Derecho de Seguridad Social
mimimousenTesis7 de Mayo de 2015
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Derecho de Seguridad Social
PROFESORES: MARTHA PATRICIA MONREAL VERA ROMERO, DR. JOSÉ FERNANDO GARCÍA VILLANUEVA.
Alumnos: VÍCTOR HUGO BARRERA FUENTES, ANGEL TRINIDAD MEJÍA REYES.
Trabajo Final: Instituto de Seguridad Social de los Las Fuerzas Armadas Mexicanas. (ISSFAM).
Instituto de Seguridad Social de los Las Fuerzas Armadas Mexicanas. (ISSFAM).
1.- Antecedentes que Dieron Origen al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas. (ISSFAM).
Antecedentes Históricos
Cronograma (1829-2013)
1829
Con fecha 16 de octubre, se aprobó el Reglamento General de la Gran Casa Nacional de Inválidos establecida en México.
1917
Quedan consagradas las garantías sociales en la Constitución, que se referían de manera enunciativa a la Seguridad Social y las normas y regulaciones que se han ido actualizando. Posteriormente, se especificaron a los sujetos y objetos materia de la Seguridad Social, imprimiéndoles una evolución que ha requerido la participación de diversas instituciones que se desarrollan actualmente en un amplio panorama que abarca a diversos sectores del País.
1925
Se creó la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro, la cual otorgaba a todos los prestadores de servicios del estado los beneficios de seguridad social.
1926
Se expide la Ley de Retiros y Pensiones del Ejército y la Armada Nacionales.
1929
La evolución que ha sufrido el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas resulta significativa en la historia de México como precursor de la Seguridad Social, toda vez que, con la reforma dada a la Constitución Política en el año de 1929, se establece un Sistema de Seguros Obligatorios.
1936
Surge el Decreto que crea el Fondo de Ahorro del Ejército, así como su Reglamento.
1939
La “Ley de Retiros y Pensiones del Ejército y la Armada Nacionales”, sufre modificaciones, con el objeto de incrementar los beneficios.
1946
Surge el Decreto por el cual se crea el Banco Nacional del Ejército y la Armada.
1953
Surge la Ley del Seguro de Vida Militar.
1955
El Congreso de la Unión aprobó un decreto del Ejecutivo Federal por medio del cual se reforma la Ley de Retiros y Pensiones Militares, y se crea la Dirección de Pensiones Militares, entidad con personalidad jurídica y patrimonio propio y con ubicación en la Ciudad de México, algunos de sus objetivos primordiales eran el manejo de pensiones, compensaciones y haberes de retiro.
1961
Es emitida la “Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas” mediante la cual se abroga la Ley de Seguro de Vida Militar.
1976
Surge el 29 de junio de 1976 entrando en vigor a los 30 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación ,de 1976 la “Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, abrogando la “Ley de Retiros y Pensiones Militares”, de 30 de diciembre de 1955, el decreto que creó la “Dirección de Pensiones Militares”, de 26 de diciembre de 1955, la “Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas” de 30 de diciembre de 1961, y se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.
1995
Por acuerdo Presidencial de fecha 14 de septiembre de 1995, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 25 de septiembre del mismo año, se abrogó el acuerdo de fecha 19 de agosto de 1988, generando a partir de esta fecha el derecho a recibir los nuevos beneficios del Seguro Colectivo de Retiro para militares que soliciten su retiro, se encuentren inutilizados en actos fuera del servicio en primera o segunda categoría o fallezcan en actos fuera del servicio y hayan cumplido 20 o más años de servicios prestados; los que se inutilicen en actos dentro del servicio o como consecuencia de ellos en primera o segunda categoría, los beneficiarios de los militares que fallezcan en actos dentro del servicio en ambos casos, sin tomar en cuenta los años de servicios prestados.
2000
El 1 de Noviembre, por acuerdo se otorga el beneficio del Seguro Institucional, proporcionado a los Militares que ostentan un puesto como Servidor Público, mediante un convenio que regulaba la operación y administración del mismo.
2003
Con la finalidad de continuar asegurando el bienestar de la Familia Militar, con fecha 9 de agosto, entró en vigor la Nueva Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
2006
Como uno de los principales retos en los que se encuentra inmersa esta Entidad y con el fin de fortalecer la calidad en el otorgamiento de las prestaciones, con fecha 8 de mayo de 2006, se realizaron actualizaciones a la Ley del ISSFAM, en materia de Control Interno, Servicio Médico y Requisitos de los Extractos de Antecedentes.
2008
Una de las reformas significativas en materia de seguridad social ocurrió el 20 de noviembre de 2008, al publicarse el Decreto por el que se sustituyó el porcentaje del 70% que venían percibiendo los militares en situación de retiro con derecho a pago de haber de retiro, y el 60% de los pensionistas por el 80%; así como un incremento a aquellos militares que pasen a situación de retiro y los que se encuentren en dicha situación con 30 o más años de servicios efectivos de acuerdo a la tabla citada en el inciso b) del artículo PRIMERO TRANSITORIO del citado Decreto, conforme a los años obtenidos, entre otras reformas relativas a la Lista de Padecimientos contenida en el artículo 226 de la Ley del ISSFAM
2011
El 14 de febrero de 2011, se publicó el Decreto que reformó el artículo 27 de la Ley del ISSFAM relativo a los ascensos de los militares que pasan a situación de retiro, al grado inmediato para efectos de cálculo de beneficio económico.
2013
Destacando que la última reforma ocurrida a la Ley del ISSFAM, es la del primer párrafo del artículo 89 relativa a una mejora de redacción en cuanto al cálculo de la cuantía de la suma asegurada por concepto de seguro colectivo de retiro, a aquellos militares que causen baja del activo y alta en situación de retiro con derecho a percibir haber de retiro o a sus beneficiarios, publicada el 14 de enero de 2013.
2.- Creación y Desarrollo del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas. (ISSFAM).
¿Qué es la Seguridad social Militar?
La Seguridad Social Militar es un conjunto de acciones que previenen y protegen al militar y sus derechohabientes de hechos naturales y sociales, tales como las enfermedades, inutilidad, vejez, muerte, viudez, orfandad, etc.
Creación
Dicho Instituto nace el 16 de octubre de 1829, cuando se aprobó el Reglamento General de la Gran Casa Nacional de Inválidos establecida en México por el Excelentísimo. Sr. General de División, benemérito de la Patria y segundo Presidente de los Estados Unidos Mexicanos D. Vicente Guerrero. En este documento se establecían las reglas para el funcionamiento de dicha casa y las condiciones para el otorgamiento del beneficio, ya que servirá de asilo a los militares beneméritos o particulares que por servicios calificados a la patria, hayan sacrificado una parte de su existencia en el campo de honor, o en comisiones peligrosas de sumo interés a la patria, que se le había confiado y calificase tales el supremo gobierno.
Breve descripción del Reglamento General de la Gran Casa Nacional de Inválidos de 1829.
Se designó un Director, el cual era el Jefe del establecimiento y en el cual estaban subordinados todos los empleados que en él se ocupen. El director dependía inmediatamente de las órdenes del supremo gobierno, y el conducto de sus comunicaciones será el ministerio de la guerra.
Este establecimiento servirá de asilo a los militares beneméritos, o particulares, que por servicios calificados a la patria hayan sacrificado una parte de su existencia en el campo del honor o en comisiones peligrosas de sumo interés a la patria, que se le hubiesen confiado y calificase tales el supremo gobierno.
El establecimiento no solo cuidará de su asistencia y mantenimiento, sino que de sus fondos, en caso de fallecimiento, les hará el entierro que su rango y consideración militar reclame.
El que tuviere familia que necesite de sus auxilios, podrá librar a favor de ella la pensión militar que disfrute, quedando a cargo del establecimiento ocurrir a las necesidades del inválido. El que no se halle en este caso, el gobierno dispondrá la forma en que se ha de recibir.
Aprobación de la Ley del ISSFAM
Los militares en activo, en situación de retiro, así como sus derechohabientes y beneficiarios, tienen el respaldo del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, desde la aprobación de la Ley del ISSFAM, el 29 de Julio de 1976, con la aprobación de dicha ley, el Instituto su ubica como un Organismo Público Descentralizado Federal, con Personalidad Jurídica y Patrimonio Propios.
Diversos Objetivos Actuales de la Existencia del ISSFAM
a)El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas tiene como objetivo otorgar con oportunidad asistencia medico quirúrgica, obstétrica, farmacología y hospitalaria, así como los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios, a los miembros de las Fuerzas Armadas en activo, en situación de retiro, a sus derechohabientes, pensionistas y beneficiarios.
b)El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas tiene como objeto apoyar el bienestar social, atendiendo
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