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Consejos Comunales


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2014  •  3.754 Palabras (16 Páginas)  •  172 Visitas

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1 QUE SON LOS CONSEJOS COMUNALES

Es la instancia de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y, los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado, ejercer directamente la gestión de políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de la comunidad en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.

El Consejo Comunal es la nueva estructura Social, que funcionara como el ente planificador de proyecto de necesidad y de proyectos de producción que desarrollen nuevas fuentes de trabajos y impulsen el desarrollo social y económico de la comunidad un mecanismo de la participación ciudadana, En el sector Rural será conformado al partir de 20 familias su estructura Estará conformada por un mínimo 9 voceros definido de la siguiente manera, en el sector rural uno será electo como vocero o vocera delegado principal, el segundo como secretario o secretaria, los siete restantes serán voceros principales de las comisiones de trabajo que son Contraloría social, salud, (deporte, cultura), (economía popular y producción), infraestructura, seguridad y defensa, (Educación y comunicación)

En el marco del ejercicio de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permitan al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.

2 PRINCIPIOS Y VALORES DE LOS CONSEJOS COMUNALES

Principios:

La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige conforme a los principios de corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad social, control social, equidad, justicia e igualdad social y de género.

VALORES:

A tenor de la axiología de toda ley, en pleno reconocimiento del Derecho Natural, la Ley de los Consejos Comunales, tal como lo señalé anteriormente, establece los principios y deberes que deben sustentar las acciones de tales instancias comunitarias. Ahora bien, no se trata de verlos solamente, de acariciarlos, de leerlos con discursos bonitos y floridos, se hace indispensable instrumentar una serie de estrategias que permitan la siembra y la consolidación de los mismos, para realmente vivir el verdadero valor de los valores, en función de un colectivo. En este orden de ideas, de manera resumida analizaremos algunos de ellos.

La corresponsabilidad debe ser entendida como uno de los pilares que se derivan de la participación y protagonismo colectivo, de la esencia del compartir y del accionar. Se trata entonces de la capacidad, de la aptitud compartida en todos los sujetos de derecho para reconocer y aceptar las consecuencias de los hechos, de las actuaciones realizadas libremente.

La cooperación como el obrar permanentemente en forma conjunta con otro u otros para un mismo fin. Ahora bien, este fin, este propósito debe ser el del colectivo, el del más pobre entre los pobres, el de la equidad. En cada uno de los comités de trabajo adscritos al órgano ejecutivo del Consejo Comunal debe existir coherencia, armonía y articulación del trabajo; no puede existir separación alguna entre la acción, por ejemplo, del comité de salud con el comité de deporte; entre el comité de infraestructura con el comité de hábitat y de vivienda; entre el comité de alimentación con el comité de salud. Los ejemplos enunciados se entienden fácilmente, ya que la naturaleza del ser humano es integral con todas las áreas, y el interés del Consejo Comunal es el colectivo, es el hombre, es la mujer, es el niño, es la niña, es el adolescente, es el ambiente, es el todo.

La solidaridad entendida como la acción humana que permita la adhesión a la causa, al hermano, a la hermana, al necesitado; el compartir la acción, sin mezquindad alguna, en pro del objetivo común; el ejecutar la tarea por muy pequeña que sea con la mirada puesta en el humanismo, en el fin colectivo. La solidaridad, en el Consejo Comunal, caracterizada como la capacidad de actuación unitaria de sus miembros, voceros y voceras. Valor que denote un alto grado de integración y estabilidad interna, es la adhesión ilimitada y total a una causa, situación o circunstancia, que implica asumir y compartir por ella beneficios pero también riesgos. Es simplemente como la consecuencia de la adhesión a valores comunes.

En cada uno de los Consejos Comunales deben prevalecer los factores operantes de la solidaridad, pues debe existir una actuación recíproca que a los valores personales se deben anteponer las normas, costumbres, intereses y valores de la colectividad, considerada como un todo.

La transparencia como medida y estrategia de un accionar pulcro, sin vicios, que pudiesen enturbiar y pervertir, contrariar y enervar el sueño, los anhelos y las aspiraciones del colectivo. Toda tarea, por muy insignificante que parezca, debe ser expuesta a la luz del pueblo. En esa medida se van paulatinamente minimizando las murmuraciones, los chismes, los cuentos, las difamaciones, las injurias, las infamias, las calumnias que tanto daño hacen al individuo y al resto de la comunidad.

La rendición de cuentas es corolario del principio descrito anteriormente. A tales efectos, en atención con los lineamientos, entre otros, de la Superintendencia Nacional de Cooperativas, de las instrucciones administrativas y del ordenamiento jurídico aplicable, existen instrumentos y directrices que conducen organizadamente al esclarecimiento formal de la actuación en pro del interés colectivo: los libros de contabilidad, foliados, habilitados, al día y bien llevados; los libros de las asambleas, tanto ordinarias como extraordinarias; los estados de cuenta al día; las actas aprobatorias por la asamblea de ciudadanos y ciudadanas y la validación posterior de FUNDACOMUNAL, entre otros.

La honestidad como una de las virtudes esenciales de todo ser humano, entendida como el pudor, el recato y moderación de las palabras y de las acciones, siempre apegado a la ley, a la moral, a los valores, al humanismo cristiano. No se concibe a un ser humano que se cualifique como líder o dirigente, que sea deshonesto, que humille, lesione, maltrate, vitupere, hiera con palabras y con ejecutorias al congénere.

La eficacia y la eficiencia, entendida la primera, como la capacidad o aptitud de lograr, en forma compartida, el efecto que

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