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Derecho del trabajador


Enviado por   •  1 de Marzo de 2021  •  Apuntes  •  3.168 Palabras (13 Páginas)  •  87 Visitas

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Derecho del trabajador

Es el conjunto de preceptos de orden públicos regulador de las relaciones jurídicas que tienen por causa del trabajo por cuenta y bajo la dependencia quería con el objeto de garantizar a quien le ejecuta su pleno desarrollo como persona humana y a la comunidad la efectiva interacción del individuo en la sociedad como así también regula los conflictos entre los sujetos de la relación.

Elementos fundamentales del Derecho del Trabajo,

  • Tiene formas adjetivas y sustantivas
  • Obligatorio cumplimiento de las normas ya que son impuestos por el estudio.
  • Regula las relaciones entre la mano de obra o el  capital.
  • Regula las relaciones entre patrones y trabajadores.

Características del Derecho del Trabajo.

  • Autónomo: porque a pesar de forma parte del derecho positivo tiene sus propias normas, es independiente.
  • Dinámico: porque regula las relaciones jurídicas y laborales establecidas por la sociedad.
  • Es de gran fuerza expansiva: porque nació protegiendo a los obreros y luego a los empleados, es clasista.
  • Es imperativo.
  • Es concreto y actual: si bien es cierta que la ley de trabajo existen normas de carácter abstracto, la normativa está adaptada a las necesidades del país teniendo en cuenta la diversidad de textos, regímenes especiales de trabajo como por ejemplo: de trabajo de menores, aprendices, mujeres, trabajadoras, domesticas, conserjes, trabajadores a domicilio, deportistas, trabajadores rurales.

El Objeto de Derecho de Trabajo.

  1. Regula los deberes y derechos tanto de los obreros como de los trabajadores.
  2. Norma todo el referente al salario, horas del trabajo, despidos justificados, contratos individuales, sindicatos, huelgas, etc.
  3. Regula los conflictos de las relaciones jurídicas laborales, es decir que es un hecho social porque implica una serie de condiciones sociales de cada trabajo.

El Trabajo como hecho social.

La legislación Argentina representa un conjunto de normas positivas establecidas por el estado para regular las relaciones jurídicas que se establecen entre patrones y trabajadores como ocasión al hecho social de trabajo. Lo indica la materia, las personas que interviene el espacio y el tiempo en que se realiza las relaciones laborales.

Esta ley regirá la situación y relaciones jurídicas del trabajó como en el hecho social.

Naturaleza jurídica del Derecho del Trabajo.

Entre los tratados se disputen la naturaleza jurídica del derecho del trabajo, es de orden público o de orden privado.

Unos opinan que para saber que la norma es de derecho público hay que analizar la relación jurídica existente.

Otros  para controlar su naturaleza pública se refieren a los sujetos intervinientes en la relación, determinado que si el sujeto es de derecho privado y viceversa.

El derecho del trabajo está integrado por normas de derecho público y privado.

Autonomía de derecho del trabajo.

Es autónomo por los siguientes motivos:

  1. Es un sistema homogenizo de reglas orientadas por un propósito tutelar del trabajo. Esto quiere decir que tiene sus propias leyes sustantivos porque tienen normas especiales.
  2. Por sus fuentes y métodos por su interpretación propios, tienen fuentes muy particulares al derecho laboral, en cualquier proceso, se debe atender quien es el débil jurídico, el balance siempre se va a indicar al débil jurídico (trabajador).
  3. Por los órganos especiales encargados de su aplicación, tanto en los administrativo y judicial.

Ámbito de aplicaciones del Trabajo.

En caso de conflicto de leyes prevalecen la del trabajo, sustantivos o de procedimientos.

Si hubiera dudas en la aplicación de varias normas vigentes se aplicara la más favorable al trabajador.

Para la resolución de un caso determinado se aplicara en el orden indicado.

  1. La convención colectiva del trabajo.
  2. El control del trabajo.
  3. Los principios que inspira la legislación del trabajo totales como contenido ,constitucionales , convenios , juridispundencia  ,
  4. Costumbres.
  5. Principios admitidos por el derecho del trabajo.
  6. Normas y principios generales del trabajo.

Excepciones de la aplicación del derecho del trabajo.

Se exceptiva lo siguientes.

  • Los cuerpos armados fuerza armada nacional, servicio policial y todo lo demás que están vinculado a l defensa de la nacional y mantenimiento del orden público.
  • Los funcionarios nacionales, provinciales y municipales los cuales se rigen por ley de estatuto por la función pública.

FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO.

  • LA JURIDISPUNDENCIA: es la fuente formal de normas jurídicas individuales, establece imperativos de la conducta que pueden ser formas obligatorias de comportamiento o sanciones dada una conductas indebida.
  • LA COSTUMBRE: es la repetición constante y reiterado de un comportamiento con la combinación de que responde a una necesidad jurídica.
  • LA DOCTRINA: es el estudio de uno o varios jurídicas, se basa en reflexiones que tiene una base de sustentación existentes subjetiva.
  • LA LEGISLACIÓN: la cual está contenida en las reglas, como la ley orgánica de trabajo, la constitución, las leyes especiales y la reglamentación.
  • CONVENCIÓN COLECTIVA: su principal características, es que tienen sindicatos.
  • LAUDO ALBRITRAL: son las decisiones tomadas por los árbitros nombrados en un proceso de arbitraje y su disposición tienen el mismo paso o valor de una sentencia.
  • CONTROL DE TRABAJO: es ley entre las partes, ya sean con contrato individual o colectivo que se celebra entre trabajadores y patrones.

Ramas del derecho laboral.

  • INDIVIDUAL: regula la relación entre un patrón y un trabajador, o un patrón y varios trabajadores.
  • COLECTIVO: una vez introducido el pliego conflictivo, hay fuerzo sindical, beneficios y privilegios. Regula las relaciones entre un patrón y un grupo organizado de trabajadores (sindicato).
  • PROCESAL: a partir de la ley procesal del trabajo, es el que regula todo los contenidos laborales, a través de los tribunales laborales.

Organismo encargado de la protección del trabajo y trabajador.

  1. Organismo Administrativo y judicial.
  • Ministerio de trabajo: es el órgano administrativo encargo de asegurar el cumplimiento de la legislación laboral, como así también se le atribuye esta función a la Oficina Nacional del Trabajo. El misterio de Trabajo tiene las siguientes funciones:  
  • Como órgano ejecutor de la legislación laboras: es a quien le compete desarrollar actividades de inspección, consolación y arbitrajes, colocación de trabajadores y sanciones de trabajadores.
  • Como órgano técnico n la preparación y reforma de la legislación del trabajo.
  • Como instrumento de la renovación social, proponiendo mejoramientos de las condiciones de vida y de trabajo.
  • Oficina Nacional de Trabajo.
  1. Organismo Internacional de Trabajo (OIT): surge de acuerdo del tratado de Versalles, que contribuye la parte esencial de la reglamentación internacional del trabajo.

RELACION DEL DERECHO DEL TRABAJO CON OTRAS DISCIPLINAS.

  • DERECHO CIVIL: nuestro código civil sigue el principio de la autonomía de la voluntad, por el cual el juez deberá indagar e interpretas la voluntad de las partes.
  • DERECHO CONSTITUCIONAL: que ha sido influido por el derecho del trabajo, hasta el punto de provocar reforma en la constitución nacional.
  • DERECHO PENAL: que tiene tipos especiales de normas para infracciones relativa al trabajo.
  • DEREHCO ADMINISTRATIVO: el derecho de trabajo ha creado en sistemas burocrático que es el ministerio de trabajo y su dependencia.
  • DERECHO PROCESAL: es el que lleva a cabo el procedimiento laboral mediante la ley organiza de tribunales y de procedimientos del trabajo.

Actividades:

  1. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL TRABAJO

El derecho del trabajo no es muy antiguo, existe desde que el hombre ocupa el mundo incluso se habla en la Biblia específicamente en el libro de Génesis del trabajo pero como castigo, no era una norma jurídica. No se sabía lo que significa pacto entre el trabajador y empleador, el hombre se dedica a subsistir, comenzó a organizar el trabajo de su producción para el intercambio por otro (trueque, así se interrelacionaba con lo demás. Las leyes de Marcu surgieron y se hizo una limitación, trabajar en tiempo de luz y descansar en tiempo de sombra, esto  implica de un recuento formal debe empezar de la Roma antigua o Roma Clásica, no hay necesidad de empezar desde Grecia porque toda la concesión de Grecia la vamos a tener en Roma.

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