Dedico este trabajo monográfico a Dios, por brindarme la dicha de la salud y bienestar físico y espiritual
rudy123Monografía14 de Diciembre de 2015
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AMPARO FAMILIAR – “ALIMENTOS” |
DERECHO CIVIL VI - FAMILIA |
UTEA - CUSCO. |
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- DEDICATORIA
Dedico este trabajo monográfico a Dios, por brindarme la dicha de la salud y bienestar físico y espiritual.
A mi familia, como agradecimiento a su esfuerzo, amor y apoyo incondicional, durante esta formación tanto personal como profesional.
A mis docentes, en especial a la docente de la cátedra por brindar su guía y sabiduría en el desarrollo de esta carrera profesional.
Lisenia Bellido López
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- PRESENTACIÓN
Señora Abog. Mery Muñoz Camero, docente de la cátedra de Derecho Civil VI (Dº de Familia), de la Escuela Profesional de Derecho, de la Universidad Tecnológica de los Andes – Filial Cusco.
En esta oportunidad como alumna del VIII semestre de la asignatura de Derecho Civil VI, tengo el agrado de presentarle el trabajo monográfico con referencia al tema “ALIMENTOS (Derecho de Alimentos)”, que fue desarrollado con todo el esmero posible, aplicando los lineamientos necesarios para la presentación de dicho trabajo así como también recopilando información sobre lo concerniente al tema asignado.
Esperando que la información recabada y presentada en este trabajo contribuya en formación académica de todos los alumnos matriculados en la asignatura que está bajo su cargo en el presente semestre académico.
Siendo así, a continuación señora Docente de nuestra prestigiosa Universidad paso a desarrollar el presente trabajo, para que posteriormente prosiga usted, con la revisión, alcances y sugerencias necesarias ayudando de esta forma en nuestra formación profesional.
La Alumna.
- INTRODUCIÓN
La asignatura de Derecho de Familia, es una de las asignaturas muy importante pues es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia, entre sí y respecto de terceros.
Es así que el tema de Alimentos, a lo largo del tiempo no ha sufrido transformaciones relevantes y su médula ha permanecido invariable en el transcurso del tiempo, porque está siempre unida a la esencia humana misma; al hombre y su entorno.
Pues este trabajo monográfico como primer tema se dará a conocer los conceptos jurídicos sobre alimentos, recopilando algunos conceptos de doctrinarios luego se desarrollará clases, características de los alimentos; asimismo se desarrollará en cuanto al derecho de alimentación al mayor de edad, personas que están obligadas a prestar alimentos, transmisión, obligación alimenticia respecto del padre y el hijo alimentista, regulación de los alimentos, reajuste de la pensión alimenticia, exoneración de la obligación alimenticia, el pedido de prestar alimentos en forma diferente a pensión, alimentos del indigno para suceder o inmerso en causal de desheredación, extinción de la obligación alimenticia.
Posteriormente desarrollaremos el proceso de alimentos en el código procesal civil y el proceso de alimentos en el código de los niños y adolescentes.
Finalmente, a continuación se da inicio al desarrollo del trabajo monográfico, realizado por mi persona, estudiante de la Carrera de Derecho de la Universidad Tecnológica de los Andes.
La alumna
- DESARROLLO
- LOS ALIMENTOS
Nuestro Código Civil de 1984, regula el tema de los alimentos en el Capítulo Primero ("Alimentos") del Título I ("Alimentos y bienes de familia") de la Sección Cuarta ("Amparo familiar") del Libro II ("Derecho de Familia"), desde los arts. 472 al 487.
- CONCEPTOS JURIDICOS DE LOS ALIMENTOS
Según el diccionario de la Real Academia[1] de la Lengua, constituyen alimentos cualquier sustancia que puede ser asimilada por el organismo y usada para mantener sus funciones vitales, caso especial de los seres humanos.
Sin embargo, toda persona humana, como sujeto de este derecho esencial, requiere además de subsistir, desarrollarse como tal, para lo cual necesita de otros factores esenciales como: salud, educación, vivienda, recreo, entre otros, y es en razón de ello que en el campo del Derecho se ha elaborado un concepto jurídico con un sentido más amplio, que es recogido por las legislaciones de cada país.
En el caso del Perú el artículo 472 del Código Civil contempla la definición de los alimentos, al señalar que:
Se entiende por alimentos lo que es indispensable para el sustento, habitación vestido y asistencia médica, según la situación y posibilidades de la familia.
Cuando el alimentista es menor de edad, los alimentos comprenden también su educación, instrucción y capacitación para el trabajo.
De acuerdo a lo normado en el artículo 92 del Código de los Niños y Adolescentes (Ley Nro. 27337), se considera alimentos lo necesario para el sustento, habitación, vestido, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia médica y recreación del niño o del adolescente. También los gastos del embarazo de la madre desde la concepción hasta la etapa de postparto.
Escriche sostiene que los alimentos "... son las existencias que se dan a alguna persona para su manutención y subsistencia, esto es, para comida, bebida, vestido, habitación y recuperación de la salud..."[2].
Trabucchi afirma por su parte que "... la expresión 'alimentos' en el lenguaje jurídico tiene un significado más amplio del significado común, y comprende, además de la alimentación, cuanto es necesario para el alojamiento, vestido, los cuidados de la persona, su instrucción, etc."[3] .
Para Belluscio "... se entiende por alimentos el conjunto de medios materiales necesarios para la existencia física de las personas, y en ciertos casos también para su instrucción y educación..."[4]
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