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Derechos De Las Personas Y Grupos De Atención Prioritaria


Enviado por   •  18 de Mayo de 2013  •  1.113 Palabras (5 Páginas)  •  1.755 Visitas

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Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria

INTEGRANTES:

• KAREN RODRIGUEZ

• DANIEL DIAZ

• JONATHAN PINARGOTE

• JULIAN MENDOZA

• LEONEL ZAMBRANO

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria

Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad.

Adultas y adultos mayores

Art. 37.-El Estado garantizará a las personas adultas mayores los siguientes derechos:

• La atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a medicinas.

• El trabajo remunerado, en función de sus capacidades, para lo cual tomará en cuenta sus limitaciones.

• La jubilación universal.

• Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos.

• Exenciones en el régimen tributario.

• Exoneración del pago por costos notariales y registrales, de acuerdo con la ley.

• El acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y consentimiento.

Jóvenes

Art. 39.- El Estado garantizará los derechos de las jóvenes y los jóvenes, y promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas y programas, instituciones y recursos que aseguren y mantengan de modo permanente su participación e inclusión en todos los ámbitos, en particular en los espacios del poder público.

El Estado reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país, y les garantizará la educación, salud, vivienda, recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión y asociación. El Estado fomentará su incorporación al trabajo en condiciones justas y dignas, con énfasis en la capacitación, la garantía de acceso al primer empleo y la promoción de sus habilidades de emprendimiento.

Movilidad humana

Art. 40.- Se reconoce a las personas el derecho a migrar. No se identificará ni se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria.

• El Estado, desarrollará entre otras las siguientes acciones para el ejercicio de los derechos de las personas ecuatorianas en el exterior:

• Ofrecerá asistencia a ellas y a sus familias, ya sea que éstas residan en el exterior o en el país.

• Ofrecerá atención, servicios de asesoría y protección integral para que puedan ejercer libremente sus derechos.

• Precautelará sus derechos cuando, por cualquier razón, hayan sido privadas de su libertad en el exterior.

• Promoverá sus vínculos con el Ecuador, facilitará la reunificación familiar y estimulará el retorno voluntario.

• Mantendrá la confidencialidad de los datos de carácter personal que se encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el exterior.

• Protegerá las familias transnacionales y los derechos de sus miembros.

Mujeres embarazadas

Art. 43.- El Estado garantizará a las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia los derechos a:

• No ser discriminadas por su embarazo en los ámbitos educativo, social y laboral.

• La gratuidad de los servicios de salud materna.

• 3. La protección prioritaria y cuidado de su salud integral y de su vida durante el embarazo, parto y posparto.

• 4.

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