ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

COMPONENTES FINDAMENTALES DEL SEGURO Y FIANZA


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2013  •  7.296 Palabras (30 Páginas)  •  390 Visitas

Página 1 de 30

REGLAMENTO DE AGENTES DE SEGUROS Y DE FIANZAS

1

REGLAMENTO DE AGENTES DE SEGUROS Y DE FIANZAS.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 18 de mayo de 2001

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA,

Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me

confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo

dispuesto en los artículos 31, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 1o., 23, 24, 41, 42, 138,

139,139 Bis y demás relativos de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y 1o., 87, 88, 89, 89

Bis, 90, 110, 111 y demás relativos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, he tenido a bien expedir el siguiente

REGLAMENTO DE AGENTES DE SEGUROS Y DE FIANZAS

CAPÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1o.-

Para efectos de este Reglamento se entenderá por:

I.-

Ley de Seguros, la Ley General de Instituciones y Sociedades

Mutualistas de Seguros;

II.-

Ley de Fianzas, la Ley Federal de Instituciones de Fianzas;

III.-

Secretaría, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

IV.-

Comisión, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas;

V.-

Aseguradora, la institución de seguros autorizada conforme a lo establecido en la Ley General de Instituciones y

Sociedades Mutualistas de Seguros;

VI.-

Afianzadora, la institución de fianzas autorizada conforme a lo establecido en la Ley Federal de Instituciones de

Fianzas;

REGLAMENTO DE AGENTES DE SEGUROS Y DE FIANZAS

2

VII.-

Institución, la Aseguradora o la Afianzadora o ambas, según corresponda;

VIII.-

Agente, la persona física o moral autorizada por la Comisión para realizar actividades de intermediación en la

contratación de seguros o de fianzas, pudiendo ser:

a).-

Personas físicas vinculadas a las Instituciones por una relación de trabajo, en los términos de los artículos 20 y

285 de la Ley Federal del Trabajo, autorizadas para promover en nombre y por cuenta de las Instituciones, la

contratación de seguros o de fianzas;

b).-

Personas físicas independientes sin relación de trabajo con las Instituciones, que operen con base en contratos

mercantiles, y

c).-

Personas morales que se constituyan como sociedades anónimas para realizar dichas actividades;

IX.-

Agente mandatario, el agente designado por las Instituciones para que a su nombre y por su cuenta actúe con

facultades expresas;

X.-

Apoderado, quien habiendo celebrado contrato de mandato con agentes personas morales, se encuentre

expresamente facultado para desempeñar a su nombre actividades de intermediación, y

XI.-

Actividades de intermediación, las que realicen los agentes o los apoderados en la contratación de seguros o de

fianzas.

ARTÍCULO 2o.-

Las actividades de intermediación que pueden realizar los agentes y apoderados, consistirán en el

intercambio de propuestas y aceptación de las mismas, comercialización y asesoramiento para la celebración de contratos de

seguros o de fianzas, su conservación o modificación, renovación o cancelación.

ARTÍCULO 3o.-

Los agentes, los apoderados y las actividades de intermediación, se sujetarán a lo dispuesto por las

Leyes de Seguros y de Fianzas, las demás leyes aplicables, las disposiciones generales que de ellas emanen, por el presente

Reglamento y las orientaciones de política general que en materia aseguradora o de fianzas, según corresponda, señale la

Secretaría mediante reglas de carácter general; así como a la inspección y vigilancia de la Comisión.

Los agentes y los apoderados, estarán obligados a recibir las visitas de inspección de la Comisión, a proporcionar a ésta

y a la Secretaría la información en la forma y términos que se les solicite y atender a sus requerimientos.

Las cuentas que deban llevar los agentes personas morales se ajustarán estrictamente al catálogo que al efecto

autorice la Comisión, la que señalará los modelos de registro y auxiliares correspondientes.

REGLAMENTO DE AGENTES DE SEGUROS Y DE FIANZAS

3

* Reformado 4-06-2002

ARTÍCULO 4o.-

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (47.5 Kb)  
Leer 29 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com