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Delegación: Argentina Cuestión: Reconocimiento De Palestina La Condición De "Estado No-miembro Observador Ante Las Naciones Unidas.


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2013  •  524 Palabras (3 Páginas)  •  349 Visitas

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El gobierno de Argentina, respetuoso de los principios de la Carta de Naciones Unidas, principalmente los establecidos por el art. 4 inc 2, en el cual se representa el consenso de la comunidad internacional, enmarcándose el principio de la igualdad soberana de todos los Estados, considera necesario que se tome en consideración esta condición necesaria para promover, proteger y garantizar la paz y la seguridad internacional. Todo esto respecto a la solicitud realizada el 23 de septiembre 2011, por el Sr Mahmoud Abbas, acerca del ingreso de Palestina como Miembro pleno.

A pesar de esto, y que inclusive en noviembre de ese mismo año, la UNIESCO aprobó su ingreso como Miembro, la Asamblea General aun no toma la decisión de admitir a Palestina en esta Organización, debido a consideraciones ajenas a aquellos requisitos establecidos en la Carta influyeron en la ausencia de la recomendación por el Consejo de Seguridad.

Argentina, que ha sido fundada con una firme convicción en la igualdad soberana de los Estados, ha reafirmado su apoyo a la universalidad de las Naciones Unidas, para así, incluir a todos los Estados que cumplan los requisitos establecidos en la Carta, el instrumento que nos vincula y representa el pacto de cooperación pacifica dentro de nuestra comunidad internacional.

También se debe de recordar que Argentina, siempre ha estado en contra, de que el derecho de veto de los Miembros Permanentes del Consejo de Seguridad se ejerza respecto a la admisión de nuevos Miembros. Inclusive se puede menciona que la misma Corte Internacional de Justicia, en una opinión consultiva que Argentina apoyó, determino que las condiciones para la admisión de Miembros, debe ser de carácter exhaustivo, y que, “la naturaleza política de un órgano no puede liberarlo de la observancia de las disposiciones convencionales establecidas por la Carta cuando estas constituyen limitaciones a sus poderes o criterios para su juicio”.

En este mismo contexto, cabe mencionar que, la organización no puede desconocer la condición de Estado que tiene Palestina en ejercicio del derecho a la libre determinación del pueblo palestino. Argentina no estuvo sola en el apoyo a esta resolución. Los jefes de Estado del MERCOSUR, han expresado que apoyan la solicitud del Estado de Palestina de adquirir la condición otorgada hoy por la Asamblea General.

La comunidad internacional ha tomado en consideración el valor que puede ser considerado el primer derecho de los pueblos: el derecho a la paz. En este sentido, los pueblos palestino e israelí tienen el derecho de vivir en paz.

Por lo tanto, Argentina propone:

1. Aceptar la solicitud de Palestina, no solo como un Estado observador, sino como un Estado en pleno derecho, miembro de las Naciones Unidas.

2. Limitar el derecho de veto de los Estados permanentes dentro del Consejo de Seguridad, respecto

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