considerar para determinar la elección? El tiempo de cotización y frecuencia de aportes: Es importante considerar la cantidad de aportes en el tiempo que la persona vendrá laborando y si está próximo a jubilarse o no. Si se tratará de una persona con mas de 40 años de edad y con la incertidumbre de si permanecerá laborando o no; lo mas conveniente es la comisión mixta, pues no pone en riesgo el neto de la remuneración percibida, ya que con el tiempo (vencido los 10 años), las AFPS solo podrán deducirle de su saldo el porcentaje contratado. Por el contrario, si la persona considera que aún posee una vida laboral activa por más de 20 años, lo más conveniente es la comisión por flujo, pues le permitirá incrementar su fondo.

La rentabilidad en el tiempo: Si lo que su busca es una mayor rentabilidad

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