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¿Cual es el modelo de estado que le convendría Colombia en este momento crucial de la historia?


Enviado por   •  13 de Junio de 2018  •  Ensayos  •  2.752 Palabras (12 Páginas)  •  270 Visitas

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MAESTRÍA EN DERECHO ADMINISTRATIVO

MODULO: ESTRUCTURA DEL ESTADO

CATEDRÁTICO: Doctor JESÚS HERNANDO AMADO ABRIL

MAESTRANTE: DILSON DAVID GONZALEZ ANTOLINEZ -  C.C. 1094249192

ENSAYO

¿CUÁL ES EL MODELO ESTADO QUE CONVENDRÍA A COLOMBIA EN ESTE MOMENTO CRUCIAL DE SU HISTORIA?

UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR SEDE CÚCUTA

COHORTE VIII

2018

ENSAYO

¿CUÁL ES EL MODELO ESTADO QUE CONVENDRÍA A COLOMBIA EN ESTE MOMENTO CRUCIAL DE SU HISTORIA?

Es innegable que la situación que atraviesa el estado colombiano no es la mejor puesto que debido a las constantes guerras de diferentes tipos, sumadas a la corrupción y a los pésimos administradores que han estado a cargo, no ha podido tener un despegue que brinde una real y efectiva seguridad jurídica a sus administrados, es entonces cuando surge la pregunta ¿será que esto es a causa de los modelos de estado que hemos tenido? O ¿será que obedece a las condiciones culturales de los administrados que se anteponen a las condiciones de gobierno? Estos y muchos otros interrogantes surgen al ver el atraso en el que cada vez más nos hundimos con respecto a otros pocos estados que han logrado exitosamente el progreso integral.

Si lo vemos desde un punto de vista meramente exegético podríamos establecer que el modelo de estado actual de Colombia es el ESTADO SOCIAL DE DERECHO, eso como ideal del constitucionalista sin embargo tendríamos que observar la definición de lo que es estado social de derecho Lozano Bedoya lo define así: el Estado social de derecho es una forma de organización política que se caracteriza por la especial naturaleza de su misión: asegurar el respeto, la garantía y la realización integral de los derechos humanos, los cuales se convierten en el fundamento y la razón última de ser del Estado[1]  con base en tal definición podríamos establecer que si el estado social de derecho se orienta a la garantía de los de los derechos humanos y se establecen estos como la razón de ser del estado entonces donde estarían ubicadas las demás funciones de un estado que van más allá de la protección y garantía de los derechos humanos sin embargo hay que entender el contexto en el cual el autor realiza la definición puesto que se hace desde el punto de vista de la defensoría del pueblo cuyo fin principal para el cual fue creada tal institución es la salvaguarda de los derechos humanos, pero tenemos que extender esa definición a una instancia más integral y para ello tenemos que referirnos a quien planteo este concepto originalmente el alemán HERMANN HÉLLER en 1933 quien al formular la alternativa entre estado de derecho y dictadura sugiere el concepto de estado social de derecho[2] y lo define como aquel estado que va más allá del estado social de derecho a un estado que brinde garantías en lo referente al trabajo los derechos del arrendatario, la mujer , la juventud, derechos esos que nunca antes se habían trabajado en su conjunto esto siempre en el marco de la dignidad humana que es lo que plantea la gran diferencia con el estado de derecho.

Ahora bien es necesario resumir el hecho de que en Colombia ese estado social de derecho se queda únicamente en un ideal plasmado en una constitución política que pretendió ser el eje en torno al cual giraría un nuevo estado colombiano pero que en 18 años de existencia ha fallado en su propósito, eta afirmación no se hace por un simple capricho o interpretación subjetiva del quien escribe sino porque los hechos lo demuestran, según Katz los elementos de este Estado en síntesis son: 1. Obligación de establecer condiciones de vida soportables, estándares mínimos para toda la sociedad o mínimo existencial. 2. Seguridad social (seguro social, código de asistencia). 3. Igualdad social (igualdad de oportunidades, protección a los socialmente débiles). La igualdad no es un principio absoluto, se refiere a un tratamiento favorable a los socialmente desfavorecidos y, en todo caso, igualdad de “chances”. 4. Equidad social, o sea la eliminación de abusos originados en el poder económico o en relaciones personales de dependencia. El Estado social “penetra todos los derechos fundamentales”. 5. Sistema jurídico público de indemnizaciones en el caso de  intervenciones del Estado en los derechos de los individuos. 6. Igualmente debe haber un comportamiento social justo del individuo frente al Estado, lo que implica un sentido responsable de la propiedad, cooperación proporcional a las necesidades financieras y subsidiaridad del derecho social[3]. Con esta enunciación de los elementos del estado social del derecho es posible establecer claramente la razón por la cual el estado social de derecho en Colombia resulta ser una mera perspectiva, como primera medida el autor hace referencia a unas condiciones de vida soportables derecho que ha sido desarrollado como mínimo vital, sería difícil en un estado como el nuestro actualmente hablar de mínimo vital cuando ni siquiera los ciudadanos tienen la garantía de su derecho al trabajo que a su vez conlleve a un pago y este  consecuentemente a un sustento, en un estado que ha determinado que la persona que gana cualquier suma irrisoria y sin la garantía de sus derechos laborales ya es contada dentro de los privilegiados y como no si el punto de comparación no es el grande político o empresario sino una persona en unas condiciones paupérrimas que se encuentra en una situación peor, no puede hablarse de una garantía del derecho a la vida en un estado cuyo sistema de salud se encuentra colapsado y esto debido a la corrupción tan grande que no permite la óptima utilización de los recursos, no es posible hablar de la garantía del mínimo vital donde una gran parte de la población no tiene acceso a los servicios públicos de calidad.

En todo lo relacionado a la seguridad social sí que no tiene ni los más mínimos vestigios de que pueda llegar a funcionar el estado social de derecho hablando de los fines y no de los medios se encuentra que la única forma que ha encontrado el ciudadano de acceder a este derecho es mediante el uso de un instrumento subsidiario y excepcional creado en la constitución política de Colombia de 1991 como lo es la acción de tutela.

Igualdad social pero no en sentido estricto sino propendiendo por los intereses de los más desfavorecidos en pro de alcanzar un equilibrio social es lo que se conoce con el nombre de discriminación positiva o acciones afirmativas que por supuesto se han quedado cortas ante la desigualdad creciente de nuestro estado colombiano.

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