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Calculo de prestaciones sociales en Venezuela


Enviado por   •  16 de Junio de 2020  •  Ensayos  •  1.481 Palabras (6 Páginas)  •  505 Visitas

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El cálculo de prestaciones sociales dentro de una empresa cumple con un papel importantísimo, no solo a nivel administrativo sino a nivel legal con respecto a la LOTTT, el cual dictamina una serie de parámetros para dicho proceso.

El presente ensayo tiene como finalidad dar a conocer las formas y manera de cálculo de prestaciones sociales y los métodos que se utilizan para este proceso en Venezuela correspondiendo a la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras como se mencionaba anteriormente, dicho proceso administrativo es un conocimiento fundamental en todo administrador y/o personal que trabaje en dichos cálculos, o bien, en una área administrativa o contable.

Primeramente, para calcular las prestaciones sociales debemos entender algunos de conceptos propios que no ayudaran a entender el correcto proceso del mismo, por ejemplo, entendemos por salario básico o normal a toda aquella remuneración la cual es dada durante un lapso de tiempo constante por un servicio prestado, de la cual, quedaría exenta los beneficio que no se cobren de forma constante; bono de permanencia en una empresa que se dé o abone cada 2 meses al trabajador. Todo esto cuando hablamos concretamente del salario normal de una empresa, institución u otra, por ejemplo: sueldo de un empleado público semanal, quincenal o mensual; en dicho cálculo de salario no “entra” el ya mencionado bono de permanencia que se abona cada dos meses, por tomar algo de referencia. Todo esto, tomando en cuenta el articulo nro. 104 de la LOTTT.

Ahora bien, si hablamos del salario integral lo podemos definir como el conjunto de beneficios y salario normal, de la cual un empleado percibe dentro de un determinado periodo de tiempo. Con esto nos referimos, a todo lo expresado en el artículo 104 del LOTTT, tales como, beneficios fuera del salario normal y el mismo salario básico; hablamos de Bono nocturno, bonificaciones por rendimiento u otra, utilidades, horas extra, días feriados y todo lo contemplado en dicho artículo.

Para conocimiento general debemos conocer que es una “Alícuota”, pues, es aquella que está contenida en otra un número exacto de veces y se calcula como porcentaje o proporción de un total, es decir, que es la parte proporcional de un beneficio en relación a lo otorgado durante un periodo de año, mes o quincena si lo relacionamos a lo expresado en el presente ensayo.

Para calcular las prestaciones sociales debemos, antes que nada, extraer y conocer las alícuotas correspondientes por beneficio del trabajador, por ejemplo, una de ellas es la alícuota de bono vacacional; para ello, existe una formula la cual consta o está compuesta por

  • Salario Diario Normal (para conocer el salario diario normal dividimos el sueldo actual entre (/) 30) * días de vacaciones (la cual cumplido el primer año 15 días, después se le agregara 1 por año laborado, acumulables hasta un máximo de 15) / 360 días.

También debemos considerar la fórmula para el cálculo de la alícuota por Utilidades compuesta por:

  • Salario Diario Normal* Nro. de días de Utilidades (recordando que según la ley LOTTT, tiene como mínimo 30 y máximo 120 días de utilidades) / 360 días.

Teniendo esto en cuenta se pude comenzar con el cálculo de prestaciones sociales, que para ello son utilizados 2 métodos, Método trimestral y anual.

El primero lo realizamos a través de trimestres y el segundo, como lo indica su nombre se realiza el cálculo anualmente.

El en primer caso consiste en que al final de casa trimestre la empresa le abonara o acreditara al trabajador 15 días de salario integral tomando como base su último salario devengado. Con este método van a ver días adicionales que se le acreditaran, a partir del primer año (haciendo hincapié que en, un año, este compuesto de 4 trimestre quiere decir 60 días de salario integral), a partir del primer año, estos días son acumulativos hasta 30 días adicionales.

Si la relacion laboral del empleado termina antes del trimestre, le será calculado 5 días de salario integral por cada mes o fracción. Cabe destacar que la ley nos dicta, que “cada trimestre que inicie el trabajador o empleado tendrá derecho a pago”, esto quiere decir que si el empleado renuncia o es despedido teniendo en la empresa 4 meses (que equivale a un trimestre y un mes) tendrá derecho a cobrar 2 trimestres, es decir, 30 días de salario integral en sus prestaciones sociales.

En el segundo método para el cálculo de prestaciones es el anual, el cual consiste en que por cada año o facción superior a 6 meses se le abonará o corresponderá a pago al empleado 30 días de salario integral, tomando en cuenta como referencia el último salario devengado.

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