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Caracteristicas Del Derecho Constitucional


Enviado por   •  22 de Mayo de 2014  •  1.878 Palabras (8 Páginas)  •  318 Visitas

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INTRODUCCION

Toda nuestra convivencia social se sustenta en normas. Las relaciones que se establecen entre personas son reguladas por distintas normas. Ellas definen y determinan los derechos, deberes y permiten al individuo saber cómo actuar correctamente.

Podríamos definir el concepto de norma como toda regla de carácter obligatorio que manda, permite o prohíbe una determinada conducta o comportamiento al interior del grupo social a la cual se pertenece.

En nuestra vida cotidiana nos encontramos con diversas situaciones que nos contactan con el Derecho, simples acciones como subirse a una micro generan consecuencias jurídicas como la obligación de pagar el pasaje y el derecho a que la micro haga su recorrido.

El Derecho surge como una manifestación de la necesidad de establecer normas que nos permitan convivir en forma organizada y pacífica, evitando que las personas resuelvan los conflictos por sus propios medios.

Normas Jurídicas

Son las que regulan, garantizan y hacen posible la vida en un estado. A diferencia de los otros sistemas normativos, las normas jurídicas tienen un carácter obligatorio y suponen el uso de la coacción o de la fuerza para garantizar su cumplimiento por parte de todos los miembros de la sociedad.

Características

Ser coercitivas ya que imponen su cumplimiento usando una cuota de fuerza, estableciendo distintas sanciones para los infractores

Ser heterónomas, ya que son impuestas desde afuera. Y son obligatorias para el individuo.

Ser temporales, porque se puede abolir, modificar o reemplazar cuando cambian

La expresión Ley, comprende distintos tipos de normas jurídicas. Según su grado de importancia estas son:

Constitución Política

Es la Ley fundamental del Estado. Ella establece la forma de gobierno, los poderes públicos, sus atribuciones y determina los derechos y garantías de las personas.

Las Leyes propiamente tales

Son aquellas normas aprobadas por el Poder Legislativo, según el procedimiento que la Constitución establece, pudiendo ser de distinta clase según la cantidad de votos que necesita para ser aprobada, modificada o derogada.

Tipos de Leyes y sus Quórum:

Leyes Interpretativas de la Constitución

Son aquellas que precisan o explican el sentido y alcance de un precepto o una expresión de la Constitución Política de la República. Para Ser aprobada, modificada o derogadas, se requiere de los tres quintos de los Diputados y Senadores en ejercicio.

Leyes Orgánicas Constitucionales

Son normas complementarias de la Constitución relativas a ciertas materias expresamente previstas en el texto constitucional. Son objeto de un control preventivo de constitucionalidad y no pueden Ser materia de delegación de facultades legislativas. Para Ser aprobadas, modificadas o derogadas, se requiere de cuatro séptimas partes de los Diputados y Senadores en ejercicio.

Leyes de Quórum Calificado

Son aquellas que tratan sobre materias señaladas en la Constitución. Para Ser aprobadas, modificadas o derogadas, requiere de la mayoría absoluta de los Diputados y Senadores en ejercicio.

Leyes Ordinarias o Comunes

Son las normas restantes que regulan aspectos de la vida social que la Constitución define como materia de leyes. Para Ser aprobadas, modificadas o derogadas, se requiere de la concurrencia de la mayoría de los Diputados y Senadores asistentes a la sesión.

Las normas morales

La Moral.

La moral es una noción analógica, es posible referirla a distintas realidades: la ley, las costumbres, las personas, los actos humanos.

En sentido estricto sólo la conducta puede ser calificada de moralmente buena o mala.

Desde este punto de vista normativo se puede definir la Moral como un sistema de normas cuya finalidad es lograr la bondad del sujeto.

Origen o fundamento del orden moral.

Es que en definitiva, la moral no tiene fundamento subjetivo, ni tampoco social sino metafísico. Fue Aristóteles quien precisó que lo que especifica un

Acto es su fin propio (haber ingerido líquido; comer, dibujar, trazar rasgos simbólicos). El acto es moralmente bueno si su fin lo es y éste puede ser calificado de tal si se conforma a la naturaleza de las cosas.-

Para la concepción aristotélica la naturaleza del hombre consiste en ser un “animal racional”.

Conocimiento de la moral.

El conocimiento de las normas morales, según Aristóteles y Santo Tomás siguen el orden del conocimiento de las inclinaciones o tendencias naturales del hombre, de la tendencia social innata en el hombre se colige que el engaño, fraude o mentira es inmoral porque impide la vida social.

Para Kant, tal conocimiento se confunde con el de la buena intención de la voluntad.

Para el empirismo lógico, finalmente, el problema carece de relevancia siendo la ética irracional.

Los actos humanos y su calificación moral.

Este punto guarda también estricta relación con los anteriores. ¿ A qué se debe atender para calificar un acto de moral o inmoral, o, de bueno o malo?

Características de la norma moral.

1. Es unilateral .Prescribe un deber, pero no faculta a nadie para exigir de otro el cumplimiento de su deber.

2. Es interior- exterior. Su campo de acción se inicia en conciencia, que es donde, por lo demás, se inicia el acto humano. Esto no significa que la norma moral no prescriba una conducta exterior; por el contrario, preocupándose de la intención del sujeto, exige que ésta se manifieste en un acto concreto. En definitiva, alcanza a todo el acto humano y a todos los actos humanos.

3. Es heterógama en su origen. La norma

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