Consejos Comunales
rosalbaga26 de Marzo de 2014
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República Bolivariana Bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder popular de Educación Universitaria
Programa Nacional de Formación de Grado P.N.F.G
Misión Sucre Machiques de Perija
Trayecto Inicial: Administración
Profesor: Integrantes:
Carlos Olivero Rosalba González
Milagros Méndez
Edulimar Urdaneta
Keiliy Peña
Ana González
Luceli Achibatri
Machiques de Perijá 29/03/2014
Indice
!: ¿ Concejos Comunales?
2: ¿Constitución de los Consejos Comunales?
3: ¿ Organización del Consejo Comunal?
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas del Consejo Comunal
El colectivo de Coordinación Comunitaria
La Unidad Ejecutiva
La Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria
La Unidad de Contraloría Social
4: Revocatoria en el Consejo Comunal
5: Ciclo Comunal de los Consejos Comunales
Introducción
Todas la comunidades para obtener una calidad de vida con todos lo necesario para sobrevivir como alimento, vestido, vivienda, trabajo, salud, seguridad y otros muchos servicios que se obtienen a través de los organismo gubernamentales y su políticas públicas requieren de una organización entre sus miembros para poder ser escuchados y atendidos adecuadamente por quienes tienen la responsabilidad de ocuparse de sus necesidades.
En Venezuela se cuenta con la figura de lo que se conoce actualmente como Consejos Comunales cuyos representantes son elegidos en asamblea de ciudadanos para representarlos ante los organismos públicos y quienes se encargan de velar por el bienestar de su comunidad, de gestionar recursos para solucionar problemas de la comunidad y sobre todo para poner en macha proyectos socio productivos para la comunidad a la cual representan de tal manera que se beneficien todos y sobre todo se haga de forma mas rápida eliminando burocracia.
Desarrollo
1: Consejos Comunales
En el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son
instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos,
ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y
populares , que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la
gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesi-
dades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo
modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social.
Principios y Valores
La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige
por los principios y valores de participación, corresponsabilidad, democracia, identidad
nacional, libre debate de las ideas, celeridad, coordinación, cooperación, solidaridad,
transparencia, rendición de cuentas, honestidad, bien común, humanismo,
territorialidad, colectivismo, eficacia, eficiencia, ética, responsabilidad social, control
social, libertad, equidad, justicia, trabajo voluntario, igualdad social y de genero, con el
fin de establecer la base sociopolítica del socialismo que consolide un nuevo modelo
político, social, cultural y económico.
Bases Teóricas
Comunidad: Núcleo espacial básico e indivisible constituido por personas y
familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por
características e intereses comunes.
Ámbito geográfico: Es el territorio que ocupan los habitantes de la
comunidad , cuyos limites geográficos se establecen o ratifican en asamblea de
ciudadanos(as), de acuerdo con su particularidad y considerando la base poblacional de
la comunidad.
Base poblacional de la comunidad: Es el numero de habitantes dentro del
ámbito geográfico que integra una comunidad. Se tendrá como referencia para
construir el consejo comunal: en el ámbito urbano ente 150 y 400 familias y para las
comunidades indígenas a partir de 10 familias; manteniendo la indivisibilidad de la
comunidad y garantizando el ejercicio del gobierno comunitario y la democracia
protagónica.
Organizaciones Comunitarias: Son las organizaciones que existen o pueden
existir en el seno de las comunidades y agrupan un conjunto de personas con base a
objetivos e intereses comunes, para desarrollar actividades propias en el área que les
ocupa.
Vocero o Vocera: Persona electa mediante proceso de elección popular, a fin
de coordinar el funcionamiento del consejo comunal, la instrumentación de las
decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Proyectos Comunitarias: es el conjunto de actividades concretas orientadas
a lograr uno o varios objetivos, para dar respuestas a las necesidades, aspiraciones y
potencialidades de las comunidades. Los proyectos deben contar con una programación
de acciones determinadas en el tiempo, los recursos, los responsables y los resultados
esperados.
Áreas de trabajo: Son ámbitos de gestión que se constituye en relación con
las particularidades, potencialidades y los problemas mas relevantes de la comunidad.
Plan comunitario de desarrollo integral: Es el documento técnico que
identifica las potencialidades y limitaciones, las prioridades y los proyectos comunitarios
que orientaran al logro del desarrollo integral de la comunidad.
Gestión: Son las acciones que exigen el cumplimiento de los objetivos y
metas, aprobados por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, de cada una de las
unidades de trabajo que integran el consejo comunal.
Economía Colonial: Es el conjunto de relaciones sociales de producción,
distribución, intercambio y consumo de bienes, servicios y saberes, desarrolladas por las
comunidades.
Redes socio-productivas: Es la integración de los procesos productivos de
las organizaciones socio-productivas comunitarias, para el intercambio de saberes,
bienes y servicios basados en los principios de cooperación y solidaridad; sus actividades
se desarrollan mediante nuevas relaciones de producción, comercio, distribución,
cambio y consumo, sustentable y sostenibles, que contribuyen al fortalecimiento del
poder popular.
Constitución del consejo comunal
Equipo promotor
El equipo promotor es la instancia conformada por un grupo de
ciudadanos y ciudadanas que asumen la iniciativa de difundir, promover e informar la
organización de su comunidad a los efectos de la constitución del consejo comunal y
deberá notificar su conformación y actuaciones ante el órgano rector. El equipo
promotor cesará en sus funciones una vez que sea instalada la Asamblea de Ciudadanos
y Ciudadanas.
Funciones del equipo promotor
El equipo promotor tendrá las siguientes funciones:
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