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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE ABOGADA


Enviado por   •  9 de Junio de 2018  •  Apuntes  •  1.611 Palabras (7 Páginas)  •  191 Visitas

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES  DE ABOGADA

Entre los suscritos a saber, por una parte  EVELIO JARAMILLO MOLANO quien actúa en nombre propio, identificado con cédula de ciudadanía No. 10071364de Pereira, que para efectos de este contrato se denominara  EL  MANDANTE, y por la otra CLAUDIA LILIANA CRUZ MOYA  Abogada en ejercicio, identificado con la C.C. No. 52.310.334 Expedida en Bogotá y la Tarjeta Profesional de Abogada No. 216.998 del Consejo Superior de la Judicatura, quien se denominará LA ABOGADA; se ha celebrado en la ciudad de Bogotá, el presente contrato de mandato de abogada, el cual se regirá en lo general por las disposiciones contenidas en los Códigos Civil y Comercial y en el Estatuto del Abogado Ley 1123 de 2007, y en particular por las cláusulas especiales que a continuación se relacionan:

CLAUSULA PRIMERA: OBJETO CONTRACTUAL: Es objeto del presente contrato que la ABOGADA en virtud del mandato que le confiere EL MANDANTE  inicie y lleve hasta su culminación las siguientes actividades: a) reclamación civil  ante la jurisdicción familia. CONTRA LA DEMANDADA LUZ MYRIAM SEDANO. en los términos de los artículos 70, del C.  de P. Civil y  el artículo 154 numeral 8º del Código Civil en concordancia con la Ley 25 de 1992. PROCESO DE CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO (CATÓLICO) Y DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN  DE LA SOCIEDAD CONYUGAL de EVELIO JARAMILLO en contra de  LUZ MYRIAM SEDANO, con el fin de obtener la declaración de  CESACION DE LOS EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO Y LA DISOLUCION Y LIQUIDACION de EL MANDANTE, y en adelante EL  MANDANTE se considere por las leyes de Colombia  en materia de familia DIVORCIADO y con DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL,   El  mandato en cuestión incluye la representación de  EL  MANDANTE en la labor de litigio, la eventual interposición de los recursos y las gestiones judiciales  y extrajudiciales requeridas para la recepción de la sentencia,  títulos,  el trámite posterior, y el recaudo de las sumas líquidas que eventualmente lleguen a ser objeto de condenas.- PARAGRAFO PRIMERO: Las obligaciones que por este instrumento contrae LA ABOGADA, son de medio e incluyen la ejecución cabal de las diligencias requeridas para la conclusión satisfactoria a los intereses  del   MANDANTE en el trámite de que trata la presente cláusula.

 CLÁUSULA SEGUNDA: TÉRMINO DE EJECUCIÓN: La ejecución del contrato se extenderá por todo el término requerido para la cabal ejecución de su objeto.

CLAÚSULA TERCERA: HONORARIOS PROFESIONALES: Los honorarios profesionales de la abogada se determinarán por   el  método  de inicio de las actuaciones  judiciales de representación en aplicación al Manual Tarifario de la Corporación Colegio Nacional de Abogados  de Colombia  aplicado para el proceso verbal  corresponde tasar una cuota fija  de $ 5’000´000.oo de pesos moneda corriente, pagaderos  de la siguiente forma:  $500.000 a la firma del poder, $ 500.000 a la radicación de la demanda en la oficina de reparto de la rama judicial,  y dos millones y medio de pesos restantes  divididos  en 5 cuotas iguales mensuales de $500.000  pesos moneda corriente pagados los cinco primeros días de cada mes hasta completar el saldo.

PARAGRAFO PRIMERO: En la base para el cálculo de honorarios tasados a cuota litis se incluyen, las costas y agencias en derecho que llegaren a decretarse a favor del MANDANTE, las actualizaciones, intereses de plazo, legales de mora que lleguen a causarse.

PARÁGRAFO  SEGUNDO: Los honorarios pactados en esta cláusula corresponden a la ejecución del objeto del presente contrato, se entienden excluidos otros mandatos y acciones no pactados en este contrato.

PARÁGRAFO TERCERO: El monto de los honorarios establecidos como suma fija de dinero y/o porcentualmente en la presente cláusula, deberá ser adicionado en la Tarifa del Impuesto a las Ventas vigente al Momento de la emisión de las facturas de venta de servicios que libre LA ABOGADA. El valor del Impuesto a las Ventas será asumido por EL MANDANTE.

PARÁGRAFO CUARTO: MERITO EJECUTIVO.- Las sumas que lleguen a deberse a la ABOGADA como honorarios, podrán ser cobradas ejecutivamente por medio del presente instrumento, adicionado con copia auténtica del fallo que demuestre el monto de los valores de condena a la entidad pública, sobre los cuales se calcula el monto líquido de los honorarios conforme a lo establecido en la cláusula tercera del presente contrato y los parágrafos correspondientes. Igualmente el presente contrato prestará mérito ejecutivo para el pago de los demás conceptos que adeude EL MANDANTE a la ABOGADA por concepto de costos que ésta haya sumido con su autorización para la ejecución del mandato, para tal efecto,  el contrato se acompañará el documento que soporte la cuantía del gasto que se pretende cobrar.

CLAUSULA CUARTA: COSTOS DEL PROCESO: Los costos del proceso y gastos procesales etc., serán cubiertos por EL MANDANTE, incluyendo pago de edictos, emplazamientos, perito, trámites de escrituración entre otros gastos.

CLAUSULA QUINTA: SUSTITUCIÓN: LA ABOGADA podrá a su elección y bajo su responsabilidad sustituir el mandato judicial a un abogado con su supervisión. PARAGRAFO UNICO: LA ABOGADA podrá a su juicio renunciar al ejercicio del mandato o sustituirlo a favor del profesional del derecho que llegue a indicarle  EL  MANDANTE, en el evento en que situaciones de fuerza mayor o caso fortuito le impidan el normal desarrollo del mandato. Ocurrida la circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito, el apoderado la informará por escrito AL  MANDANTE, los cuales dispondrán de un término de QUINCE (15) días calendario para referirle el profesional del derecho al que deberá efectuarse la sustitución del correspondiente mandato; en el evento en que no haya pronunciamiento dentro del término pre-mencionado, el apoderado quedará en libertad para renunciar al mandato, sin que por ello se genere responsabilidad alguna. La  apoderada remitirá al MANDANTE en este evento, un informe detallado del estado de las diligencias hasta el momento de la renuncia del mandato.

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