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Conceptos clave Desaparición forzada


Enviado por   •  13 de Marzo de 2019  •  Trabajos  •  833 Palabras (4 Páginas)  •  107 Visitas

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Objetivo del tratado

Justificación

Conceptos clave

Desaparición forzada: Según lo estipulado en el artículo 2 de la Convención, se entiende por desaparición forzada al arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, con la intención de dejaras fuera del amparo de la ley. La práctica de la desaparición forzada constituye un crimen de lesa humanidad  

Víctima: Como se encuentra establecido en el artículo 24 de la presente convención, a la persona desaparecida y toda persona física que haya sufrido un perjuicio directo como consecuencia de una desaparición forzada

Agente del Estado: los agentes del Estado son todas aquellas personas físicas que desempeñan cargos políticos o de confianza, cualquiera que mantenga algún vínculo laboral o contractual con entidades u organismos del Estado así como los miembros de la policía o fuerzas armadas, entre otros

Reparación: Toda víctima tiene derecho a la reparación de todos los daños materiales y morales además de otras modalidades de reparación como la restitución, la readaptación, la satisfacción, donde se incluye el restablecimiento de la dignidad y la reputación de la víctima, las garantías de no repetición

REPARACIÓN

De todos los daños materiales y morales ocasionados  a la o las víctimas por medio de los métodos de RESTITUCIÓN                                  READAPTACIÓN

SATISFACCIÓN: Restablecimiento de la dignidad y la reputación         GARANTÍA DE NO REPETICIÓN

Crimen de lesa humanidad: según el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional en su artículo 7 párrafo 1, se entiende por crimen de lesa humanidad al asesinato, exterminio, esclavitud, deportación, encarcelación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional, desaparición forzada de personas, persecución, tortura, entre otros actos delictivos cometidos como parte de un ataque contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque

Comité contra la desaparición forzada Su creación se encuentra estipulada en el artículo 26 y su objetivo es garantizar la aplicación de las disposiciones de la presente Convención

Miembros: Está integrado por diez expertos de gran integridad moral, de reconocida competencia en materia de derechos humanos, independientes, que ejercerán sus funciones a título personal y actuarán con total imparcialidad

Elección: Serán elegidos por los Estados partes durante una reunión convocada por el secretario general de las naciones unidas cuando esté presente dos tercios de los Estados Partes, serán elegidos los candidatos con mayor número de votos, serán elegidos por cuatro años con posibilidad de reelección una vez

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