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Concepto Generico De Juicoo De Amparo


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2011  •  994 Palabras (4 Páginas)  •  4.371 Visitas

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Concepto Genérico del Juicio de Amparo.

La formulación de un concepto se integra mediante la reunión de todos los elementos que lo componen en una proposición lógica. El juicio de amparo, debe comprender todas las características que constituyen su esencia jurídica institucional, mismas que se refieren a las notas en que se traduce su género próximo y a las que implican su diferencia específica.

Por otra parte, el amparo se sustenta en un procedimiento jurisdiccional o contencioso, incoado por el gobernado particular y específico que se siente agraviado por cualquier acto de autoridad que origine la contravención de alguna garantía constitucional y por tanto, a la Constitución misma o a cualquier ordenamiento secundario a través de la garantía de legalidad o la transgresión a la esfera de competencia entre los integrantes del Estado. La acción que indica dicho procedimiento se dirige contra el órgano estatal al que se atribuye el acto infractor, teniendo aquel, en consecuencia, el carácter de parte demandada. Por último, la sentencia que se dicta en ese procedimiento a favor del gobernado, invalida el acto violatorio. Como se ve, el amparo tiene una finalidad esencial dual, simultánea e inseparable, pues al proteger al gobernado contra cualquier acto de autoridad que infrinja la Constitución, y por ende, todo ordenamiento legal secundario, preserva concomitantemente el orden constitucional y el normativo no constitucional. Por razón de dicha doble finalidad, el amparo es una institución jurídica de índole individual y social al mismo tiempo, es decir público y social. De orden privado porque tutela los derechos constitucionales del gobernado en particular; y de orden público y social, debido a que tiende a hacer efectivo el imperio de la Constitución y de la ley frente a cualquier órgano estatal y en cuya perseverancia palpita un indiscutible interés social, toda vez que, sin el respeto a las disposiciones constitucionales y legales se destruiría el régimen de derecho dentro del que debe funcionar todas las autoridades del país. Por ello dicho juicio ha dejado de ser una institución exclusivamente individualista para ostentarse en la actualidad como un proceso que brinda su tutela.

Se considera que el juicio de amparo, no es un recurso stricto sensu, sino un procedimiento autónomo de la secuela procesar en la cual se originó el acto reclamado. En Consecuencia se ha sostenido que: “En el juicio de amparo sólo se discute si la actuación de la autoridad responsable violó o no garantías individuales, sin que sea dicho juicio una nueva instancia de la jurisdicción común; de ahí que las cuestiones propuestas al examen de inconstitucionalidad deban apreciarse tal como fueron planteadas ante la autoridad responsable y no en forma diversa o en ámbito mayor”.

Las diferencias entre el amparo y el recurso estricto sensu, se evidencian para reputar a aquel como un verdadero juicio o acción sui sui distinto e independiente del procedimiento en el cual surge el acto reclamado y de este mismo, considerando la diversa teleología de ambos; en la distinta índole del procedimiento incoado como consecuencia de su respectiva interposición y en las diferentes relaciones jurídico procesales

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