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Prestaciones Sociales


Enviado por   •  8 de Julio de 2015  •  3.517 Palabras (15 Páginas)  •  232 Visitas

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Introducción

En Venezuela entendemos por prestaciones sociales la indemnización que debe cancelársele a un trabajador por sus años de servicio al término de la relación laboral.

En la actualidad el cálculo de las prestaciones sociales está establecido en la “Ley orgánica del trabajo, trabajadores y trabajadoras” en la cual se establece que:

Los empleadores deben depositar a todos los trabajadores, independientemente de su antigüedad, 15 días de salario de manera trimestral en la contabilidad de la empresa, en un fideicomiso o en el Fondo Nacional de Prestaciones. El destino del depósito de estos días de salario será elegido por el trabajador y se calcularán con el último salario devengado por éste en ese trimestre.

Pero aunque esta sea la regulación actual no significa que siempre haya sido así, lo que conocemos hoy como prestaciones sociales ha pasado por una evolución a lo largo de la historia en Venezuela, lo que será el objeto de estudio de este trabajo.

Conceptos básicos:

Prestación: Se entiende como cualquier complemento al salario que se entrega a los trabajadores. Pueden ser vacaciones, la pensión, reparto de utilidades, seguros de vida, descuentos en los productos de la compañía, etc. Cada día toman más importancia estos temas, ya que dentro de una organización deben estar legalmente instituidas.

Por ende las prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral.

Para poder entender lo que es el salario ordinario primero hay que entender lo que a los efectos de nuestro ordenamiento jurídico conocemos como salario, lo cual está tipificado en el artículo 104 de la LOTTT que dice:

“Se entiende por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en moneda de curso legal, que corresponda al trabajador o trabajadora por la prestación de su servicio y, entre otros, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extraordinarias o trabajo nocturno, alimentación y vivienda.”

Aquí la ley nos da un concepto general de lo que es salario de una forma general, definiéndolo para los efectos de la misma, entrando en lo que es el salario ordinario después de dar el concepto base, definiéndolo como:

“A los fines de esta Ley se entiende por salario ordinario, la remuneración devengada por el trabajador o trabajadora en forma regular y permanente por la prestación de su servicio. Quedan por tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestaciones sociales y las que esta Ley considere que no tienen carácter salarial.”

Pero lo que se toma en cuenta para el cálculo de las prestaciones sociales es lo que se conoce como salario base que se encuentra tipificado en el artículo 122 de la LOTTT.

“Artículo 122. El salario base para el cálculo de lo que corresponda al trabajador y trabajadora por concepto de prestaciones sociales, y de indemnizaciones por motivo de la terminación de la relación de trabajo, será el último salario devengado, calculado de manera que integre todos los conceptos salariales percibidos por el trabajador o trabajadora.”

El salario a que se refiere el presente artículo, además de los beneficios devengados, incluye la alícuota de lo que le corresponde percibir por bono vacacional y por utilidades.

En caso de salario por unidad de obra, por pieza, a destajo, a comisión o de cualquier otra modalidad de salario variable, la base para el cálculo será el promedio del salario devengado durante los seis meses inmediatamente anteriores, calculado de manera que integre todos los conceptos salariales percibidos por el trabajador o trabajadora.

También nos encontramos con la figura del salario integral en la cual para el cálculo tomaremos en cuenta el sueldo básico, las utilidades y el bono vacacional, y obtendremos el salario integral, que utilizaremos para el cálculo y pago de prestaciones sociales y el pago de preaviso por despido injustificado.

Evolución histórica de las Prestaciones sociales.

El régimen de prestaciones sociales en Venezuela han pasado por lo que solo puede ser descrito como una evolución significativa desde la promulgación de la original Ley del trabajo en julio de 1936, en la cual se estableció una institución de indemnización por antigüedad que aunque modificada durante los años, sigue vigente hasta ahora.

La ley del trabajo de 1936 en el parágrafo primero de su artículo 27, estableció la llamada desde entonces indemnización de antigüedad en los siguientes términos: en caso de la terminación del contrato por tiempo determinado, cuando el obrero o el empleado pierde el trabajo por razón de de despido u otra causa ajena a su voluntad, el patrono deberá pagar al empleado u obrero una quincena de salario por cada año de trabajo ininterrumpido al servicio de él, la cual no podrá exceder del salario de seis meses.

Esa ley vio una reforma en mayo de 1945 en donde se contempla que cuando el trabajador pierda su trabajo por razón de despido injustificado o por otra causa ajena a su voluntad, o se retire por causa justificada, el patrono deberá pagarle por cada año u ocho meses de trabajo ininterrumpido la mitad de los salarios que hayan corrido en el mes inmediatamente anterior. En el caso en que el trabajador haya sido contratado a destajo o por pieza, o sea que la remuneración se pactare con base a la cantidad de obras o labores que el trabajador realizara en una jornada determinada, dicha quincena será equivalente a la doceava parte de la suma de los salarios que hayan corrido durante los seis meses inmediatamente anteriores al cese del trabajo.

En 1947 se dan dos hechos importantes que producen importante repercusión en la evolución de las prestaciones sociales y en general para el derecho del trabajador en Venezuela. En primer lugar, el 5 de julio de 1947, la promulgación de la nueva constitución cuyo capítulo VI del título III bajo la denominación “Del trabajo” introduce la consagración del derecho al trabajo como un derecho social de rengo constitucional. Luego el 3 de noviembre de ese año, La asamblea nacional constituyente dictó una reforma en

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