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Definición de los límites en el ejercicio de la actividad judicial, en relación con el desarrollo del arbitraje


Enviado por   •  18 de Junio de 2014  •  Tesinas  •  6.178 Palabras (25 Páginas)  •  416 Visitas

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INTRODUCCIÓN

La administración de justicia es anticuada y fuertemente ritual. Carece de presupuestos, ya que sus asignaciones son generalmente inferiores a sus necesidades, lo que provoca serias deficiencias y atraso en materia de infraestructura, logística, sistemas de información, remuneraciones, etc. Todo ello conspira contra la calidad de las sentencias, que muchas veces carecen de una fundamentación adecuada.

De esta manera, el arbitraje aparece como un sistema heterocompositivo, alternativo al proceso judicial, por el que las partes pueden someter una controversia, previo convenio arbitral, ante un tercero (personas o entidad diferentes de las que integran el Poder Judicial), a fin de que resuelva dicha controversia de manera definitiva y con carácter de cosa juzgada.

En tal sentido, el sometimiento de un conflicto a arbitraje, supone excluir tal asunto del conocimiento de los jueces ordinarios, quienes sólo excepcionalmente, por motivos preestablecidos, podrían decidir sobre la validez o nulidad del laudo. Sin embargo, el arbitraje también depende del apoyo que le presten los órganos jurisdiccionales. Por tal motivo, el arbitraje nunca podrá restar protagonismo al Poder Judicial, ya que los jueces tienen el monopolio en el ejercicio de la fuerza pública. Es decir, están dotados por el Estado de la facultad de hacer cumplir forzosamente sus decisiones, tienen la potestad de imponer coactivamente una conducta.

Por todo lo anteriormente expuesto, el presente trabajo de investigación lo que pretende resolver el siguiente problema: ¿Cuales son los límites a la intervención judicial en el arbitraje, en pro del principio de no interferencia consagrado en el art 139° de la Constitución?

El objetivo general de la investigación es identificar cuáles son los límites que tiene el ejercicio de la actividad judicial respecto al desarrollo del arbitraje en sentido estricto. Los objetivos específicos son: Definir al arbitraje como un proceso heterocompositivo en la resolución de conflictos, describir la función jurisdiccional que detenta el arbitraje; y por último, explicar cuál es la intervención complementaria y el límite de esta que ejerce el Poder Judicial al arbitraje de acuerdo a lo previsto por nuestro Tribunal Constitucional.

Así mismo, la investigación se justifica en el hecho de que el pronunciamiento del Tribunal Constitucional del Perú asume una posición distinta de la acogida por parte de la doctrina, la cual ha generado una controversia al subrayar que los tribunales arbitrales, dentro del ámbito de su competencia, se encuentran facultados para desestimar cualquier intervención y/o injerencia de terceros, incluidas las de las autoridades administrativas y/o judiciales, destinadas a avocarse a materias sometidas a arbitraje, en mérito a la existencia de un acuerdo arbitral y a la decisión voluntaria de las partes, reiterando la protección del arbitraje por el principio de no interferencia, consagrado en el artículo 139 de nuestra Constitución Política.

De esta manera la importancia del trabajo radica en la contribución a la creación de una cultura arbitral, con actividades comunes entre magistrados, abogados y empresarios y así como a difundir el arbitraje en las escuelas de Derecho.

Para realizar esta investigación se establecerá una relación metodológica ubicada en el método cualitativo, ya que por medio de éste se establecerán las relaciones teórico-doctrinarias del objeto de investigación, este método nos permite ver los aspectos que van surgiendo dentro del proceso de investigación.

Se efectuará, además, un análisis de cada una de las distintas aspectos que sustentan las variables de la presente investigación. Debido a esto se recurrirá a los procedimientos cognoscitivos-análisis y síntesis- y procedimientos técnicos la observación que permitirá recaudar, organizar y presentar la información obtenida de las fuentes.

CAPÍTULO I: EL ARBITRAJE COMO SISTEMA HETEROCOMPOSITIVO

1.1 Definición del Arbitraje:

Por la heterocomposición se da solución a un conflicto de intereses con la intervención de un tercero con capacidad de decisión, esta puede ser pública o privada, en la primera las partes se encuentran sometidas a la fuerza de la ley, pues al descartar los contendientes cualquier forma autocompositiva para la solución de su conflicto se tienen que someter a un proceso judicial como única alternativa posible para ello, vía donde no elegirán al tercero (juez) que decidirá sobre su litis, ni podrán disponer sobre las normas o reglas que regulen tal procedimiento. Por el contrario en la heterocomposición privada ha existido un acuerdo previo de los contendientes que sin solucionar el fondo del conflicto deciden permitir la mediación de un tercero (árbitro) el que tendrá capacidad de decisión y cuya resolución se han comprometido en acatar.

Es por ello que el arbitraje, forma alternativa de solución de conflictos, es definido como una “forma heterocompositiva (una solución al litigio), dada por un tercero imparcial, un juez privado o varios, generalmente designado por la partes contendientes, y en ausencia de su consentimiento, el juez público nacional, será quién sea el encargado de designarlo, el cual tiene un procedimiento establecido en la ley adjetiva, pero menos riguroso que el de un proceso jurisdiccional. Al finalizar tal procedimiento se llega a una resolución, la cual recibe el nombre de laudo” .

1.2 Principio de Autonomía de la Voluntad Privada:

La autonomía de la voluntad es “un elemento fundamental de singular importancia en el arbitraje y se expresa en la facultad conferida a las partes de someter voluntariamente sus controversias de carácter disponible, a la decisión de un tercero que es el árbitro o tribunal arbitral, distinto al Poder Judicial” . Este aspecto volitivo se expresa en la suscripción del convenio arbitral, definido por la Ley de Arbitraje —Decreto Legislativo N.° 1071— como «el acuerdo por el que las partes deciden someter a arbitraje las controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto de una determinada relación jurídica contractual o no contractual» (artículo 13°).

Asimismo, se sustenta en el principio de libertad, previsto en el artículo 2, inciso 24, literal a. de la Constitución, que establece que «nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe». En ese sentido, el principio de autonomía de la voluntad alude a la capacidad residual de las personas frente al Estado de regular sus intereses y relaciones, de conformidad con su libre albedrío.

Es así

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