DESIGUALDAD DE LA JUSTICIA FEDERAL EN LAS CAUSAS PENALES
claudiauribeag10 de Noviembre de 2012
3.175 Palabras (13 Páginas)695 Visitas
TÍTULO.- LA DESIGUALDAD EN LA APLICACIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL EN LAS CAUSAS PENALES
JUSTIFICACIÓN.- Justifico mi proyecto de investigación en la necesidad de entrar al estudio de la desigualdad a la que los mexicanos nos enfrentamos al pretender acceder al la justicia federal específicamente en las causas penales, pretendiendo encontrar puntos de vista suficientemente claros y aportar elementos que suplan la inequidad económica y social de los individuos contra los actos de autoridad del orden penal que presumiblemente han violentado las garantías individuales que consagra nuestra Carta Magna, máxima Ley en el universo de leyes y normas es nuestro país.
Observando las condiciones particulares del ofendido o víctima, procesado o reo en la Averiguación Previa o Carpeta de Investigación así como de la figura del quejoso en el amparo federal. Abordando este tema relevante para la sociedad mexicana enfocado directamente a replantear la manera en que ha sido enfocado por los legisladores para ser aplicado por los que imparten justicia y además la interpretan, a efecto de subsanar las lagunas que han surgido en este proceso y que consiguientemente han impactado a la ciudadanía objeto de esta.
ESTADO E IMPACTO DEL ARTE.- El impacto de la desigualdad en la aplicación de la justicia federal criminal en la sociedad mexicana y más concretamente la sociedad jalisciense es relevante ya que los núcleos más desprotegidos de nuestra sociedad al no contar con los recursos económicos y cognoscitivos para tener una defensa adecuada, hacen que las normas protectoras sean al final letra muerta, afectando no solo al sujeto en lo particular si no también a su núcleo familiar, ya que los sujetos al ser privados de su libertad por no tener un proceso en el que se agoten los recursos necesarios para esclarecer su situación y participación en un hecho criminal, provocan en muchas de las ocasiones el quebrantamiento de la unidad familiar y por lo tanto su bienestar psicológico y económico.
Pudiendo evitar en gran medida lo anterior poniendo a disposición de los ciudadanos información que sea publicitada en los medios de comunicación sobre las normas protectoras de sus derechos, así como mecanismos para la mejora de las oficinas de defensoría de oficio a nivel federal y estatal, dándole además autonomía a los institutos de peritaje y ciencia forense para que las pruebas que sean aportadas en el procedimiento criminal puedan ser utilizadas tanto por el defensor de oficio, como por el Ministerio Público o Fiscal encargado del proceso penal.
Diferentes medios señalan el impacto anterior en los diferentes textos periodísticos y libros utilizados en esta investigación como lo señala ChristaCowrie (artículo periodístico de la UNICEF), da a conocer que en el año 2005 una reforma legislativa instauró un sistema de justicia penal para adolecentes, en donde a partir de esta situación el INEGI, señalaba que en el 2007 se había registrado a nivel nacional 22.970 % los índices de adolecentes en conflicto que la situación de pobreza y desigualdad debilitan los mecanismos de protección familiares.
En el reportaje de América Latina en Movimiento de Yared de la Rosa (ALAID, Yared de la Rosa), se señala que de cada 10 personas cinco se encuentran en pobreza matrimonial, señalo Ricardo Raphael de la Madrid, investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas, (CIDE) en la representación del “Reporte sobre la discriminación en México 2012”. El investigador informó que el sistema de justicia penal es uno de los más excluyentes ya que las mecánicas o métodos aplicados por la policía, ministerio público, jueces y cárceles son discriminatorios. En suturno Arturo Zaldivar Lelo de Larrea, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, subrayo que la Ley de Amparo abre una posibilidad a partir de la reforma constitucional, para analizar la vulneración de derechos fundamentales por parte de particulares y no solo de autoridades, pues indico que el reporte resalta la falta de instrumentos procesales a favor de la no discriminación entre particulares.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN.- La desigualdad que se plantea como el problema que da origen a esta investigación comienza con la aplicación de los principios de legalidad, igualdad y defensa adecuada, contemplados en los artículos 14, 16 y 17 Constitucionales, en distintos sectores de la sociedad desprotegidos y marginados, como lo son los ciudadanos de escasos recursos, los indígenas, las mujeres, las personas con alguna discapacidad y muchos otros sectores que gracias a la desinformación y falta de mecanización de las instituciones encargadas de la defensa del indiciado en el procedimiento penal, así como las instituciones encargadas de realizar las practicas forenses que aportan las pruebas necesarias para demostrar la culpabilidad o inocencia del procesado en donde la autonomía de que gozan estas instituciones no está correctamente definida lo que provoca que las pruebas que toma en cuenta el juzgador para llegar a la verdad carecen de absoluta imparcialidad, por lo que en el proceso de esta investigación se analizan las diferentes posturas, tesis, iniciativas, así como opiniones periodísticas encaminadas a subsanar estas desigualdades además de aportar nuevas ideas que de acuerdo a lo investigado no han sido tomadas en cuenta lo suficiente.
Lo anterior basándonos en el reportaje de la académica Liliana López, dio a conocer que de cada 100 indígenas procesados en México, 82 no contaron con el apoyo de un traductor, por lo que es necesario implementar un mecanismo que permita determinar las necesidades prioritarias en la atención de traducciones e interpretaciones en lenguas indígenas. Así lo dio a conocer al participar en la Semana de la Traducción, organizada por la Facultad de Lenguas de la Universidad Autónoma del Estado de México. Ante estudiantes de las licenciaturas en Lenguas y Enseñanza del Inglés, la especialista destacó que el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) reveló que cada año son procesados por delitos del fuero común y federal, más de siete mil indígenas, de los cuales, sólo una mínima parte llega a obtener su libertad antes de cumplir su sentencia.
“Los actores del sistema jurídico no deberían tener la facultad de decidir si es procedente o no el uso de un traductor o intérprete, toda vez que este derecho se deriva del derecho individual y colectivo de los pueblos a expresarse en su propia lengua”, dijo. Explicó que el acceso a la justicia para los pueblos y comunidades indígenas de México sigue siendo un asunto pendiente; si la impartición de justicia, como lo establece el Artículo 17 de la Constitución, en su párrafo segundo -que dice que "toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial"-, implica serias dificultades para su plena aplicación a la mayoría de los ciudadanos, el acceso a la justicia para la población indígena es aún más difícil y precario.
López sostuvo que “la problemática es compleja, debido a la discriminación, vejaciones y abusos en los procedimientos de impartición de justicia, pero sobre todo por la falta de intérpretes y defensores que hablen la lengua y conozcan la cultura indígena, para tener una adecuada defensa en juicio”.
Como lo afirma Arnoldo Cordova en su reportaje el difícil acceso a la Justicia “Acceder a la justicia”. ¡Qué horrible expresión! Como muchas otras la hemos importado de los anglosajones, cuando deberíamos haber adquirido de ellos algo mucho mejor. Por desgracia retrata muy plásticamente lo que ocurre en este país en materia de impartición de justicia. Oyendo eso, se piensa de inmediato en una especie de gigantesco portón de acero al que el ciudadano común y corriente llega a tocar para que se le dé solución jurídica a sus problemas. Muy pocas veces ese portón se le franquea y casi siempre permanece cerrado. En realidad, ni hace falta imaginarlo, lo ve uno todos los días si está un poco familiarizado con los problemas de la impartición de justicia.
La pregunta sería: ¿cómo van a hacer nuestros jueces de todos los rangos y áreas para procurar un verdadero “acceso” a la justicia? Simplemente, ellos no pueden hacer nada al respecto, porque ellos mismos no son ninguna solución sino, como suele decirse, parte del problema. Visto todo ello en perspectiva, se necesitaría, en primer término, una nueva legislación en materia de protección a los individuos y de procedimientos jurisdiccionales; en segundo lugar, una mejor selección del personal encargado de la impartición de justicia. Haciendo un análisis de derecho comparado este periodista afirma el hecho es que en México las personas no están debidamente protegidas por leyes ciertas y adecuadas y que los magistrados o jueces no siempre están lo bien dotados y capacitados para ejercer su función. Todo ello lleva a profundidades insondables que nos hacen llegar siempre al mismo punto: México necesita de reformas colosales para poder reorientar su vida social mediante el derecho. Y en lo tocante a la impartición de justicia, todo lleva también al mismo punto: la verdadera y, además, última garantía de los derechos de todos los mexicanos está en la Constitución, que es la que verdaderamente los funda y los protege. Las leyes derivadas de ella sólo dicen el camino específico que debe seguirse para ello. Cuando los impartidores de justicia sólo deben
...