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Consejos Comunales

rosalbaga26 de Marzo de 2014

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República Bolivariana Bolivariana de Venezuela

Ministerio del poder popular de Educación Universitaria

Programa Nacional de Formación de Grado P.N.F.G

Misión Sucre Machiques de Perija

Trayecto Inicial: Administración

Profesor: Integrantes:

Carlos Olivero Rosalba González

Milagros Méndez

Edulimar Urdaneta

Keiliy Peña

Ana González

Luceli Achibatri

Machiques de Perijá 29/03/2014

Indice

!: ¿ Concejos Comunales?

2: ¿Constitución de los Consejos Comunales?

3: ¿ Organización del Consejo Comunal?

Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas del Consejo Comunal

El colectivo de Coordinación Comunitaria

La Unidad Ejecutiva

La Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria

La Unidad de Contraloría Social

4: Revocatoria en el Consejo Comunal

5: Ciclo Comunal de los Consejos Comunales

Introducción

Todas la comunidades para obtener una calidad de vida con todos lo necesario para sobrevivir como alimento, vestido, vivienda, trabajo, salud, seguridad y otros muchos servicios que se obtienen a través de los organismo gubernamentales y su políticas públicas requieren de una organización entre sus miembros para poder ser escuchados y atendidos adecuadamente por quienes tienen la responsabilidad de ocuparse de sus necesidades.

En Venezuela se cuenta con la figura de lo que se conoce actualmente como Consejos Comunales cuyos representantes son elegidos en asamblea de ciudadanos para representarlos ante los organismos públicos y quienes se encargan de velar por el bienestar de su comunidad, de gestionar recursos para solucionar problemas de la comunidad y sobre todo para poner en macha proyectos socio productivos para la comunidad a la cual representan de tal manera que se beneficien todos y sobre todo se haga de forma mas rápida eliminando burocracia.

Desarrollo

1: Consejos Comunales

En el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son

instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos,

ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y

populares , que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la

gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesi-

dades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo

modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social.

Principios y Valores

La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige

por los principios y valores de participación, corresponsabilidad, democracia, identidad

nacional, libre debate de las ideas, celeridad, coordinación, cooperación, solidaridad,

transparencia, rendición de cuentas, honestidad, bien común, humanismo,

territorialidad, colectivismo, eficacia, eficiencia, ética, responsabilidad social, control

social, libertad, equidad, justicia, trabajo voluntario, igualdad social y de genero, con el

fin de establecer la base sociopolítica del socialismo que consolide un nuevo modelo

político, social, cultural y económico.

Bases Teóricas

Comunidad: Núcleo espacial básico e indivisible constituido por personas y

familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por

características e intereses comunes.

Ámbito geográfico: Es el territorio que ocupan los habitantes de la

comunidad , cuyos limites geográficos se establecen o ratifican en asamblea de

ciudadanos(as), de acuerdo con su particularidad y considerando la base poblacional de

la comunidad.

Base poblacional de la comunidad: Es el numero de habitantes dentro del

ámbito geográfico que integra una comunidad. Se tendrá como referencia para

construir el consejo comunal: en el ámbito urbano ente 150 y 400 familias y para las

comunidades indígenas a partir de 10 familias; manteniendo la indivisibilidad de la

comunidad y garantizando el ejercicio del gobierno comunitario y la democracia

protagónica.

Organizaciones Comunitarias: Son las organizaciones que existen o pueden

existir en el seno de las comunidades y agrupan un conjunto de personas con base a

objetivos e intereses comunes, para desarrollar actividades propias en el área que les

ocupa.

Vocero o Vocera: Persona electa mediante proceso de elección popular, a fin

de coordinar el funcionamiento del consejo comunal, la instrumentación de las

decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.

Proyectos Comunitarias: es el conjunto de actividades concretas orientadas

a lograr uno o varios objetivos, para dar respuestas a las necesidades, aspiraciones y

potencialidades de las comunidades. Los proyectos deben contar con una programación

de acciones determinadas en el tiempo, los recursos, los responsables y los resultados

esperados.

Áreas de trabajo: Son ámbitos de gestión que se constituye en relación con

las particularidades, potencialidades y los problemas mas relevantes de la comunidad.

Plan comunitario de desarrollo integral: Es el documento técnico que

identifica las potencialidades y limitaciones, las prioridades y los proyectos comunitarios

que orientaran al logro del desarrollo integral de la comunidad.

Gestión: Son las acciones que exigen el cumplimiento de los objetivos y

metas, aprobados por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, de cada una de las

unidades de trabajo que integran el consejo comunal.

Economía Colonial: Es el conjunto de relaciones sociales de producción,

distribución, intercambio y consumo de bienes, servicios y saberes, desarrolladas por las

comunidades.

Redes socio-productivas: Es la integración de los procesos productivos de

las organizaciones socio-productivas comunitarias, para el intercambio de saberes,

bienes y servicios basados en los principios de cooperación y solidaridad; sus actividades

se desarrollan mediante nuevas relaciones de producción, comercio, distribución,

cambio y consumo, sustentable y sostenibles, que contribuyen al fortalecimiento del

poder popular.

Constitución del consejo comunal

Equipo promotor

El equipo promotor es la instancia conformada por un grupo de

ciudadanos y ciudadanas que asumen la iniciativa de difundir, promover e informar la

organización de su comunidad a los efectos de la constitución del consejo comunal y

deberá notificar su conformación y actuaciones ante el órgano rector. El equipo

promotor cesará en sus funciones una vez que sea instalada la Asamblea de Ciudadanos

y Ciudadanas.

Funciones del equipo promotor

El equipo promotor tendrá las siguientes funciones:

...

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