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Derecho como producto y factor social


Enviado por   •  12 de Marzo de 2018  •  Ensayos  •  1.540 Palabras (7 Páginas)  •  400 Visitas

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El Derecho como factor y producto social.

El Derecho ha tenido un milenario antecedente en el mundo. Sus primeras manifestaciones se dan en tiempos de la prehistoria, principalmente en la forma en que nuestros antepasados hicieron valer sus derechos. Ejemplo de ello son las sociedades regidas por parentesco, o el mandato de los ancianos de una tribu. En la historia de las civilizaciones, ha existido un esfuerzo permanente por fundamentar reglas y la potestad del legislador para dictar leyes, sancionando su incumplimiento. El Derecho se origina, básicamente, en las condiciones económicas y materiales de la vida misma y por ello se le considera producto social, envuelto en el juego mutuo de acciones y reacciones entre todos los factores sociales, y en especial, con el aparato de poder del cual deviene y que lo impone, con lo cual se concibe como factor social, por regular la conducta de los miembros de la sociedad.

        

Es imposible forjar la idea de que la necesidad de crear un conjunto de normas que enmarquen comportamientos en la sociedad se desarrolle sin que el humano haya protagonizado una serie de fenómenos sociales. Estos fenómenos sociales fueron en su momento de origen (y son) observables en la vida a través de interacciones sociales; las cuales al cabo de un tiempo, tuvieron que ser reguladas para garantizar el bien común y favorecer a principios de equidad a través de la creación del Derecho. Se afirma, de hecho, que el derecho se origina a partir de una relación de fuerza entre personas desiguales; esta desigualdad pudiera ser material o psíquica. Con esto, el Derecho pretende regular la intención de fuerza a través de la cual alguien pretenda controlar o dominar a otro.

Pero, antes del Derecho, se tuvieron que dar situaciones que le dieran fuerza o impulso a su ejercicio en la sociedad: Fenómenos sociales. Por ejemplo: La familia constituye actualmente un fenómeno social que está normado y protegido por el ordenamiento jurídico, pero, si el hombre no hubiera tenido la necesidad de agruparse o de formarse en un entorno con semejantes, entonces el hecho posterior de fundamentación legal no se les hubiera pasado por la cabeza. Es como una relación de causa y efecto; en donde la causa es la necesidad del ser humano por evolucionar y establecer una sociedad organizada y el efecto es el Derecho, arma de los individuos para fundamentar sus relaciones de una forma más ética, justa, y formal.

Debemos tener claro los fenómenos sociales se dan progresivamente, a la par de la evolución del ser humano, y conforme se dan, se da la premisa de pensar que deben ser intervenidos.  Los fenómenos sociales son resultado de la interacción humana. Estas interacciones, en definitiva, requieren un orden al cual referirse y atenerse en sus relaciones interpersonales e intrapersonales. En consecuencia, podemos afirmar el carácter del Derecho como producto social, sobretodo porque proviene de la historia; pero debemos recordar también que la historia aún está siendo escrita y muchas concepciones pueden cambiar.

Según Eduard Ross, citado por R Caldera en su obra Apuntes de Sociología Política pag.10, la sociedad supone, para existir, un control; una situación coherente para cuyo mantenimiento funcionan fuerzas diversas, en dirección centrípeta, que mantienen a los individuos dentro del grupo y aseguran su movimiento, en forma semejante a como lo hace en el campo físico la fuerza de la gravedad. Entonces, el Derecho en su carácter de factor social, constituye un aspecto de control social, este no siendo más que la influencia que tiene para impactar en la sociedad y causar su organización, permanencia, subsistencia, y armonía, y también causa, obviamente, que la conducta y/o comportamiento de los individuos de la sociedad se amolde a las leyes que aplica. Se concibe un factor social porque el derecho modifica y transforma muchos aspectos de la vida en sociedad en pro de esta y los individuos que la componen y, además de ser una realidad racional, también es una realidad fenoménica y valiosa, puesto que busca la realización de ciertos valores como: el bien común, la justicia, la seguridad y el orden entre otros. Tiene una existencia real, y no solamente ideal. Por esto, el derecho puede ser considerado como una herramienta de control social, puesto que constituye un conjunto de normas (recursos y dispositivos, según la definición sociológica establecida en la obra de Rafael Caldera, Apuntes de Sociología Política) tendientes a hacer que la conducta de los individuos se amolde a un deber ser; el derecho es un compendio de normas de cumplimiento exigido por su propia esencia.

El Derecho como factor social cumple con tres características trascendentales, las cuales son la coercibilidad, la cual ha sido definida como la posibilidad lógica de que la norma jurídica se cumpla, aún en contra de la voluntad del sujeto obligado; la sanción jurídica como consecuencia de la violación de una norma jurídica, cuenta con el apoyo del aparato coactivo del Estado para su ejecución y, por último, es un control social complementario, por cuanto entra en funcionamiento cuando los controles sociales persuasivos han sido insuficientes para lograr hacer cumplir determinadas normas sociales. Es decir, si los controles persuasivos fallan, la sociedad apelará al Derecho como la única forma de control social coactivo.

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