Reconocimiento De Los Estados
RamonMRT17 de Noviembre de 2013
907 Palabras (4 Páginas)330 Visitas
Reconocimiento Internacional: Es un acto unilateral de Estado o de Gobierno y es el acto mediante el cual se acepta como miembro de la comunidad internacional a los nuevos Estados o Gobiernos que se hayan establecidos en ellos.
Es la convalidación jurídica de una situación de hechos, y este reconocimiento puede ser.
1) Reconocimiento de Estado: Es un acto unilateral de Estado por medio del cual se reconoce a un Estado cuando este nace en la comunidad internacional, con los tres elementos existenciales: Territorio, Población y Poder.
2) Reconocimiento de Gobierno: Se reconoce los Gobiernos surgidos de un Golpe de Estado o de una conmoción civil denominado gobierno de facto, con el reconocimiento se establecen las relaciones diplomáticas por ofrecer ciertas condiciones de seguridad y estabilidad en la Comunidad Internacional.
Estado: Es el sujeto del DIP, que tiene capacidad de obligar y obligarse tener deberes y derechos y al mismo tiempo; es un planteamiento político y jurídico. En este Estado tiene asiento una población en un territorio, dirigido por un poder, ese poder tiene una sustentación política, un gobierno, mediante diferentes órganos van a dirigir esa población en este territorio.
Republica: Es una figura o representación jurídica del Estado, cuando los poderes actúan solos, lo hacen a nombre de la Republica o por autoridad de la ley. Cuando hay que ir en contra del Estado se demanda a la Republica.
País: Es un galicismo, tomado del uso que hacían los gallegos de este término para identificarse como tales y diferenciarse del resto de los españoles.
Nación: Es un elemento sociológico del Estado que va a estar configurado por la población, que tiene unos factores que la identifican, los cuales son religiosos, culturales, técnicos, idiomas, razas, etc., Pero que van a distinguir esas naciones pertenecientes a determinados Estados por el sentimiento nacional, no tiene los tres elementos existenciales de un Estado.
Características del Reconocimiento:
1) Facultativo: Porque es la facultad del Estado, reconocer o no.
2) Irrevocable: Después de que el estado reconoce a otro a nivel internacional queda firme y vigente, no se puede retirar.
3) Voluntarios: Nadie puede obligar a un Estado a otorgar el reconocimiento.
4) Oportuno: Porque espera el momento más conveniente.
Formas de Reconocimiento:
Expreso: Cuando se produce mediante una nota diplomática, cuando se produce un acto público, cuando es un acto de gobierno, cuando es un acto de Estado.
Tácito: Cuando se utilicen medios capaces de reconocer en forma indirecta al gobierno o al estado de que se trate y eso puede ser en forma individual o en forma colectiva.
Individual: Cuando se produce un tratado entre estados y se incorpora uno nuevo, al firmar conjuntamente, se produce el reconocimiento tácito hacia ese nuevo estado. Si el presidente de un estado visita otro estado, y es recibido con honores de jefe de estado, también se produce el reconocimiento tácito.
Colectivo: Cuando se produzca la firma en un tratado multilateral o que se admita al estado en un organismo internacional.
Efectos del Reconocimiento: El efecto más importante, es que el reconocimiento convalida jurídicamente una situación de hecho; ya que permite que el nuevo estado o gobierno pueda entrar en relaciones con los demás. La convalidación puede ser declarativa o constitutiva.
Declarativa: Ocasiona el reconocimiento de una situación de hecho, es decir la aceptación de la existencia de un estado o gobierno que ya tenía personalidad jurídica.
Constitutivo: Ocasiona que se constituya un nuevo estado, es decir, el reconocimiento es necesario para que se constituya el estado, sin este requerimiento puede decirse que el estado no existe.
Gobierno de Facto: Nace de un
...