Demanda De Divorcio Necesario
tavo_70745 de Septiembre de 2013
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LIC. JESUS GUSTAVO GARCIA MEZA
LIC. JESUS GUSTAVO GARCIA RDZ.
Libramiento Emilio portes gil Tel. (834) 31-2-30-50
Entre calzada luis caballero y sierra madre Cel: 834-109-63-74
Núm. 480 Cel. 834-11-4-99-38
Cd Victoria Tamaulipas,
JUICIO DE DIVORCIO NECESARIO
SANDRA PATRICIA CABALLERO ONOFRE
V.S.
CARLOS ALBERTO SALDIVAR TREJO
PROMOCION INCIAL.
C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA
P R E S E N T E.-
SANDRA PATRICIA CABALLERO ONOFRE, mexicana mayor de edad, casada, de ocupación labores del hogar, y con domicilio convencional para oír y recibir notificaciones, en los ESTRADOS DE ESE H. JUZGADO, y autorizando a los C. LICS. JESUS GUSTAVO GARCIA MEZA Y JESUS GUSTAVO GARCIA RODRIGUEZ, con número de Cedula Profesional el primero Número 1126706, y el segundo con Cedula Profesional Numero 5815928, a quienes autorizo como a mis asesores jurídicos, para que en mi nombre y representación oigan y reciban notificaciones, documentos y todo lo conducente en el presente Juicio, otorgándoles poder para que asistan a interrogar, desistirse, desahogar y notificar en mi nombre y representación en este procedimiento, así como también:
a).- Tenga acceso a la página Electrónica que para tal efecto tiene el Poder Judicial del Estado, quien se encuentra registrado en la base de datos del Poder Judicial con la dirección de correo electrónico licgarcia_60 hotmail.es.
b).- Se les permita en forma completa, consultar el expediente electrónico a formarse con motivo de la presente controversia.
c).- Asimismo se le autorice para que las notificaciones personales se le hagan por medio de la dirección de correo electrónico ya mencionada.
Ante usted con el debido respeto comparezco y expongo.
Por medio del presente escrito y documentos originales que se anexan, así como, copias simples de los mismos, vengo a promover en la Vía Ordinaria Civil JUICIO ESPECIAL DE DIVORCIO NECESARIO, en contra de mi esposo el SR. CARLOS ALBERTO SALDIVAR TREJO, quien puede ser localizado en CALLE BENITO JUAREZ ENTRE CARRANZA Y PORFIRIO DIAZ SIN NUMERO, EN SANTANDER JIMENEZ, TAMAULIPAS, y de quien reclamo las siguientes:
PRESTACIONES
a).- La disolución del matrimonio civil que hasta la presente fecha nos une, por abandono del domicilio familiar de forma injustica da por más de seis meses, así como por la sevicia, las amenazas, las injurias graves, los malos tratos, mismos que han sido de tal naturaleza que hacen imposible la vida en común
b).- La perdida de todo lo dado y prometido con motivo del matrimonio celebrado con mi ahora demandado SR. CARLOS ALBERTO SALDIVAR TREJO, por haber abandonado el domicilio conyugal por más de seis meses de forma injustificada, así como por la sevicia, las amenazas, las injurías graves, los malos tratos, mismos que han sido de tal naturaleza que hacen imposible la vida en común.
c).- La pérdida de la patria potestad del padre de mis menores hijos de nombres CARLOS ALEXANDER Y LUZ NAHOMI, de apellidos SALDIVAR CABALLERO
d).- El pago de una pensión alimenticia provisional fijada por su Señoría para la suscrita y para mis representados CARLOS ALEXANDER Y LUZ NAHOMI, de apellidos SALDIVAR CABALLERO, ambos hijos de matrimonio, consistente en la cantidad de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 m.n.) mensuales.
e).- El pago de gastos y costas que se originen con motivo de la tramitación del presente juicio.
Basándome para ello en lo establecido por los artículos 248 y 249 fracciones VII, X, XIV, XV, XX, que a la letra dicen:
ARTÍCULO 248.- El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro.
ARTÍCULO 249.- Son causas de divorcio:
VII.- La separación de la casa conyugal por más de seis meses consecutivos sin causa justificada;
X.- La sevicia, las amenazas, la difamación o injurias graves, o los malos tratamientos de un cónyuge para el otro, siempre que éstos y aquéllos sean de tal naturaleza, que hagan imposible la vida en común;
XIV.- Los hábitos de juego o de embriaguez o el uso no terapéutico de enervantes,
estupefacientes o psicotrópicos o de cualquier otra substancia que altere la conducta y produzca dependencia, cuando amenazan causar la ruina de la familia o constituyen un continuo motivo de desavenencia conyugal;
XV.- El grave o reiterado maltrato físico o mental de un cónyuge hacia los hijos;
XX.- Las conductas de violencia intrafamiliar cometidas por uno de los cónyuges contra el otro o hacía los hijos de ambos o de alguno de ellos. Para los efectos de este artículo se entiende por violencia familiar lo dispuesto por el artículo 298 ter de éste Código.
MEDIDAS PROVISIONALES
Así mismo en este acto y por ser de manera urgente solicito se sirva decretar provisionalmente los alimentos, las reglas de convivencia, la prevención al SR. CARLOS ALBERTO SALDIVAR TREJO para que durante y después de la tramitación del presente juicio se comporte con respeto hacia la suscrita y nuestros hijos evitando malos tratos hacia ambos y por ultimo solicito se ordene al demandado para que no se presente en mi domicilio a gritar intimidar y o amedrentar a la suscrita y demás familiares, tal como lo establece la legislación Civil del Estado en su numeral 259 fracción II, III, IV, V, VII que me permito transcribir para ,mayor realce:
ARTICULO 259.- Al admitirse la demanda de divorcio, o antes, si hubiere urgencia, se dictarán provisionalmente y sólo mientras dure el juicio, las disposiciones siguientes:
II.- Prevenir a ambos cónyuges que no se molesten uno a otro en ninguna forma;
III.- Señalar y asegurar los alimentos que debe dar el deudor alimentario al cónyuge acreedor y a los hijos;
IV.- Fijar las reglas para el cuidado de los hijos oyendo el parecer de los cónyuges. Los hijos menores de siete años quedarán en poder de la madre, salvo que se ponga en peligro la salud física o mental de los hijos;
V.- Dictar las providencias que se estimen convenientes para que los cónyuges no se puedan causar perjuicios en sus respectivos bienes ni en los de la sociedad conyugal, en su caso;
VII.- La prohibición de ir a un domicilio o lugar determinado para alguno de los cónyuges, así como las medidas necesarias para evitar actos de intimidación, acoso o violencia intrafamiliar.
Fundo la presente demanda en los siguientes Hechos y Consideraciones Legales.
H E C H O S
1.- Con fecha 16 de Marzo del 2007, contraje matrimonio civil, con el Señor CARLOS ALBERTO SALDIVAR TREJO, en Santander Jiménez Tamaulipas, tal y como lo acredito con el original de la inscripción de matrimonio, realizado ante oficialía 1, libro número 1, acta número11, foja número 11, acta de matrimonio, expedida por Los Estados Unidos Mexicanos, Gobierno del Estado Libre y Soberano de TAMAULIPAS, Registro Civil, bajo el Régimen de SOCIEDAD CONYUGAL misma que acompaño al presente escrito para que surta sus efectos legales correspondientes.
2.- A partir de la vigencia de nuestro matrimonio establecimos por mutuo consentimiento diversos domicilios familiares, siendo el último el ubicado en Calle Emilio Carranza Sin Numero en Santander Jiménez, Tamaulipas.
3.- Ahora bien, de nuestro matrimonio procreamos dos hijos a los que le impusimos por nombre CARLOS ALBERTO Y LUZ NAHOMI, de apellidos SALDIVAR CABALLERO, el cual quedo registrado en la oficialía Numero 1, Acta Numero 150 en fecha 04 de Noviembre del 2008, el primero y la segunda en la Oficialía Numero 1, Acta Numero 115 en fecha 20 de Septiembre del año 2011, en Santander Jiménez Tamaulipas.
4.- De igual forma bajo protesta de decir verdad manifiesto que durante la vigencia de nuestro matrimonio, no adquirimos bienes ni muebles, ni inmuebles.
5.- Así al inicio de nuestro matrimonio mi ahora demandado Señor, CARLOS ALBERTO SALDIVAR TREJO junto con la suscrita mantuvimos un matrimonio y un hogar, lleno de armonía, felicidad, estabilidad y alegría, sin embargo, desde hace aproximadamente un año, a la fecha, el Señor CARLOS ALBERTO SALDIVAR TREJO, de forma radical cambio su conducta, tornándose agresivo, violento, desatendido de la suscrita, realizando actividades sexuales a su libre albedrío, puesto que constantemente metía a nuestro domicilio familiar sexo servidoras y “amigas”, sin mi consentimiento, ya que siempre realizaba estas conductas cuando me encontraba en la calle de visita a mis familiares, comenzando a llevar una serie de películas pornográficas a nuestro domicilio y consultar constantemente paginas de internet pornográficas, para que posteriormente de forma repentina y frecuente el Señor CARLOS ALBERTO SALDIVAR TREJO, se comenzara a ausentar por las noches de nuestro domicilio familiar, con frecuencia los días viernes y sábado, no regresando a dormir hasta el día domingo, sin que manifestara justificación alguna de su conducta.
6.- Por lo anterior, desde el pasado mes de Enero sin poder precisar el dia y hora, le pedí de forma muy respetuosa que platicáramos sobre nuestra situación, solicitándole que me diera el divorcio, puesto que la conducta que últimamente estaba realizando ocasionaba una mala imagen con mi familia y con
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